Solicitd a Estaban Lazo de amisión como Observador en la Asamblea Nacional de la República de Cuba

República de Las Antillas
Oficina del Jefe de Estados

La Habana, 17 de diciembre de 2013
“Año 55 de La Revolución

Esteban Lazo Hernández
Presidente
Asamblea Nacional del Poder Popular
República de Cuba

Asunto: Solicitud URGENTE de autorización para concurrir como Observador al Segundo Periodo Ordinario de Sesiones de la VIII Legislatura

Estimado Presidente de la Cámara,
Espero que al recibo de la presente se encuentre usted bien.
A los 42 años de edad, Martí –Delegado del Partido Revolucionario Cubano y en pie de guerra en suelo cubano- fue aclamado por los mambises como Presidente de la República en Armas, pero cayó en combate el 19 de mayo de 1895 sin haber ejercido formalmente su alta magistratura, ya que la cámara solo se reunió después, del 13 al 18 de septiembre de 1895 durante la Asamblea Constituyente de Jimaguayú, en Camagüey.
Sin embargo, el proyecto político de José Martí no era crear una “República de Cuba”, sino una única República en el único país que veía en las dos islas de Cuba y Puerto Rico[1], y a la cual Ramón Emeterio Betances –representante del Partido en Francia- había llamado “República de Las Antillas” desde 1869[2]. Este también era el compromiso de Antonio Maceo al fundar la “Liga Antillana” con Gregorio Luperón y Eugenio Maria de Hostos.
En mi tercer despacho con la Oficina de atención a los asuntos religiosos del Comité Central (CC) del Partido Comunista de Cuba (PCC), el 4 de noviembre de 2013 (coordinado por teléfono directo) notifiqué que les había enviado por Correo Electrónico el listado de 12 historiadores cubanos que habían estudiado el tema que también ha sido confirmado al menos por investigadores de Puerto Rico, EEUU, España, Francia y Argentina según la bibliografía que hemos podido recopilar hasta el momento y se encuentra documentado en la enciclopedia cubana EcuRed.
En tal ocasión se nos orientó que nos dirigiéramos a las instituciones del Estado para plantear nuestras solicitudes argumentadas, por eso me dirijo a su Excelencia.
El 20 de noviembre de 2013, a los 42 años de edad, siendo Delegado del Partido Revolucionario Cubano “José Martí” (Institución religiosa atendida por el CC del PCC) y en pie de guerra contra la disidencia interna a la entrada de la Sección de Intereses de EEUU en La Habana, quien suscribe fue aclamado como “Presidente de la República de Las Antillas”, como pueden certificar los compañeros de la Dirección Nacional de Inteligencia (Sección 21) de la Seguridad del Estado ya que fue registrado por la cámara de seguridad.
Allí nuestros dos mayores logros en defensa de la Revolución han sido neutralizar en 2011 la campaña de Laura Pollán (Damas de Blanco) para que EEUU enviara aviones no tripulados (drones) contra nuestro país, y neutralizar en 2013 la campaña de Rosa María Payá (Movimiento Cristiano Liberación) para juzgar en tribunales españoles a dos oficiales de la Seguridad del Estado cubana.
En estos momentos estamos enfrascados en preparar una denuncia contra Bertha Soler, actual líder de las ahora llamadas Damas de Blanco “Laura Pollán”, que sigue siendo una organización mercenaria que se dedica a promover delincuentes y a difamar al General de Ejércitos Raúl Castro Ruz, Presidente de los Consejos de Estado y de Ministros de la República de Cuba.
La República de Las Antillas fue proclamada el 10 de enero de 2011, después de dos años y medio de diálogo político con el PCC para re-militar el Partido de Martí y retomar su proyecto político, y en respuesta al llamado a Salvar al Revolución del 18 de Diciembre de 2010 por el General de Ejércitos Raúl Castro Ruz, ante esta Asamblea.
Desde el punto de vista legal, las declaraciones del Presidente del 18 de diciembre de 2010, ante la ANPP, en el sentido de moratoria de pagos, declaración de 1,5 millones de disponibles en tres meses y llamado a salvar la Revolución constituyeron el establecimiento de un “estado de emergencia”, para lo cual el artículo 67 de la Constitución de la República de Cuba faculta al Jede de Estado y Gobierno cubanos.
Al haber sido proclamados de manera argumentada el “Gobierno de Transición en la Isla de Cuba” y la “República de Las Antillas”, sobre lo cual fue impuesto el Consejo de Estado, y Este no haber realizado impugnación formal por escrito o pública de ello, estas proclamaciones constituyen derecho.
La República de Las Antillas es la nación federal de Cuba y Puerto Rico con parlamento virtual en las redes sociales (Cámara “Nelson Mandela” en Facebook con 2010 participantes y otras cámaras por desarrollarse en la redes sociales cubanas) cuyo Gobierno federal reconoce y respeta a las autoridades de sus respectivos Estados y Gobiernos estatales, dirigiéndose a ellos mediante solicitudes argumentadas, tal como se explica en el “Proyecto de Renegociación en 2015 del Tratado de Paris de 1898” presentado a su atención en la Oficina de Correspondencia de la ANPP el 13 de diciembre de 2013.
Por la necesidad de conocer mejor el funcionamiento del Estado cubano, solicito que se me permita asistir como Observador a las Sesiones del Segundo Periodo Ordinario de la VIII Legislatura de la Asamblea Nacional del Poder Popular de la República de Cuba, privilegio que equivalentemente solicitaré al parlamento de Puerto Rico.
Tenga presente las ventajas que tendrá la consolidación de esta cortesía de su parte para la normalización de las relaciones con EEUU y con la Unión Europea.
Sin otro particular, le agradece su atención,

Prof. Lic. Andrés Amián Gómez Soria
CI: 71022325625
Jefe de Estados
República de Las Antillas
Bernardo Posse No. 20305 esq. 3ra La Rosalía SMP CH 11000 Cuba
Email.: aamiangomez@gmail.com Móvil: 5 8080 274



[1] José Martí. La proclamación del Partido Revolucionario Cubano el 10 de Abril. Periódico Patria, 16 de abril de 1892. Obras Completas. Editorial de Ciencias Sociales. Tomo I. La Habana, 1975. p. 387.
[2] Paul Estrade (Université de Paris VIII) “La nación antillana: sueño y afán de «El Antillano» (Betances)” en La Nación Soñada: Cuba, Puerto Rico y Filipinas ante el 98 Consuelo Naranjo, Miguel A. Puig-Samper y Luis Miguel García Mora (editores) Ed. Doce Calles, Madrid, 1995. p. 29.

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