DECRETO FEDERAL NO VINCULANTE 1/2014 PROMOCIÓN DE ASILO HUMANITARIO PARA LOS TESTIGOS DE JEHOVÁ RUSOS
República de Las Antillas
Oficina del Jefe de Estados
ANDRÉS AMIAN GÓMEZ
SORIA:
Secretario General y Delegado del
Partido Revolucionario Cubano, fundado por José Martí y las emigraciones
unánimes de Cuba y Puerto Rico el 10 de abril de 1892 en Nueva York y
re-fundado como institución religiosa[1]
mediante los artículos del 117 al 119 de la Constitución Interina de la
República de Las Antillas, proclamada el 10 de enero de 2011 en La Habana, tras
largas conversaciones con el Partido Comunista de Cuba, a través de la Oficina
de Atención a los Asuntos Religiosos, iniciadas en 2006 para el desarrollo de
un nuevo movimiento espiritual en Cuba y a través de la Oficina de Atención a
la Población del Comité Provincial entre 2008 y 2010 para la transición política
a un Gobierno teocrático;
Presidente de la República de Las
Antillas, según el artículo 90 de la Constitución Interina proclamada por el
Gobierno de Transición en la Isla de Cuba, proclamado (también) el 10 de enero
de 2011, en el marco del estado de emergencia proclamado por el General de
Ejércitos Raúl Castro Ruz, según las atribuciones que le confiere el artículo
67 de la Constitución de la República de Cuba, el 18 de diciembre de 2010 y
extinto el 25 de diciembre de 2011, en sendos discursos ante la Asamblea
Nacional del Poder Popular único órgano con facultades constitucionales fuera
del estado de emergencia;
HAGO SABER, que en consultas realizadas a: Douglas Cabrera
Medina, René Joaquín Scull Gil, Ernesto Antonio Tosta Scull, Vivian Odalis
Morell Hipólito y Julio Antonio Rodríguez González, miembros del Cuerpo de
Consejo del Partido Revolucionario Cubano se acordó, a propuesta de quine
suscribe, dar curso a la presente iniciativa:
DECRETO FEDERAL NO VINCULANTE 1/2014
PROMOCIÓN DE ASILO
HUMANITARIO PARA LOS TESTIGOS DE JEHOVÁ RUSOS
POR
CUANTO (1): La
Constitución de la República de Cuba de 1976, modificada en 1992 y 2002,
otorga:
1.1. Mediante
su artículo 63 derecho a todo ciudadano a dirigir solicitudes y quejas a su
autoridades y recibir la respuesta o atención adecuada;
1.2. Mediante
su artículo 67 derecho al Presidente de los Consejos de Estado y de Ministros a
proclamar estado de emergencia, así como a decidir la duración de este.
Autoridad, hechos y llamados del General de Ejércitos Raúl Castro Ruz
POR
CUANTO (2): El
General de Ejércitos Raúl Castro Ruz fue durante 49 años segundo[2] de su
hermano Fidel Castro Ruz; el 31 de julio de 2006 fue designado como presidente
interino por su hermano a causa de la enfermedad de este y las elecciones del
24 de febrero de 2008 otorgaron formalmente el cargo de Presidente de los
Consejos de Estado y de Ministros de la República de Cuba[3];
POR
CUANTO (3): El
General de Ejércitos Raúl Castro Ruz destituyó a encumbradas figuras como
Carlos Lage Dávila que era primer vicepresidente del Consejo de Estado y
Secretario del Consejo de Ministros, Felipe Pérez Roque que era Ministro de
Relaciones Exteriores y fue candidato a Presidente de los Consejos de Estado y
de Ministros y Ricardo Alarcón de Quesada que fue Presidente de la Asamblea
Nacional por largos años[4];
POR
CUANTO (4): El
General de Ejércitos Raúl Castro Ruz lanzó la campaña contra el marabú[5],
lanzó el Análisis Crítico de la Sociedad Cubana (26 de julio de 2007), el
Proceso de Perfeccionamiento del Socialismo y la Actualización del Modelo Económico
Cubano: senderos novedosos para el Gobierno cubano con lo cual se cumplieron
las profecías bíblicas[6];
POR
CUANTO (5): El
General de Ejércitos Raúl Castro Ruz lanzó su campaña contra el secretismo,
promoviendo el desarrollo y la transparencia de nuevos espacios en la prensa
estatal[7];
POR
CUANTO (6): Durante
su discurso de toma de posesión el General de Ejércitos Raúl Castro Ruz declaró
estar dispuesto a realizar diálogo político con quienes tuvieran planteamientos
que realizar de manera razonable y respetuosa, y ratificó que respetaría el
derecho al disentimiento político alegando que era preferible un planteamiento
discrepante honesto en tiempo y forma que un comentario adverso en los pasillos
que crea malestar y no resuelve nada.[8]
POR
CUANTO (7): El
10 de marzo de 2008 quien suscribe presentó en la -entonces- Oficina de Correspondencia
del Comité Central del Partido Comunista de Cuba carta solicitando autorización
para desarrollar el proyecto sociocultural “Movimiento por la Cuarta República
en Cuba”.
POR
CUANTO (8): Tras
dos años y medio de negociaciones política-religiosas -para la realización de
una transición a un orden teocrático- el
General de Ejércitos Raúl Castro Ruz, declaró el 18 de diciembre de 2010: moratoria
de pago a los acreedores extranjeros; la inminente declaración de disponibles
de un millón y medio de trabajadores estatales en tres meses; e hizo un llamado
cumplir con lo acordado, lo que constituyó de hecho una declaración de estado
de emergencia.
Proclamación de la República de Las Antillas como primer país del reino de los cielos en la tierra
POR
CUANTO (9): Quien
suscribe[9]
proclamó el 10 de enero de 2011 el “Gobierno de Transición en la Isla de Cuba”
y la “Constitución Interina de la República de Las Antillas”, haciendo público
a través de Internet en el blog “La Nueva Patria”[10] e
impuso de esta proclamación al Consejo de Estado de la República de Cuba,
representante entre sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular, máximo
órgano legislativo del país y único con facultades constitucionales fuera del
estado de emergencia;
POR
CUANTO (10):
El Consejo de Estado, ni ninguna otra persona natural o
jurídica hizo formal impugnación mediante declaración pública o misiva
certificada o entregada en manos propias, de las proclamaciones realizadas;
POR
CUANTO (11):
El 26 de enero de 2011 la Oficina de Atención a los
Asuntos Religiosos del Comité Central del Partido Comunista de Cuba recibió en
despacho a quien suscribe en compañía de Maria Santiesteban Portuondo donde se
analizó el estado y posible evolución del proyecto República de Las Antillas,
así como su derecho constitucional a la realización de proselitismo religioso.
POR
CUANTO (12):
El 25 de diciembre de 2011 el General de Ejércitos Raúl
Castro Ruz, declaró fin de la moratoria de pagos, confirmó que sería en un
periodo de 5 años que se haría el reordenamiento laboral y confirmó el
restablecimiento de la normalidad en cuanto al ordenamiento social del país;
POR
CUANTO (13):
Con fecha 13 de enero de 2012 quien suscribe dio por
depuesto el “Gobierno de Transición en la Isla de Cuba” ante el General de
Ejércitos Raúl Castro Ruz, pero sin declarar extinta la nueva forma jurídica
federal proclamada bajo la denominación de “República de Las Antillas”.
POR
CUANTO (14):
El artículo No. 1 de la Constitución Interina de la
República de Las Antillas plantea: La
República de Las Antillas, antes de declarar su propia existencia, declara la
existencia de Jehová, Dios[11];
POR
CUANTO (15):
El artículo No. 2 de la Constitución Interina de la
República de Las Antillas plantea: La
República de Las Antillas, reconoce que es Derecho de Jehová tener a un pueblo
propio, sobre el cual Él es soberano; que este pueblo se conoce por el nombre
de “Testigos de Jehová” y los acoge, respeta y protege como huéspedes
honorarios;
POR
CUANTO (16):
El artículo No. 4 de la Constitución Interina de la
República de Las Antillas plantea: La
República de Las Antillas reconoce la existencia de la Iglesia Universal que
espera el regreso triunfal de Cristo.
POR
CUANTO (17):
El artículo No. 121 de la Constitución Interina de la
República de Las Antillas proponía la realización de la Asamblea Constituyente de la República de Las Antillas fuera el 22 de
mayo de 2012 en función de superar la Constitución Interina por un nuevo texto
acordado, proponiendo fecha concreta para un acuerdo colofón de las
negociaciones de alto nivel para la transición teocrática iniciadas en 2006.
Declaraciones del Cuerpo Gobernante de los Testigos de Jehová
POR
CUANTO (18):
El 22 de mayo de
2012 el Cuerpo Gobernante de los
Testigos de Jehová fechó y firmó la misiva en la cual anunciaba a la
Sucursal en Cuba que la isla había sido incluida entre los países que recibiría
ayuda para la construcción de Salones del Reino, para la celebración de
reuniones de Testigos de Jehová.
POR
CUANTO (19):
El 1ro de julio de 2014 el sitio www.jw.org fechó en 2006 (12
de abril) un primer incidente[12] en la Rusia moderna de
intolerancia de las autoridades contra los Testigos de Jehová;
POR
CUANTO (20):
El 1ro de julio de 2014 el sitio www.jw.org informó[13] que
el Tribunal Europeo de Derechos Humanos declaró a Rusia culpable en cuatro
ocasiones de violar los derechos de los Testigos de Jehová:
20.1.
Caso Krupto y
otros contra Rusia: los incidentes del 12 de abril de 2006 generaron el veredicto
del 26 de junio de 2014 del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, culpando a
Rusia de violar el artículo 5 (derecho a la libertad y la seguridad) y el
artículo 9 (libertad de pensamiento, de conciencia y de religión) del Convenio
Europeo de Derechos Humanos, en lo que fue conocido como el caso Krupto;
20.2.
Caso Kuznetsov y
otros contra Rusia (2007): El
Tribunal Europeo de Derechos Humanos dictaminó que el gobierno ruso violó el
Convenio Europeo de Derechos Humanos cuando las autoridades disolvieron ilegalmente
una reunión de Testigos sordos en la ciudad de Cheliabinsk;
20.3.
Testigos de
Jehová de Moscú contra Rusia (2010): El mismo Tribunal fallón en contra de
Rusia al examinar la disolución y prohibición de la entidad legal de los
Testigos de Moscú llevada a cabo por la fiscalía de la capital rusa;
20.4.
Caso Avilkina y
otros contra Rusia (2013): El Tribunal declaró que el Gobierno ruso violó
el derecho fundamental a la privacidad al permitir que la fiscalía de la ciudad
de San Petersburgo ordenara a las instituciones médicas revelar información
privada sin el consentimiento de los pacientes Testigos;
POR
CUANTO (21):
El 21 de enero de 2014 el sitio www.jw.org informó que el 7 de agosto de 2013 un
tribunal de la ciudad de Tver (160 km al norte de Moscú, Rusia) decidió que la página
web de información bíblica jw.org debería estar prohibida en toda la Federación
de Rusia y que un juicio de apelación se celebraría el 22 de enero. El despacho
de prensa cifra en unos 160 mil los Testigos de Jehová en Rusia, 142 millones
los habitantes de la Federación y en 900 mil las personas que visitan
diariamente el sitio jw.org de todas partes del mundo para recibir información
en unos 600 idiomas[14];
22.1.
En junio de 2008 un fiscal de la región de Rostov
presentó una solicitud para disolver e ilegalizar la organización religiosa de
los Testigos de Jehová de esa localidad. La publicación indica que el fiscal afirmó
que las publicaciones editadas por los Testigos de Jehová contienen “expresiones
extremistas” y que el tribunal concedió la solicitud del fiscal;
22.2.
El 8 de diciembre de 2009 el Tribunal Supremo de la
Federación de Rusia apoyó la decisión del tribunal de de Rostov. Tras esta
decisión federal las autoridades de Tangarog confiscaron el Salón del Reino
(local de culto) de los Testigos de Jehová en la localidad, lo que ha obligado
a los testigos a reunirse en hogares particulares. Además 34 de sus
publicaciones fueron añadidas a una lista federal de obras extremistas;
22.3.
En 2011 las autoridades de Tagarog irrumpieron en 19
hogares de familias de Testigos de Jehová para buscar publicaciones
consideradas “extremistas”. A veces llegaron a las casas a las seis de la
mañana y pasaron allí de ocho a once horas, confiscaron absolutamente todas las
publicaciones religiosas y se habrían llevado incluso artículos personales.
También gravaron a escondidas algunos servicios religiosos para saber quienes
asistían a los mismos;
22.4.
El artículo comunica que 16 testigos de Jehová de la
región de Taganrog habían sido acusados en 2012 de violar el artículo 282.2,
párrafos 1 y 2 del Código Penal de la Federación de Rusia, que por ello podrían
enfrentar penas de hasta 3 años de cárcel. Que además cuatro ancianos de
congregación habían sido acusados de violar el artículo 150 párrafo 4, lo cual
podría implicar una pena entre cinco y ocho años de prisión. El artículo
refiere que ellos podrían verse obligados a pagar multas de hasta 300 mil
rublos (unos 10 mil dólares americanos)
y publica la foto de 10 de los 16 acusados a los que se le había dado
orden de permanecer en la ciudad hasta que el tribunal dictase un fallo;
22.5.
La publicación cifra en 800 los Testigos de Jehová en
Taganrog;
22.6.
Según la publicación lo sucedido en Taganrog ha desencadenó
una campaña de acoso y maltrato de los Testigos de Jehová en todo el país
promovida por el Estado. Más de mil seiscientos Testigos de Jehová han sido
detenidos en toda Rusia, 70 publicaciones han sido declaradas extremistas, 171
casas y lugares de culto han sido registrados y se han interrumpido u obstaculizado
69 servicios religiosos;
22.7.
La publicación indica que tanto la Constitución rusa
como el Convenio Europeo de Derechos Humanos garantizan la libertad de culto. Y
que los Testigos de Jehová han presentado una querella ante el Tribunal Europeo
de Derechos Humanos y estaban esperando que se hiciera justicia;
POR
CUANTO (23):
El 2 de junio de 2014 el sitio www.jw.org informó que el juicio contra 16
Testigos de Jehová de la ciudad de Taganrog continuó su curso durante el mes de
mayo y que es el único juicio en toda Rusia contra los Testigos de Jehová por
profesar su fe, que las autoridades estarían haciendo una interpretación
errónea de de la ley federal contra el extremismo y que los Testigos de Jehová
están registrados legalmente en la Federación de Rusia desde 1992[16];
POR
CUANTO (24):
El 31 de julio de 2014 el sitio www.jw.org informó que el tribunal de Taganrog
halló culpables a los Testigos de Jehová y que las condenas sientan un
peligroso antecedente pues amenazan la libertad religiosa de más de 160 mil
Testigos de Jehová de Rusia.
Otros puntos de vista sobre la situación
POR
CUANTO (25):
La abogada de la defensa Alyona Borodina, dijo: “El
Estado no deja de acosar a los Testigos (de Jehová). Cuando un tribunal declara
que una obra es extremista, por ley, hay que destruirla.”[17]
POR
CUANTO (26):
En el sitio de debate de Yahoo.com se publicó el
criterio no oficial de que los Testigos de Jehová acosan al resto de las
personas para que abandonen sus opciones de conciencia, fe y religión y se
conviertan a la suya y por lo tanto es justo que se les acose a ellos alguna
vez y en algún lugar.
Antecedentes históricos sobre territoriedad[18] de la República de Las Antillas
POR
CUANTO (27):
La República de “Saint Dominique” fue proclamada por Toussaint Louverture en
1801 en los territorios de los actuales Estados de Haití y República
Dominicana, que anteriormente habían estado separados como los territorios
ocupados por España y Francia en la isla; por lo que constituye un antecedente
de antillanismo post colombino;
POR
CUANTO (28):
La Junta Central Republicana de Cuba y Puerto Rico
funcionó en la ciudad de Nueva York desde 1865 hasta 1898, pretendiendo
alcanzar soberanía sobre los territorios de Puerto Rico y Cuba animando las conspiraciones
para los respectivos alzamientos de septiembre y octubre de 1868;
POR
CUANTO (29):
Las hostilidades navales del general Gregorio Luperón
en 1869, desde el vapor “El Telégrafo”, financiadas con 500 mil pesos
entregados por el Dr. Ramón Emeterio Betances, pretendieron acceder al poder
político en República Dominicana para incorporarla al plan de formar la
Confederación de Las Antillas, impulsando la liberación de Cuba y Puerto Rico;
POR
CUANTO (30):
José Martí, fundó el Partido Revolucionario Cubano el
10 de abril de 1892 y se alzó en armas en el territorio cubano el 24 de febrero
de 1895 con la pretensión de fundar un país único con Cuba y Puerto Rico;
POR
CUANTO (31):
José Martí, después de fundar el Partido Revolucionario
Cubano, expresó su adhesión a la opción antillanista al expresar “las tres
Antillas (…) han de salvarse juntas, o juntas han de perecer (…) las tres islas
abrazadas de Cuba, Puerto Rico y Santo Domingo”[19];
POR
CUANTO (32):
El Abate de Pradt (belga) planteó en 1802 que “Todas
las colonias de las Antillas, con excepción de Trinidad y Curazao deben estar
reunidas en un único y mismo Estado, y no ser más que un mismo cuerpo.”[20]
Legislación Territorial de la República de Las Antillas
POR
CUANTO (33):
El artículo 22 de la Constitución Interina de la
República de Las Antillas expresa: “La República de Las Antillas, administra
los territorios de manera compartida o soberana, teniendo en cuenta en ambos
casos las fuerzas políticas vigentes en ese territorio.”
POR
CUANTO (34):
El artículo 49 de la Constitución Interina expresa: “La
República de Las Antillas puede compartir la administración de territorios con
otros gobiernos durante periodos de transición que pueden ser incluso
temporales o reversibles.”
POR
CUANTO (35):
El artículo 23 de la Constitución Interina expresa: “La
República de Las Antillas gana soberanía sobre territorios porque sus gobiernos
previos deciden confiarle totalmente su administración.”
POR
CUANTO (36):
El artículo 24 de la Constitución Interina expresa: “La
División Político Administrativa de la República de Las Antillas se establece
teniendo la historia, en cuenta así como la soberanía o el mérito patriótico de
los héroes legendarios y mártires de cada territorio.”
Autoridad territorial alcanzada por el Gobierno espiritual federal de la República de Las Antillas hasta el momento
POR
CUANTO (37):
“Martí le daba en efecto mayor importancia, en esa
etapa previa, a la unidad espiritual que a la unión política de las Antillas,
confiaba más en los hombres que en las estructuras.”[21]
POR
CUANTO (38):
El Gobierno espiritual federal de la República de Las
Antillas dirigió al Estado cubano en fecha 3 de marzo de 2014 la Instrucción
No. 1/2014 al MINREX “Aceptación del Diálogo Político con la UE”.
POR
CUANTO (39):
El 6 de marzo de 2014 el Ministro de Relaciones
Exteriores de Cuba, Bruno Rodríguez Parrilla, ofreció una conferencia de prensa
en la que informó que se había comunicado con la Delegación de la Unión Europea
en La Habana para notificar la aceptación por parte de Cuba del Diálogo
Político propuesto por el Consejo de Ministros de Exteriores de la Unión
Europea el 10 de febrero, con lo cual la cancillería cubana dio cumplimiento a
lo solicitado en la Instrucción No. 1/2014 al MINREX del Gobierno espiritual
federal de la República de Las Antillas “Aceptación del Diálogo con la UE”,
aunque no hizo reconocimiento de haber recibido tal disposición normativa.
Pertinencia
POR
CUANTO (40):
Durante la reunión de los Testigos de Jehová de la
congregación de Vedado Norte, ayer martes 2 de septiembre de 2014, el hermano Sergio
Martínez analizó lo ocurrido en ocasión en el que el pueblo de Israel murmuró
contra Moisés y por lo tanto contra Jehová. Entonces Jehová mandó a recoger una
vara por cada tribu y con su nombre ponerla en la tienda de reunión delante del
testimonio donde Jehová regularmente se presenta al pueblo, y la vara del
escogido echaría botones como señal y esto ocurrió al día siguiente, por lo que
es hoy –al día siguiente- que corresponde la promulgación de este Decreto
Federal No Vinculante, como la vara que servirá de testimonio de si Jehová ha
escogido o no a quien suscribe para que ocupe Su trono en representación de
Jesucristo en el territorio asignado.[22]
POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,
promulgo[23] el presente
DECRETO FEDERAL NO VINCULANTE 1/2014
PROMOCIÓN DE ASILO
HUMANITARIO PARA LOS TESTIGOS DE JEHOVÁ RUSOS
Primero.-
El Gobierno espiritual federal de la República de Las
Antillas ofrece asilo humanitario[24] a
los Testigos de Jehová rusos[25] que lo
soliciten.
Segundo.-
Los Gobiernos de los Estados del archipiélago de Las
Antillas, que así lo deseen, podrán considerar este Decreto Federal No
Vinculante, sin obligatoriedad de acatarlo[26], si
lo consideran pertinente legislar como estimen conveniente o tomar las medidas
ejecutivas que dispongan para hacerlo efectivo[27] en
los territorios bajo su administración;
Tercero.-
Preséntese ante la Dirección de Legislación del
Ministerio de Justicia para su validación y registro legal;
Cuarto.-
Preséntese al embajador Pedro Evelio Dorta González,
Jefe de Despacho de Bruno Rodríguez Parrilla, Ministro de Relaciones Exteriores
para el análisis de la factibilidad de su implementación;
Quinto.-
Impóngase a los Gobiernos de:
a) República
de Cuba, a través de la Oficina de Correspondencia del Consejo de Estado:
b) República
Dominicana y Haití, a través de embajadas respectivas,
c) Estado
Libre Asociado de Puerto Rico, a través de la Sección de Intereses de EE.UU. en
La Habana;
Sexto.-
Publíquese para general conocimiento en el blog oficial
del Gobierno espiritual federal de la República de Las Antillas, “La Nueva
Patria” http://lanuevapatria.blogspot.com
Séptimo.-
Compártase en el Perfil “República de Las Antillas” en
Facebook, http://www.facebook.com/PresidenteInterinoCuba
Octavo.-
Notifíquese a la sucursal de los Testigos de Jehová en
La Habana.
Noveno.-
Preséntese al cuerpo de ancianos[28] de
la congregación Vedado Norte, en cumplimiento de la palabra de Jehová en
Números 17:4.
Y para que así conste, se firma la presente a los 3 días del
mes de septiembre de 2014 en La Habana, Cuba, Mayor de las Antillas.
Andrés Amian Gómez
Soria
Presidente
República de Las
Antillas
Bernardo Posse No.
20305 esq. 3ra
La Rosalía SMP CH
11000 La Habana, Cuba
Movil. +53 5 8080
274
Email.: aamiangomez@gmail.com
[2] Isaías 42:14a ““He estado callado por largo tiempo.
Continué silencioso. Seguí ejerciendo autodominio.”
[3] Isaías 42:13 “Como hombre poderoso Jehová mismo
saldrá. Como guerrero despertará celo.”
[4] Isaías 42:15a “Devastaré montañas y colinas, y secaré
toda su vegetación.”
[5] Isaías 42:15b “Y ciertamente tornaré ríos en islas, y
secaré los estanques llenos de cañas.”
[6] Isaías 42:16a “Y ciertamente haré que los ciegos
anden por un camino que no han conocido; en una vereda que no han conocido haré
que pisen.”
[7] Isaías 42:16b “Tornaré un lugar oscuro delante de
ellos en luz”
[8] Isaías 42:16c “y terreno escabroso en tierra llana.
Estas son las cosas que ciertamente les haré, y de seguro no los dejaré.”
[9] Isaías 42:5-7. Esto es lo que ha dicho el Dios
[verdadero], Jehová, el Creador de los cielos y el Magnífico que los extiende;
Aquel que tiende la tierra y su producto, Aquel que da aliento a la gente sobre
ella, y espíritu a los que andan en ella: 6 “Yo mismo,
Jehová, te he llamado en justicia, y procedí a asirte de la mano. Y te
salvaguardaré y te daré como pacto del pueblo, como luz de las naciones, 7
[y has de] abrir los ojos ciegos, sacar del calabozo al prisionero, de la casa
de detención a los que están sentados en oscuridad.
[10] Isaías 42:9 “”Las primeras cosas... miren, han
llegado, pero nuevas cosas anuncio. Antes que empiecen a brotar, hago que
ustedes [las] oigan”.”
[11] Para que se cumpliera
Isaías 42:8 “”Yo soy Jehová. Ese
es mi nombre; y a ningún otro daré yo mi propia gloria, ni mi alabanza a
imágenes esculpidas.”
[12] Testigos de Jehová. El
Tribunal Europeo de Derechos Humanos defiende la libertad religiosa de los
Testigos de Jehová. Rusia. 21 de enero de 2014. Consultado 27 de agosto de
2014. Disponible en www.jw.org / Situación
Legal / Rusia.
[13] Idem.
[14] Testigos de Jehová.
Funcionarios rusos intentan que se prohíba una conocida web de información
bíblica. San Petersburgo. Rusia. 21 de enero de 2014. Consultado 27 de agosto
de 2014. Disponible en www.jw.org / Situación
Legal / Rusia.
[15] Testigos de Jehová.
Ciudadanos Rusos van a juicio por su fe. Rusia. 22 de abril de 2014. Consultado
27 de agosto de 2014. Disponible en www.jw.org
/ Situación Legal / Rusia.
[16] Testigos de Jehová. Se
sigue juzgando a los Testigos de Jehová de Taganrog. Rusia. 2 de junio de 2014.
Consultado 27 de agosto de 2014. Disponible en www.jw.org
/ Situación Legal / Rusia.
[17] Testigos de Jehová. Se
sigue juzgando a los Testigos de Jehová de Taganrog. Rusia. 2 de junio de 2014.
Consultado 27 de agosto de 2014. Disponible en www.jw.org
/ Situación Legal / Rusia..
[18] Isaías 42:10-12 “Canten a Jehová una canción nueva, su
alabanza desde la extremidad de la tierra, ustedes los que están bajando al mar
y a lo que lo llena, islas y ustedes los que las habitan. 11
Levanten [la voz] el desierto y sus ciudades, los poblados que Quedar habita.
Clamen de gozo los habitantes del peñasco. Desde la cima de las montañas vocee
la gente. 12 Atribuyan ellos gloria a Jehová, y en las islas
anuncien hasta su alabanza.”
[19] Martí,
José « Las Antillas y Baldorioty (de) Castro » Patria, Nueva York, 14 de mayo de 1892. Obras Completas. La Habana,
Editorial Nacional de Cuba, 1963, Tomo IV, p. 410.
[20] Pradt, Abbé de, Les trois âges des colonies. Paris, 1802. t. II. p. 426. En
otro libro de 1817 reitera el criterio. Citado por Paul Estrade, Opus cit. Nota
al pie No. 7. p. 27.
[21] Paul Estrade, Opus cit.
p. 32.
[22] Jehová ahora habló a Moisés, y dijo: “Habla a los hijos
de Israel y toma de ellos una vara por cada casa paterna de parte de todos sus
principales, por la casa de sus padres, doce varas. Escribirás el nombre de
cada uno sobre su vara. Y el nombre de Aarón lo escribirás sobre la vara de
Leví, porque hay una sola vara para el cabeza de la casa de sus padres. Y
tienes que depositarlas en la tienda de reunión, delante del Testimonio, donde
regularmente me presento a ustedes. Y lo que tiene que suceder es que el hombre
a quien yo escoja, su vara echará botones, y ciertamente haré cesar de en
contra de mí las murmuraciones de los hijos de Israel, que ellos están
murmurando en contra de ustedes”.
De modo
que Moisés habló a los hijos de Israel, y todos sus principales procedieron a
darle una vara por cada principal, una vara por cada principal, por la casa de
sus padres, doce varas; y la vara de Aarón estaba en medio de las varas de
ellos. Entonces Moisés depositó las varas delante de Jehová en la tienda del
Testimonio.
Y
aconteció que al día siguiente, cuando Moisés entró en la tienda del
Testimonio, ¡mire!, la vara de Aarón para la casa de Leví había brotado, y
estaba echando botones y arrojando flores y estaba produciendo almendras
maduras. Moisés entonces sacó todas las varas de delante de Jehová a todos los
hijos de Israel, y se pusieron a mirar y a tomar cada hombre su propia vara.
Posteriormente,
Jehová dijo a Moisés: “Vuelve a poner la vara de Aarón delante del Testimonio
como algo que ha de guardarse como señal para los hijos de la rebeldía, a fin
de que cesen sus murmuraciones de en contra de mí, para que no mueran”. En
seguida Moisés hizo tal como Jehová le había mandado. Hizo precisamente así.
[23] Isaías 33:13. ¡Oigan, ustedes los que están lejos,
lo que tengo que hacer! Y conozcan, ustedes los que están cerca, mi poderío.
[24] Isaías 66:19. “Y ciertamente pondré en medio de
ellas una señal, y ciertamente enviaré algunos de los escapados a las naciones,
[a] Tarsis, Pul y Lud, los que estiran el arco, Tubal y Javán, las islas
lejanas, que no han oído un informe acerca de mí ni han visto mi gloria; y de
seguro anunciarán mi gloria entre las naciones.
[25] Isaías 66:21. “Y también de ellos tomaré algunos
para los sacerdotes, para los levitas”, ha dicho Jehová.
[26] Mateo 11:29-30 “Tomen sobre sí mi yugo y aprendan de
mí, porque soy de genio apacible y humilde de corazón, y hallarán refrigerio
para sus almas. Porque mi yugo es suave y mi carga es ligera.”
[27] Isaías 66:20. Y ellos realmente traerán a todos los
hermanos de ustedes de todas las naciones como regalo a Jehová, en caballos y
en carros y en carruajes cubiertos y en mulos y en camellas veloces, a mi santa
montaña, Jerusalén —ha dicho Jehová—, justamente como cuando los hijos de
Israel traen el regalo en una vasija limpia a la casa de Jehová.”
[28] Isaías 66:22 “Porque tal como los nuevos cielos y
la nueva tierra que voy a hacer subsisten delante de mí —es la expresión de
Jehová—, así seguirán subsistiendo la prole de ustedes y el nombre de ustedes.”
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