Resolución 74/2019 Aceptación de Recusación de Jueces de EE.UU. y Orden Real de Extradición a Cuba de Julian Assange



Reino Espiritual de Yave
Oficina del Jefe Espiritual de Estados “Lázaro I Maximiliano”

Resolución 74/2019
Aceptación de Recusación de Jueces de EE.UU. y Orden Real de Extradición a Cuba de Julian Assange

Tribunal Supremo de Justicia
Sala Independiente de Derechos Humanos y Asuntos Religiosos
Adscripta a al Tribunal Municipal Popular de San Miguel del Padrón, La Habana, Cuba


Lázaro I Maximiliano (ANDRES AMIAN GÓMEZ SORIA),
Juez independiente al servicio de Yave de los Ejércitos, Dios de Israel;
Suprema Autoridad Espiritual sobre Washington, Nueva York y los otros 15 Estados de EE.UU donde ganó el Partido Demócrata las elecciones del 8 de noviembre de 2016 desde la entrada en vigor de la Resolución 15/2016 el 17de diciembre;
Suprema Autoridad Espiritual sobre el Reino Unido y la Mancomunidad del Bienestar en representación de Su Alteza Real Elizabhet II según el Decreto 13/2019 del 11 de abril;
HABIDA CUENTA: Que el periodista australiano Julian Assange, fundador de Wikileadks, fue detenido por las autoridades del Reino Unido el 11 de abril de 2019 en la Embajada de Ecuador en Londres;
HABIDA CUENTA: Que Julian Assange, declaró el 2 de mayo de 2019 ante la Corte de Magistrados de Westminster, Reino Unido, que no desea ser extraditado a Estados Unidos, donde quieren juzgarlo por divulgar información clasificada del gobierno y luego agregó desde prisión: «No deseo entregarme para ser extraditado por hacer un periodismo que ha ganado numerosos premios y protegió a muchas personas»[1].

CONCURRO MEDIANTE EL PRESENTE ESCRITO Y DIGO:

Resolución 74/2019
Aceptación de Recusación de Jueces de EE.UU. y Orden Real de Extradición a Cuba de Julian Assange

POR  CUANTO (1):               Las declaraciones de Julian Assange del 2 de mayo de 2019 son aceptables coo un incidente de recusación contra todos los jueces de los EE.UU.;
POR  CUANTO (2):               El Artículo 23 de la Ley de Procedimiento Penal de la República de Cuba prevee el derecho del acusado a recusar a los jueces;
POR  CUANTO (3):               Julian Assange no obstenta la ciudadanía de los Estados Unidos;
POR  CUANTO (4):               Existe un precedente de posible mal animosidad del Gobierno de los EE.UU. contra Julian Assange debido a la publicación de documentos clasificados del Gobierno de EE.UU.;
POR  CUANTO (5):               No consta ante este juez que se los fiscales estadounidenses le imputen a Assange actos realizados en territorio de los EE.UU.;
POR  CUANTO (6):               En los EE.UU. se aplica la pena de muerte;
POR  CUANTO (7):               Existe riesgo de que fiscales de EE.UU. pidan pena de muerte contra Julian Assange;
POR  CUANTO (8):               El Reino Unido goza del prestigio de no haber extraditado nunca a ningún detenido hacia un país donde pueda enfrentar la pena de muerte;
POR  CUANTO (9):               Mediante el Decreto 13/2019 del 11 de abril quien suscribe asumió  el deber de cuidar y representar a Su Alteza Real Elizabeth II, en su condición de Suprema Autoridad Espiritual derivada del Decreto de Supremacía Espiritual del rey Enrique VIII;
POR  CUANTO (10):           La Resolución 71/2019 incluyó al Reino Unido entre los países y territorios donde se sometió a Referendum el 19 de abril de 2019 la entrada en vigor de la Constitución Interina del Estado Teocrático de las Tribus Perdidas de Israel sobre las instituciones  religiosas;
POR  CUANTO (11):           La Constitución Interina (de la República de Las Antillas) plantea que la vida de los ciudadanos del Estado teocrático es un derecho del Jefe Espiritual de Estados;
POR  CUANTO (12):           Jesús de Nazaret oró al Padre diciendo: “Padre estos son los que me diste, ninguno se ha perdido, excepto el que estaba predestinado para perdición desde el principio”;
POR  CUANTO (13):                       La Ley de Procedimiento Penal de la República de Cuba plantea que los instructores policiales y los fiscales no pueden ser recusados;

POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas y por mandato de Dios promulgo la:
Resolución 74/2019
Aceptación de Recusación de Jueces de EE.UU. y Orden Real de Extradición a Cuba de Julian Assange

Primero:                    Esta Resolución 74/2019 se establece como orden judicial para comprobar si las autoridades judiciales del Reino Unido de Gran Breta;a e Irlanda del Norte acatan o no la Suprema Autoridad Espiritual de quien suscribe y evaluar la dispoción de los fiscales de EE.UU. a realizar en Cuba ante quien suscribe los procesos que se deriben de la aplicación del título III de la Ley Helms-Burton;
Segundo:                  Declarar CON LUGAR la pretención de recusación contra los jueces de los Estados Unidos promovida por el periodista australiano Julian Assange el 2 de mayo de 2019;
Tercero:                     Disponer, mediante Orden Real en nombre de Su Alteza Real Elizabhet II, la extradición de Julian Assange a Cuba para que qude a disposición del Tribunal Supremo de Justicia del Reino Espiritual de Yave, adscripto como Sala Independiente de Derechos Humanos y Asuntos Religiosos al Tribunal Municipal de San Miguel del Padrón;
Cuarto:                        Disponer que los instructores y fiscales del Reino de Suecia encargados de procesar denuncias contra Julian Assange puedan hacerlo en Cuba, y luego presentar sus acusaciones y peticiones fiscales ante Este Tribunal para que sea juzgado;
Quinto:                        Disponer que los instructores y fiscales de los Estados Unidos encargados de procesar denuncias contra Julian Assange puedan hacerlo en Cuba, y luego presentar sus acusaciones y peticiones fiscales ante Este Tribunal para que sea juzgado;
Sexto:    Disponer el cambio de medida aplicada por la Corte de Magistrados del Reino Unido por Trabajo Correccional con Internamiento mientras cumple la sanción que ya se le ha aplicado;

 LEGALIZACIÓN
Séptimo:                   Notifíquese al Presidente del Consejo de Ministros del Reino Espiritual de Yave;
Octavo:                       Preséntese a Miriam García Meriño, Directora de Asociaciones del Ministerio de Justicia en La Habana, capital del Reino Espiritual de Yave, para su validación y registro como disposición normativa;
Noveno:                    Publíquese en el blog La Nueva Patria, http://lanuevapatria.blospot.com y anúnciese desde la cuenta @Sol2012CUBA de Twitter para general conocimiento.
Y a las 15:42 horas del 3 de mayo abril de 2019, “Año III de Efraín en el Poder”, para que así conste en La Habana, Cuba y en Londres, Reino Unido, en los otros 32 países de la Comunidad de Estados de Latinoamérica y el Caribe (CELAC) y en los otros 27 países miembros de la Unión Europea, en los 17 Estados en los que ganó el Partido Demócrata las elecciones del 8 de noviembre de 2016, en Puerto Rico, en Cataluña y en La Florida, LO FIRMO, LO MANDO y LO ORDENO:

JEdE Lázaro I Maximiliano                                                          
(Andrés Amian Gómez Soria, CI 71022325625)
Comandante en Jefe de la Revolución Parlamentaria Cristiana
Jefe Espiritual de Estados del Reino Espiritual de Yave




[1] El fundador de Wikileaks se niega a ser extraditado a EE.UU. Granma, 2 de mayo de 2019. Disponible en: http://www.granma.cu/mundo/2019-05-02/el-fundador-de-wikileaks-se-niega-a-ser-extraditado-a-eeuu-02-05-2019-12-05-43, consultado el 3 de mayo de 2019/

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