Resolución 34/2018 - Notificación A SONIA GARRO de ADEUDO por Multa e impagos del Permiso de Residencia en el Exterior



Reino Espiritual de Yave
Oficina del Jefe Espiritual de Estados
Resolución 34/2018
Notificación de ADEUDO por Multa e impagos del Permiso de Residencia en el Exterior
A: Sonia Garro
Ex Dama de Blanco, Liberada el 9 de diciembre de 2014 según lo dispuesto por la Instrucción al MININT 2014-1 y Resolución 2/2014 de la Presidencia de la República de Las Antillas (publicadas el 2 de diciembre de 2014 en el blog La Nueva Patria. http://lanuevapatria.blogspot.com).
HÁBIDA CUENTA: El Decreto 2/2014 y la Resolución 3/2014[1] establecen que los ciudadanos del Estado teocrático (entonces República de Las Antillas, ahora Reino Espiritual de Yave) que emigren fuera del territorio nacional deberán pagar un Permiso de Residencia en el Exterior de 500 CUC anuales.
Cuando usted fue notificada de estos deberes la manera en la que usted se condujo le hizo incurrir en las contravenciones que han generado la siguiente amonestaciones monetarias:
MORTIFICACIÓN OFICIAL DE MULTA
Por este medio se le notifica que usted deberá pagar multas por los siguientes conceptos y montos:
No.
Contravención
Importe (CUC)
1
Negarse a pagar al ser emplazada por el JEdE
$2’000.00
2
Ofender al JEdE llamándole “Comunista” que tiene una “Sucia Boca”
$2’000.00
3
Despreciar la oportunidad de concurrir ante un juez federal de los EE.UU. para dirimir la cuestión de la aplicabilidad de los Impuestos
$2’000.00
SubTotal

$6’000.00

NOTIFICACIÓN DE ADEUDO POR PERMISO DE RESIDENCIA EN EL EXTERIOR
Por este medio se le notifica que usted y cada uno de los otros dos liberados mediante los mismos instrumentos jurídico presentados el 2 de diciembre de 2014 deberán pagar los siguientes impuestos con recargo de 17% por mora:
No.
Año
Importe (CUC)
1
2015
$500.00
2
2016
$500.00
3
2017
$500.00

SubTotal
$1’500.00
4
Recargo de 17% por mora
$255.00


SubTotal con el Recargo por Mora
$1’755
5
2018
500

Total a Pagar por Permiso de Residencia en el Exterior (4 años de PRE) con Recargo Parcial (3 años)
$2’255.00


Desglose de adeudo por persona
No.
Deudor
Importe (CUC)
Sonia Garro


1
Multas
$6’000.00
2
PRE (4 años) con Recargo (3)
$2’255.00
Total a Pagar por Sonia Garro

$8’255.00
Total a Pagar por el Esposo

$2’255.00
Total a Pagar por el Vecino

$2’255.00
TOTAL DE ADEUDO DE IMPLICADOS por si desean hacer pago conjunto

$12’765.00
               
MODOS Y TÉRMINOS DE PAGOS
Los pagos deben realizarse por Trasferencia Motenaria mediante la Western Union o al Banco Metropolitano de La Habana Código BMNBCUHH Sucursal 251 23 y J, Vedado, La Habana, Cuba; a nombre de:
Andrés Amian Gómez Soria
CI 71022325625
Dirección Postal: Bernardo Posse No. 20305 esq. 3ra La Rosalía SMP CH 11000 La Habana, Cuba
Cada Deudor debe hacer un primer pago en el plazo de 24 horas por un monto de 100 CUC. Pueden hacer un pago conjunto de 250 CUC por los tres.
En el plazo de 72 horas deberán hacer un segundo pago por valor de 600 CUC cada uno y entonces adquirirán el derecho a presentar su descargo, protesta o argumento de defensa que serán escuchado y tomado en cuenta. Al hacer el segundo pago adquirirán el derecho a un plazo de de 10 días hábiles para presentar el esquema de pagos con el que pretenden cubrir toda la deuda.
Nota. Los deudores pueden presentar ante la las Iglesias Metodista, Bautista, Evangélicas, o ante la Congregación Cristiana de los Testigos de Jehová, solicitud de ayuda económica para cubrir esta deuda y podrán citar esta publicación como prueba de que tienen que cumplir esta obligación.
Tambien podrán citar el artículo: “Reino Espiritual de Yave – Datos de Estado” Disponible en: http://lanuevapatria.blogspot.com/reino-espiritual-de-yave-datos-de-estado.html 
MEDIDA PUNITIVA si hay incumplimiento
En caso de que uno o varios de los deudores repitan la actitud asumida por Sonia Garro en 2016 cuando fue emplazada para que pagara su adeudo el JEdE procederá presentando DENUNCIA ante el Buró Federal de Investigaciones (FBI) para que el, la o los deudores morosos sean investigados y procesados por:
  1. VIOLACIÓN DE LAS REGULACIONES MIGRATORIAS (Locales) de una Comunidad Autónoma residente en Cuba, inscrita en el Programa de Refugiados de los EE.UU.
  2. Evasión de Impuestos
  3. ATENTADO contra funcionarios públicos comunitarios para impedir el desempeño de sus funciones (Reincidentes)
Y para que así conste se emite la presente en La Habana, capital del Reino Espiritual de Yave, a los 19 días del mes de julio de 2018 “Año II de Efraín en el Poder”.
Lázaro I Maximiliano                                                    
(Andrés Amian Gómez Soria)                                  
Jefe Espiritual de Estados                                          
Reino Espiritual de Yave


[1] Publicadas el 3 de enero de 2015 en el blog La Nueva Patria http://lanuevapatria.blogspot.com

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