Derogación de la Orden Militar No. 1/2012


ANDRES AMIAN GOMEZ SORIA, Secretario General y DELEGADO del Partido Revolucionario Cubano “José Martí” (Institución religiosa); forma en la que se presenta ante la República de Cuba el
JEFE DE ESTADOS de la República de Las Antillas proclamada el 10 de enero de 2011 por el Gobierno de Transición en la Isla de Cuba, proclamado en el marco del Estado de Emergencia, proclamado por Raúl Castro Ruz, Presidente del Consejo de Estado de la República de Cuba el 18 de diciembre de 2010 ante la Asamblea Nacional del Poder Popular, en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 67 de la Constitución de la República de Cuba.
HAGO SABER: Que en Pleno Ampliado del Comité Central del Partido Revolucionario Cubano “José Martí” efectuado los días 27 y 28 de octubre de 2013, donde fueron consultados los miembros del Comité Central Julio Antonio Rodríguez González, Secretario, y René Scull Gil y los activistas Leonila de la Caridad González-Peña Gutiérrez, coordinadora de la Asociación Cubana de Limitados Físicos y Motores (ACLIFIM) en el Consejo 6 de San Miguel del Padrón, La Habana; Neola Camila Araujo Molina, ex Dama de Blanco y Alfredo Guilleuma Rodríguez (alias “El Viejo Alfredo”) ex Presidente de Honor del Gobierno de Transición en la Isla de Cuba del 10 de enero de 2011 al 13 de enero de 2012;
Habiendo cumplimentando el requisito de tres miembros establecido por el artículo 64 de la Constitución Interina de la República de Las Antillas para la funcionalidad de un partido;
A Solicitud del Secretario General y Delegado;
Después de haber considerado y analizado las razones expuestas por este;
Se tomó el siguiente acuerdo sumarísimo:
Derogación de la Orden Militar No. 1/2012
Primero.-                 Destitución de Domingo Salas Frómeta del cargo de Primer Secretario del Partido Revolucionario Cubano “José Martí” por haber perdido la confiabilidad al introducir, deliberadamente y en coordinación con la Seguridad del Estado, información falsa en el sistema de toma de decisiones de la Partido Revolucionario Cubano “José Martí” durante la preparación del proceso de elecciones para la cuarta legislatura;
Segundo.-             Expulsión deshonrosa de Domingo Salas Frómeta del Partido Revolucionario Cubano “José Martí”, con lo cual pierde la ciudadanía de la República de las Antillas, en correspondencia con los artículos del 117 al 119 de la Constitución interina, por haber pretendido utilizar la Organización para promover anticonstitucionalmente actividad subversiva violenta para derrocar al Gobierno de Raúl Castro Ruz;
Tercero.-                  Desclasificación y publicación de toda la información relacionada para que sea de general conocimiento en correspondencia con los artículos 22, 24 y 49 de la Constitución interina de la República de Las Antillas;
Cuarto.-                    Derogación de la Orden Militar No. 1/2012, programa de Gobierno del Depuesto, publicada el 24 de octubre de 2012;
Quinto.-                   Disolución del Consejo de Estado de la República de Las Antillas, en su tercera legislatura (coincidente con el Comité Central del Partido Revolucionario Cubano “José Martí”) por pérdida de prestigio como consecuencia de la traición de su ex Primer Secretario.
Sexto.-                       Crecimiento de Leonila de la Caridad González-Peña Gutiérrez, por su desempeño favorable como activista y su anuencia con crecer, a miembro del Comité Central en sustitución del Depuesto para mantener la norma de cuatro miembros, uno más que el mínimo de tres que establece el artículo 64 de la Constitución interina.
Séptimo.-               Confiar al Delegado la realización del Proceso de Consultas necesario para la conformación de un nuevo Consejo de Estado de la República de Las Antillas para la cuarta legislatura.
Octavo.-                  Fijar en 10 días a partir de la notificación el plazo del Sancionado para presentar recurso de apelación, en base al Decreto de Apelaciones del 9 de mayo de 2013, para recuperar la ciudadanía de la República de Las Antillas, con lo cual recuperaría su derecho de asociación.
Noveno.-                Establecer como tribunal de apelaciones el siguiente: René Scull Gil, Presidente; Julio Antonio Rodríguez González, Secretario y Leonila González-Peña Gutiérrez, miembro.
Décimo.-                 Publíquese para general conocimiento y notifíquese al Sancionado.
Y para que así conste se firma el presente en la ciudad de La Habana, Cuba a los 28 días del mes de octubre de 2013.

ANDRES AMIAN GOMEZ SORIA
Secretario General y Delegado
Partido Revolucionario Cubano “José Martí”
Presidente
República de Las Antillas
Bernardo Posse No. 20305 esq. 3ra
La Rosalía SMP CH 11000 Cuba

Sitio Web: www.facebook.com/PresidenteInterinoCuba

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