Resolucion 119/2021 - Establecimiento del 20 de agosto de 2021 como modelo de prueba de la aceptabilidad de Estados Unidos del REY como mediador de las relaciones con Cuba.

 

Reino Espiritual de Yave

Oficina del Jefe Espiritual de Estados


Resolución 119/2021

Establecimiento del 20 de agosto de 2021 como modelo de prueba de la aceptabilidad de Estados Unidos del REY como mediador de las relaciones con Cuba.


ANDRES AMIAN GÓMEZ SORIA

Jefe Espiritual de Estados del Reino Espiritual de Yave


HAGO SABER: Que Miguel Díaz-Canel Bermudes ha llamado a que en la base se den las primeras instancias de dialogo político entre los comunistas y el pueblo;

HAGO SABER: Que Díaz-Canel se ha entrevistado con la federación de mujeres cubanas y con líderes religiosos del consejo de Iglesias de Cuba.;

HAGO SABER: Que en mi visita al consejo de Iglesias de Cuba en el día de hoy no encontre ningun funcionario que pudiera atenderme;

HAGO SABER: Que Dunia Lopez Reyes, Secretaria General de la Federación de Mujeres Cubanas en el municipio 10 de Octubre mando a devolverme los documentos correspondientes al proyecto “Princesas Cubanas en las Redes Socciales de Internet”, y el programa del cursso “Princesas de Internet” con los que propuse capacitar a adolescentes y jóvenes como influenciadoras en las redes sociales. La causa de la devolución fue que el secretariado provincial concluyó que el curso no es de interés;

HAGO SABER: Que los líderes del nucleo zonar del Partido de Base que convocaron al trabajo voluntario del 25 de Julio para higienizar la cuadra en saludo al día de la Rebeldía Nacional rechazaron leer una carta mia en la que les solicitaba convocar a los vecinos para que me eligieran como enviado del barrio ante el congreso de los Estados Unidos para tratar el tema del levantamiento del Embargo;

HAGO SABER: Que el licenciado Graciano Acosta de la Luz, de 82 años de edad, oficial de la contrainteligencia militar, exfuncionario de Atencion a los Asuntos Religiosos en el Comité Municipal del Partido Comunista de Cuba en San Miguel del Padron leyo el proyecto “Princesas Cubanas en las Redes Socciales de Internet” y el Decreto 25 del 2020 opinando que estos documentos se basan en un deseo personal pero no en una realidad objetiva, ya que, según el, en Cuba, no ha existido ni existe ningun gobierno de transición.


Planteamiento del problema cientifico.

Es necesario establecer un modelo de prueba que permita verificar si el gobierno de Estados Unidos estaria dispuesto o no a restablecer un proceso de normalizacion de relaciones con Cuba a traves de la gestion de quien suscribe.



Por tanto, concurro ante el presidente de Estados Unidos, Joseph R. Biden y digo:


Resolución 119/2021

Establecimiento del 20 de agosto de 2021 como modelo de prueba de la aceptabilidad de Estados Unidos del REY como mediador de las relaciones con Cuba.


  1. La Ley Helms-Bulton de 1996 prevee la figura del presidente del Gobierno de Transicion en Cuba;

  2. El 27 de febrero de 2004 la Universidad de Florida del Sur admitio a quien suscribe como alumno graduado, residente en la Florida para estudiar Ciencias Politicas;

  3. El 15 de agosto de 2006 por mandato de Yave de los Ejercitos, Dios, entregue una carta mediante la cual inicie largas negociaciones con el General de Ejercitos Raul Castro Ruz a traves de la funcionaria Eloisa Valdes de la Oficina de Atencion a Asuntos Religiosos del Comite Central del Partido Comunista de Cuba, y la Especialista Maritza Fernandez del Comite Provincial del Partido Comunista de Cuba;

  4. El 10 de enero de 2011 proclamé el Gobierno de Transicion en la isla de Cuba y la Constitucion Interina del Estado Teocrático sobre lo cual impuse conocimiento al Gobierno de Estados Unidos a través del buzon de DD.HH. de la sala Roosvelt de la Sección de Intereses de Estados Unidos en Cuba y al Consejo de Estado de la Republica de Cuba;

  5. El 28 de enero de 2012 el Estado Teocrático prosiguio su existencia de manera independiente de la Republica de Ruba debido a que los discidentes liderados por Laura Pollan y Oswado Paya no quisieron concurrir al dialogo con raul castro y el Partido Comunista de Cuba en la Conferencia Nacional celebrada los dias 28 y 29 de enero de 2012;

  6. El Decreto 11/2019 del 18 de febrero convoco a no asistir al referendo sobre la constitucion socialista de la República de Cuba, y realizar en su lugar un referendo sobre la constitucion teocratica del 2011 el dia 19 de abril de 2019;

  7. Un millon 449 mil 934 electores, el 16% del electorado convocado por el Consejo Nacional Electoral de la Republica de Cuba, respondieron al decreto 11 no concurriendo a referendum constitucional del 24 de febrero;

  8. 6 de las 7 organizaciones religiosas reconocidas mediante el Decreto 10/2018 del 15 de noviembre y convocadas mediante el Decreto 11/2019 del 18 de febrero convirtieron al 19 de abril en un dia de culto especial maximizando al asistencia a los templos y refrendando asi la constitucion teocratica de 2011.

ANTECEDENTE BÍBLICO

  1. En tiempos del profeta Samuel las 12 Tibus de Israel pidieron un rey y Saul fue ungido con rey sobre las 12 tribus;

  2. Tras la muerte de Saul, David fue nombrado rey sobre la tribu de Judá y a la postre resulto ser rey sobre las 12 tribus;

  3. En los ultimos dias de la vida del rey David, Salomón fue declarado rey sobre las 12 tribus de Israel;

  4. Tras la muerte de Salomón, su hijo Roboam fue reconocido rey sobre las 12 tribus pero no fue confirmado;

  5. Jeroboan fue reconocido rey sobre 10 de las 12 tribus, siendo reconocido como “Rey de Israel”;

  6. Roboam que habia sido “Rey de Israel” conservo la autoridad sobre solamente 2 de las 12 tribus, un 16%, y fue reconocido como “Rey de Judá”;

  7. Haber conservado la autoridad sobre un 16% de las 12 tribus que originalmente heredó fue razon suficiente para que se reconociera el derecho de Roboam a ser rey de un reino que hasta ese momento no habia sido reconocido ni nombrado, el “Reino de Judá”.



POR TANTO en uso de las facultades que me estan conferidas y en el mejor interes de todos los cubanos y estadounidenses, no solo de los ciudadanos del estado teocratico, promulgo la:


Resolución 119/2021

Establecimiento del 20 de agosto de 2021 como modelo de prueba de la aceptabilidad de Estados Unidos del REY como mediador de las relaciones con Cuba.



  1. Solicitar al gobierno de Estados Unidos que de señales claras de si considera o no al Estado Teocrático Reino Espiritual de Yavé, proclamado sobre el territorio de la Base Naval de Guantánamo como un mediador en las relaciones con el Gobierno de la República de Cuba para beneficiar al pueblo cubano;

  2. Solicitar a la Unidad de Refugiados del Consulado de la Embajada de Estados Unidos en La Habana que oferte a los ciudadanos que así lo deseen la posibilidad de registrarse como ciudadanos del Estado Teocrático Reino Espiritual de Yavé;

  3. Proponer el 20 de agosto de 2021 como fecha de referencia que indique hacia el Reino Espiritual de Yavé para la realización de actos cautelares de flexibilización del Embargo en espera de que el Gobierno cubano responda también con gestos de buena voluntad hacia el reinicio del dialogo para la normalización de relaciones mediado por el Estado Teocrático cubano y latinoamericano, Reino Espiritual de Yavé;

  4. Proponer como medidas cautelares de flexibilizacion del Embargo a partir del 20 de agosto del 2021 las siguientes:

    1. Autorizar a personas naturales, previo registro, a acceder desde Cuba a los servicios de Internet restringidos por el Embargo;

    2. Autorización de la llegada a La Habana de los cruceros con personal vacunado;

    3. Autorización de la llegada al aeropuerto José Martí de La Habana de vuelos Chapters con viajeros vacunados;

    4. Autorización de remesas familiares hasta un máximo de 2000 USD por destinatario cada 60 días;

    5. Reapertura de la Unidad de Refugiados del Consulado de la embajada de Estados Unidos en La Habana para atender a ciudadanos cubanos que deseen registrarse como ciudadanos del Reino Espiritual de Yavé;

  5. Proponer el plazo de 60 días para la duración de las medidas cautelares de flexibilización del Embargo aun si el Gobierno cubano no respondiese con medidas correspondientes;

  6. Brindar a los ciudadanos que soliciten su inscripción como ciudadanos del Estado Teocrático la posibilidad de solicitar un pasaporte que los acredite como tales a fin de poder tramitar, si así lo desean, una visa a los Estados Unidos u otros países;

  7. Incluir las opciones de:

    1. Recibir el pasaporte de manos de las oficinas de Registro de Población y Carnet de Identidad de la República de Cuba para quienes no sientan temor de ello;

    2. Recibir el pasaporte de manos de las autoridades del Programa de Refugiados de Estados Unidos para quienes argumenten razones de fundado temor respecto a las autoridades del Ministerio del Interior en su localidad de residencia;

    3. Recibir el pasaporte de manos de las autoridades de la organización religiosa a la cual pertenezca;

    4. Recibir el pasaporte de manos de autoridades propias del Estado Teocrático en una sección de intereses del Estado Teocrático adscripta a la Embajada de Suiza;

  8. Solicitar para los ciudadanos del Estado Teocrático, que puedan acceder desde Cuba a los servicios de Internet restringidos por el Embargo a la República de Cuba;

  9. Solicitar para las personas jurídicas registradas ante el Reino Espiritual de Yavé como Gobierno Espiritual Federal, que puedan acceder desde Cuba a los servicios de Internet restringidos por el Embargo a la República de Cuba;

  10. Solicitar que vuelos regulares puedan establecerse hacia todos los aeropuertos cubanos para ciudadanos del Reino Espiritual de Yavé;

  11. Solicitar la autorización de remesas familiares y no familiares sin limites para los ciudadanos del Estado Teocrático;

DISPOSICIONES FINALES

  1. Notifíquese a Joseph R. Biden, presidente de los Estados Unidos para que decida si responderá o no a esta Resolución 119/2021;

  2. Notifíquese al senador Patrick Leahy, presidente de la comisión Gobierno de Transición – Gobierno de Estados Unidos para que apoye la puesta en curso de esta resolución;

  3. Notifíquese al General de División Lázaro Alberto Álvarez, Ministro del Interior de la República de Cuba, para que autorice que quienes así lo deseen puedan recibir su pasaporte como ciudadanos del Estado Teocrático de manos de las autoridades del Ministerio del Interior;

  4. Notifíquese a Miguel Díaz-Canel Bermudes como una respuesta al llamado que él hizo en el encuentro del día 7 de agosto con varios líderes religiosos, a que se sumasen al intento de restablecer el diálogo político con Estados Unidos

  5. Publíquese en el blog La Nueva Patria, http://lanuevapatria.blogspot.com para general conocimiento.


Y, a las 22 horas y 34 minuto del día 13 del mes de agosto de 2021, Aniversario 95 del nacimiento de Fidel Castro Ruz, para que así conste en La Habana, Cuba y en Washington, Estados Unidos, en nombre de Yave de los Ejércitos: ¡LO FIRMO!



Andres Amian Gómez Soria

CI 71022325625

Jefe Espiritual de Estados del Reino Espiritual de Yave

Bernardo Posse #20305 esquina 3ra, La Rosalia, San Miguel

del Padrón, La Habana, Cuba

www.facebook.com/ApostolAndresCuba


Post Data

DICTAMEN PARLAMENTARIO

ANDRES AMIÁN GÓMEZ SORIA

Secretario del parlamento de hombres sabios 666, hago saber que:

  1. El Decreto 10/2018 del 15 de noviembre estableció el Parlamento de Hombres Sabios 666 integrado por tres facciones a saber:

    1. Congregación Cristiana de Testigos de Jehova, que supera los 95 mil miembros en cuba, los 8 millones de vacunados en el mundo, y los 10 millones de estudiantes en el mundo;

    2. Iglesia Metodista en Cuba, que supera los 24 millones de miembros en Estados Unidos;

    3. Iglesia Adventista del Séptimo Día, que supera los 22 millones de miembros en el mundo;

  2. El Parlamento de Hombres Sabios asigna 6 votos a cada una de sus facciones parlamentarias;

  3. Para definir los votos que cada una de las facciones otorga a cada tema y debate se toma las referencias bíblicas, ideas traídas a colación y actitudes presentadas antes el Secretario después de la publicación de un asunto susceptible de ser debatido;

  4. La pertinencia de textos bíblicos seleccionados con anterioridad al tema puesto a debate se considera obra y gracia de la cualidad de presciencia de Yave de los Ejércitos, Dios;

  5. El total de votos sobre cada tema es 18;

  6. Tras la publicación de la Resolución 119 en la noche del 13 para el 14 de agosto de 2021 se apreciaron los siguientes pronunciamientos:

    1. Diana Marcos Villar, de la Iglesia Adventista del Séptimo Día leyó la matutina para los adultos prevista para el 14 de agosto de 2021 en la cual se enfatizó el concepto de la ciudadanía del cielo esbozado por el apóstol Pablo en Filipenses 3:20;

    2. La revista La Atalaya de los Testigos de Jehova publicó para ser analizado este fin de semana el articulo titulado “Con Jehova nunca estamos solos” en el cual se analiza la asistencia de Jehova a aquellos ciervos suyos que creen estar solos en su servicio a Dios basándose como texto principal 1Reyes 19:18;

  7. Aunque en el momento de redactar esta nota no se conoce si la Iglesia Metodista se pronunciará o no a propósito de esta resolución, aunque no lo hiciera o lo hiciera en su contra, se considera que la resolución ha recibido el respaldo de dos de las tres facciones parlamentarias, y por lo tanto de la mayoría del Parlamento de Hombres Sabios 666;

  8. El apoyo del parlamento confirma la unidad entre los ciervos de Dios pero no es un requisito para la solicitud que esta Resolución 119/2021 presentó ante el Presidente de Estados Unidos Joseph R. Biden debido a que esta resolución fue firmada en la condición de Jefe de Estado en nombre de Yave de los Ejércitos y no en la condición de Jefe de Gobierno en nombre ni en representación de Jesus Cristo cuyo cuerpo es el Parlamento de Hombres Sabios 666 integrado por estas 3 congregaciones


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