Resolución 73/2019 Sentencia Militar contra Ricardo Pereira Díaz a 3 años de Limitación de Libertad y Remisión a la Comisión de Peritaje Médico para posible jubilación forzosa
Reino
Espiritual de Yave
Oficina del Jefe Espiritual de Estados “Lázaro I
Maximiliano”
1973
Después de 20 años
de escrita y engavetada,
es grabada y alcanza el máximo éxito la
canción
“El Rey”:
“Con Dinero y sin dinero// Hago siempre lo
que quiero// Y mi palabra es la ley//
No tengo trono ni reina// Ni nadie que me
comprenda// ¡Pero sigo siendo El Rey!”
“Se ha hablado
mucho de las piedras a lo largo de la historia.
Hay quien ha dicho:
Me molesta como una piedra en el zapato…
Mientras que la
Piedra de Escaliburg, tenía una espada encajada,
Quien lograra sacar
la Espada, sería Rey”
Obra de Teatro . Iglesia Metodista de Marianao.
Dom 21 de Abril de 2019
“Jesucristo no es
un profeta. Jesucristo es Dios”
Obispo Ricardo
Pereira
Resolución 73/2019
Sentencia Militar contra Ricardo Pereira Díaz a 3 años de
Limitación de Libertad y Remisión a la Comisión de Peritaje Médico para posible
jubilación forzosa
(RESUMEN)
Tribunal Supremo de Justicia
Sala Independiente de Derechos Humanos y Asuntos
Religiosos
Adscripta a al Tribunal Municipal de San Miguel
del Padrón
Jurado:
RENÉ JOAQUÍN SCULL GIL
EDEL GARCÍA RODRÍGUEZ
ERNESTO REY MARRERO
Secretario:
ANDRÉS AMIAN GÓMEZ SORIA
Por este medio CERTIFICO que el texto que sigue
se corresponde con el aprobado por el Presidente del Jurado Cap. (r) René
Joaquín Scull Gil a las 10;00 horas que luego fue presentado a las 11:30 horas en
la Secretaría Judicial del Tribunal Municipal Popular de San Miguel del Padrón
a la atención de su Presidenta.
12:35 horas del 25 de abril de 2019
Lázaro I Maximiliano (ANDRES
AMIAN GÓMEZ SORIA),
Juez
independiente al servicio de Yave de los Ejércitos, Dios de Israel;
CONCURRO
MEDIANTE EL PRESENTE ESCRITO Y DIGO:
Resolución 73/2019
Sentencia Militar contra
Ricardo Pereira Díaz a 3 años de Limitación de Libertad y Remisión a la sión de
Peritaje Médico para posible jubilación forzosa
Capítulo 1 Votación del Jurado
POR CUANTO
(1):
Dos jueces (Ernesto Rey Marrero, que había
votado “culpable” sobre los presuntos abusos del padrastro a esta misma menor en
2017 y Edel García Rodríguez) consideran que la confesión de pecado hecha por
Ricardo Pereira Díaz no lo inculpa como autor de abusos lascivos;
POR CUANTO
(2):
El tercer juez (René Joaquín Scull Gil), que
había dado seguimiento al caso desde 2017 votando “Culpable” contra el
padrastro, consideró que la confesión de pecados de Ricardo Pereira Díaz lo
inculpa como responsable de abusos lascivos y exclamó: “¡Ahí tienes al tercer
hombre que andabas buscando!”;
POR CUANTO
(3):
Dos de los tres jueces del jurado (Edel García
Rodriguez y René Joaquín Scull Gil) votaron porque Ricardo Pereira Díaz fue
procesado por el presunto cargo de abuso lascivo a menor de edad hija de una
miembro de la Iglesia de la cual él era Obispo. El tercer juez (Ernesto Rey
Marrero) se abstuvo sobre si debía ser procesado o no, por evidencia insuficiente;
POR CUANTO (4):
Edel García Rodríguez consideró que dada la alta
envestidura que ostenta el sospechoso (Obispo) es necesario que sea procesado
dada la sospecha “porque si no nunca tendremos una Iglesia pura.”;
Capítulo 2 RESULTANDO
POR CUANTO
(5):
Ricardo Pereira Díaz, haciendo uso de su
condición de pastor de la Iglesia Metodista de Mariano y de Obispo de la Iglesia
Metodista en Cuba visitó la casa de la devota Margarita del Pilar Hernández
López, viuda y madre de una adolescente, para evaluar su necesidad de
asistencia económica por parte de la Iglesia;
POR CUANTO
(6):
Ricardo Pereira Díaz al notar una gran necesidad
económica y una vulnerabilidad emocional y sentimental en ambas acompañó la
entrega de vodeps spbre ;ps cultos en la Iglesia y de ayuda económica con
caricias lascivas a la menor;
POR CUANTO
(7):
Ricardo Pereira Díaz visitó la casa de la menor
en ocasiones en las que la madre no se encontraba presente para explicarle sus
sentimientos a la menor;
POR CUANTO
(8):
Ricardo Pereira Díaz cada vez que caía en la
tentación, atacado por el remordimiento y el cargo de conciencia y tratando de
crear condiciones para la impunidad solicitaba a la madre viuda que invitara a
su casa a Julio Antonio Rodríguez González, un religioso desordenado con
antecedentes penales y sin trabajo, para que disfrutara junto a ellas del
dinero que él les había entregado y crear una cuartada por si se descubría que
la menor estaba teniendo relaciones con adultos que no recayeran sospechas
sobre él;
POR CUANTO
(9):
En noviembre de 2016, al vencer el plazo
concedido a la corona británica por la Resolución 14/2016 para presentar una
princesa para que fuera Reina Consorte del Reino Espiritual de Yave, quien
suscribe preguntó a la menor si ella quería optar por ese derecho dicindo:
1.)
“¿Tienes tú novio?”
2.)
“¿Quieres ser mi novia?”
3.)
“Ser novios es jugar a que tú eres una princesa
y yo te escribía poemas.”
4.)
“¿Quieres tú ser princesa?”
POR CUANTO
(10):
En los siguientes días las menor respondió
diciendo:
1.)
“Tengo tres hombres detrás de mi.”
2.)
Respondiendo a su padrastro que se quería quedar
a solas con quien suscribe. (Lo cual no llegó a suceder).
YAVE DENUNCIA ANTE EL JEdE LOS
ABUSOS SEXUALES CONTRA MENORES
POR CUANTO
(11):
El 17 de enero de 2017 quien suscribe supo de un
caso de una mejor de 11 años que había sido dejada a merced de un padrastro
para que tuviera que yaser con él a cambio de no acostarse sin comer. Acudió cinco
veces a la 11na Unidad de la Policía pero lo pudo formular denuncia penal
porque no tenía vínculo familiar legal con la menor.
POR CUANTO
(12):
Al orar a Dios, por orientación ante esa
situación Yave de los Ejércitos respondió con los textos de 1 Sam 18:19-20.
“Pero la hija menor de Saúl amaba a David.”
POR CUANTO
(13):
El 23 de enero de 2017 quien suscribe escribió
carta a Margarita del Polar Hernández
López contándole lo sucedido y pidiéndole ayuda para interpretar la pertinencia
del texto revelado por Dios.
1.)
Si acabando de ver a un padrasto que abusa de
una hijastra Dios me habla de ‘la hija menor de Saúl’, siendo Saúl el símbolo
del padrastro abusador, no estará revelado Dios que hay otra menor siendo
abusada padrastro? (¿No será tu hija?)
2.)
Si Dios dice que … amaba a David, ¿Estará indicando
Dios que tu hija está enamorada de mi, y aún que deberíamos planificar una
matrimonio entre ella y yo?
POR CUANTO
(14):
El 11 de febrero de 2017 Margarita del Pilar
Hernández López, confesó a quien suscribe que ella y su hija estaban siendo
victimas de abusos de género y solicitó la ayuda del JEdE, de la manera que
ella la concebía en ese momento;
POR CUANTO
(15):
Se realizaron algunas actuaciones investigativas
y se sometió el caso al JURADO integrado por: Ernesto Rey Marrero, René Joaquín
Scull Gil y otros tres jueces legos ad-hoc que pidieron no ser identificados,
entre ellos dos de la Iglesia Evangélica Pentecostal y una madre de una
destacada jurista. Además Yave de los ejércitos se pronunció. Tanto Dios como
el jurado declararon culpable al padrastro de Acoso con Requerimiento Sexual y
se acordó transferir la propiedad de la casa de él a la menor como compensación
por el daño.
POR CUANTO
(16):
El 19 de febrero de 2017 quien suscribe puso a
al corriente de situación a Rosabel Restrada Hernández, la hermana mayor de la
hija de Margarita del Pilar Hernández López, quien protegió a su hermana:
1.)
Del padrastro, tomándola bajo su guarda y
custodia,
2.)
De quien suscribe, denunciándolo el 20 de
febrero de 2017 por presunto Acoso Sexual a su hermanita;
POR CUANTO
(17):
Las acciones tomadas por Rosabel Restrada
Hernández el 20 de febrero de 2017 implicaban el RECUSAMIENTO (no admisión) de
quien suscribe como Juez actuante en defensa de la menor;
POR CUANTO
(18):
Las acciones tomadas por Rosabel Restrada
Hernández el 20 de febrero de 2017 defendían a su hermanita de dos hombres,
pero la menor había declarado que tenía tres pretendientes.
POR CUANTO
(19):
En febrero de 2017 el tercer hombre que estaba
detrás de la menor no había sido identificado.
EL SACRIFICIO CRÍSTICO COMO
MÉTODO DE INVESTIGACIÓN
POR CUANTO
(20):
El 17 de mayo de 2017 quien suscribe fue
detenido en su casa de San Miguel del Padrón por una orden de búsqueda y
captura emitida por la 5ta Unidad de la PNR de Playa por un presunto delito de
Abusos Lasvivos;
POR CUANTO
(21):
Al llegar a la 5ta Unidad de la PNR no existía
ninguna denuncia contra quien suscribe por Abusos Lascivos. Quien suscribe
había sido circulado y detenido en virtud de una denuncia que había sido
formulada contra otro hombre;
POR CUANTO
(22):
El 23 de febrero de 2017 quien suscribe fue
juzgado en el Tribunal Municipal de Playa por un presunto delito de Ultraje
Sexual, sin embargo en ningún momento se le atribuyeron a quien suscribe
ninguno de los actos que el Código Penal prevé para la tipificación de este
delito. Quien suscribe estaba siendo juzgado por el crimen de otro hombre;
POR CUANTO
(23):
En efecto hacia 2015, Julio Antonio Rodríguez
González confesó a quien suscribe que Rosabel Restrada Hernández lo había
sorprendido con la menor dentro del baño mientras él se bañaba y lo había
denunciado. Este hecho sí tipifica para el delito de Ultraje Sexual, pero el
caso terminó siendo archivado y él no fue procesado penalmente;
POR CUANTO
(24):
El 3 de abril de 2019 Yahilianet Carralero
incluyó en su declaración contra quien suscribe ante la 14 Estación de la PNR
de Guanabacoa el planteamiento que de presuntamente quien suscribe habría
declarado que es Jesucristo;
POR CUANTO
(25):
El 19 de abril de 2019 quien suscribe se
identifica como PROFETA ante Ricardo Pereira Díaz en la misiva en la que le
exhortaba a que aceptara voluntariamente la Intervención General de la Iglesia
Metodista en Cuba dispuesta por la Resolución 67/2019 para no tener que
procesarlo por el presunto cargo de Abuso Lascivo por el mandato de la
Resolución 70/2019;
POR CUANTO
(26):
El 21 de abril de 2019, durante el culto
principal de la Iglesia Metodista de Mariano el Obispo Ricardo Pereira Díaz
declara: ´Hay quienes no descubren a Jesucristo aún teniéndolo al lado, porque
esperan un profeta.´ Y agrega: “Jesucristo no es un profeta, Jesucristo es
Dios.”;
POR CUANTO
(27):
La cultura cristiana alega que Jesucristo carga
con las culpas de todos los cristianos;
POR CUANTO
(28):
IDENTIFICADO JULIO ANTONIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ COMO
EL CULPABLE DEL DELITO DE ULTRAJE SEXUAL POR EL CUAL QUIEN SUSCRIBE FUE
SANCIONADO, LA DENUNCIA DE ABUSO LASCIVO POR LA QUE QUIEN SUSCRIBE FUE
CIRCULADO Y DETENIDO EL 17 DE MAYO DE 2017, ES IMPUTABLE AL TERCER HOMBRE QUE
NO HABÍA SIDO IDENTIFICADO AÚN;
Capítulo 3 CONSIDERANDO
POR CUANTO
(29):
El Código Penal de la República de Cuba sanciona
el delito de Abuso Lascivo con privación de libertad (cárcel) de 3 a 8 años;
POR CUANTO
(30):
El Decreto 10/2019 “Declaración de Independencia
del Reino Espiritual de Yave” establece que el Reino Espiritual de Yave es
independiente de la República de Cuba;
POR CUANTO
(31):
La Constitución Interina de la República de Las
Antillas plantea que la vida de los ciudadanos del Estado teocrático es un
derecho del Jefe Espiritual de Estados;
POR CUANTO
(32):
Jesús de Nazaret oró al Padre diciendo: “Padre
estos son los que me diste, ninguno se ha perdido, excepto el que estaba
predestinado para perdición desde el principio”;
POR TANTO: En uso de las
facultades que me están conferidas y por mandato de Dios promulgo la:
Resolución 73/2019
Sentencia Militar contra Ricardo Pereira Díaz a 3 años de
Limitación de Libertad y Remisión a la Comisión de Peritaje Médico para posible
jubilación forzosa
Capítulo 4 OBJETIVO Y DERECHO AL RECURSO
Primero:
Esta Resolución 73/2019 se establece para
liberar a la Metodista en Cuba del anatema que representa el liderzgo del
Reverendo Ricardo Pereira Díaz para el desarrollo del Estado teocrático cubano,
Reino Espiritual de Yave por su resistencia al reclutamiento, el relanzamiento
de los diálogos pueblo a pueblo entre los religiosos de Cuba y EE.UU. y hacer
justicia a algunas de las victimas que cayeron durante su carrera de liderazgo
carismático en la Iglesia Metodista en
Cuba;
Segundo:
Establecer que contra esta Resolución 73/2019
cabe establecer recurso ante el Jefe de la 11na Unidad de la Policía Nacional
Revolucionaria según los Dispuesto por el Artículo 20 y demás del Decreto-Ley
99 de la República de Cuba del 25 de diciembre de 1987;
Capítulo 5 FALLO JUDICIAL: Sanción Penal y Responsabilidad Civil
Tercero:
Declarar a Ricardo Pereira Díaz CULPABLE en
grado de autor de los cargos de Abusos Lascivos Con carácter Continuado y
Corrupción Pasiva de Menor y los delitos conexos de:
a.)
Abuso del Cargo,
b.) Abuso
de Confianza,
c.)
Desviación de Recursos de la Iglesia para
beneficio personal,
d.) Propiciación
de comisión de delitos morales contra menores;
e.) Desviación
de Recursos de la Iglesia para encubrimiento de delitos en grado de tentativa,
f.)
Tráfico de Influencias para obstrucción de
investigación y justicia,
g.)
Conspiración para propiciar asesinato con el
objetivo de encubrir sus propias faltas;
h.) Fraude
Público y Perjurio al hacer una falsa confesión de pecados el domingo 21 de
abril de 2019;
Cuarto:
Sancionar a Ricardo Pereira Díaz a TRES AñOS DE
LIMITACIÖN DE LIBERTAD durante los cuales:
a.)
No podrá ocupar cargos de dirección sobre
personas;
i.-
No podrá ocupar plaza de Pastor de Ninguna
Iglesia ni Organización Fraternal;
ii.-
No podrá ejercer cargos electivos de dirección o
liderazgo dentro de la ninguna Iglesia ni organización fraternal;
Quinto:
Disponer que Ricardo Pereira Díaz pague a Heizel
de la Caridad Guerra Hernández la suma de $6’000.00 CUC (Seis Mil Pesos Cubanos
Convertibles) por concepto de Indemnización por Daños y Perjuicios físicos,
psicológicos y morales;
Sexto:
ASUMIR LAS FUNCIONES DE OBISPO DE LA IGLESIA
METODISTA HASTA TANTO EL SANCIONADO SEA RESTITUIDO A SUS FUNCIONES POR HABER
CUMPLIDO LA SANCIÓN, LE SEAN RESTITUIDOS LOS HONORES POR HABER GANADO PROCESO
DE APELACIÓN CONTRA ESTA RESOLUCIÓN 73/2019 O SE REALICEN NUEVAS ELECCIONES
PARA EL CARGO DE OBISPO DE LA IGLESIA METODISTA;
Capítulo 6 FALLO JUDICIAL: Evaluación para posible jubilación forzosa
Séptimo:
Remitir a Ricardo Pereira Díaz a la Comisión de
Peritaje Médico para que sea evaluado por posibles diagnóstico de:
a.)
Enfermedad de Alzheimer;
b.) Demencia
Senil Vascular;
c.)
Trastorno Border-Line de la Personalidad;
d.) Síndrome
de Personalidad Múltiple;
e.) Chequeo
cardiovascular y somático-geriátrico general;
Capítulo 7 DONES DE MISERICORDIA CRISTIANA
Octavo:
Mantenerle el salario devengado hasta la fecha
mientras no tenga una jubilación u otra fuente estable de ingreso aprobada;
Noveno:
Mantenerle la ubicación en la casa obispal hasta
que tenga otra ubicación provista por la Iglesia Metodista a Cuba y aceptable
para su esposa la Pastora Maritza;
Décimo:
Solicitar a la Fiscalía Municipal de Guanabacoa
el cierre de los procesos investigativos respecto al caso y el archivo del
expediente porque ya fue sancionado y nadie puede ser juzgado dos veces por la
misma causa;
Capítulo 8 LEGALIZACIÓN
Undécimo:
Notifíquese a Jesucristo, Presidente del Consejo
de Ministros del Reino Espiritual de Yave;
Duodécimo:
Preséntese a Miriam García Meriño, Directora de
Asociaciones del Ministerio de Justicia en La Habana, capital del Reino Espiritual de Yave,
para su validación y registro como disposición normativa;
Decimotercero:
Publíquese en el blog La Nueva Patria, http://lanuevapatria.blospot.com y anúnciese
desde la cuenta @Sol2012CUBA de Twitter para general conocimiento.
Y a las
16:33 horas del 23 de abril de 2019, “Año III de Efraín en el Poder”, para que así
conste en La Habana, Cuba, en los otros 32 países de la Comunidad de Estados de
Latinoamérica y el Caribe (CELAC) y en los 28 países miembros de la Unión
Europea, en los 17 Estados en los que ganó el Partido Demócrata las elecciones
del 8 de noviembre de 2016, en Puerto Rico y en Cataluña, LO FIRMO, LO MANDO y
LO ORDENO:
JEdE Lázaro I Maximiliano
(Andrés Amian Gómez Soria, CI 71022325625)
Comandante en Jefe de la Revolución Parlamentaria
Cristiana
Jefe Espiritual de Estados del Reino Espiritual
de Yave
Visto Bueno:
Juez Militar Designado
Cap. (r) René Joaquín Scull Gil
Aprobado 20190425 - 10.00 horas
Admitido para Registro y Archivo
Secretaría Judicial
Tribunal Municipal de San Miguel del Padrón
20190425 - 11:30 horas
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