Resolución 66/2019 Prórroga Cautelar del aplazamiento del Título III de la Ley Helms-Burton



Reino Espiritual de Yave
Oficina del Jefe Espiritual de Estados “Lázaro I Maximiliano”

Resolución 66/2019
Prórroga Cautelar del aplazamiento del Título III de la Ley Helms-Burton



Lázaro I Maximiliano (ANDRES AMIAN GÓMEZ SORIA),
Juez Internacional al servicio de Yave de los Ejércitos, Dios de Israel;
Comandante en Jefe de la Revolución Parlamentaria Cristiana según el Decreto 3/2016 “Protesta Parlamentaria Cristiana” firmado el 14 de marzo y presentado al Consejo de Estado de la República de Cuba el 15 de marzo en Conmemoración de la “Protesta de Baraguá” protagonizada en 1878 por el Lugar Teniente General del Ejército Libertador Antonio Maceo;
Enunciado Soberano sobre el territorio de la Base Naval de Guantánamo mediante la Resolución 14/2016 del 8 de agosto;
Siendo Federica I de Europa (Federica Mogherini), Reina Interina del Reino Espiritual de Yave hasta el 18 de marzo de 2019, según la Resolución 59/2019 del 19 de enero, modificada por el Decreto 12/2019 del 22 de febrero y la desición del Gobierno de EE.UU. de que sea el 19 de marzo la fecha escogida para la entrada en vigor del Título III de la Ley Helms-Burton;
En saludo al 62 Aniversario del Asalto al Palacio Presidencial el 13 de marzo de 1957 por José Antonio Echeverría y el Directorio Revolucionario de la Federación Estudiantil Universitaria,

HAGO SABER: Que el 14 de febrero de 2019 mi hija Cinthya Gómez Gónzalez de 17 años me confesó que al día siguiente cumpliría 17 semanas de embarazo. El padre del niño es un oficial de la Seguridad del Estado llamado subteniente Adán Manuel. A la semana siguiente me confesó que la relación entre ellos había terminado y no quiso dar explicaciones. Al acudir a la casa conocida del joven la madre me echó diciendo que yo había ido a molestar a la casa de una joven casada, porque según la madre, Adán Manuel está casado aún con la madre de su hijo anterior. Dijo que él no para allí y no quiso dar ninguna referencia de su paradero o cómo localizarlo. Dijo que ella no había cometido ningún pecado y que por lo tanto no tenía nada que temer y que todo lo que su hijo había dicho en la casa de Cinthya eran mentiras.
Yo me había opuesto a la relación, pero Elizabeth Gonzalez Martínez, amparó la continuidad de la relación a mis espaldas diciendo que yo quería perjudicar a la niña haciéndole perder su relación y luego me encaró diciendo que él le había presentado el certificado de divorcio de la madre de su hijo.
Al preguntarle a la Infanta Cinthya sobre el nombre que pensaba darle al niño dijo que Amian Manuel, Manuel por el padre y Amian por ser el nombre compartido del abuelo y del tío, el príncipe sefardí (Amian Dariel Gómez González). Al preguntarle sobre el apellido dijo que quería pedirle a su hermano que le diera el apellido al niño para que recibiera el apellido Gómez de un varón, por si algún día podía acogerle a la ciudadanía española por la descendencia de Domingo Gómez Durán, mi abuelo paterno.
El 11 de marzo le pregunté a la Infanta Sefardí qué creía de la adopción de Moisés por la hija del Faraón e Egipto y dijo que había logrado salvarle la vida al niño, seguir cuidando a su hijo y lograr un estatus social superior al que tenían. Al preguntarle a la Infanta Sefardí si prefería parir en Cuba o en Italia, respondió que en Cuba.
Entonces pensé yo en proponerle a Federica Mogherini que adoptáramos a mi nieto llamándole Amian Manuel Gómez Mogherini, diciendo: Es lamentable que con lo extraordinario de tu carrera no haya un descendiente tuyo con tu apellido, y además tú no tienes hijo varón. Si lo inscribimos en Cuba como adoptado podría tener ambos apellidos, los nuestros y su propia madre lo criaría, porque ella no tendría posibilidades de llavar al seno de su familia semejante hijo adoptado.
Teniendo estos pensamientos, llegué a la Oficina Central del Banco Metropolitano de La Habana, para ver a mi hermana Tania Luisa Gómez Soria, y al llegar me mandaron a subir a su oficina pero ella no podía atenderme porque estaba reunida con la Directora.
De manera que tomé la Biblia y pregunté a Dios qué opinaba de mis ideas. Yave de los ejércits contestó diciendo:   
‘Muchedumbres de gentes están en la llanura baja de la desición porque el día de Yave está cerca… Y tendrán que saber que Yo Soy Yave.’ (Joel 3:11-17)
‘El muchacho morirá en su juventud… ¿alguien escuchará tu clamor por ayuda? … has escogido lo perjudicial…’ (Job 36:14-33)
Entonces oré diciendo: “Entonces, ¿qué haré, Padre mío?” Y Yave de los ejércitos me contestó:

‘Preparaen ustedes un tajo para los propios hijos de él a causa del error de los antepasados… a fin de quebrar al asirio en mi tierra, y para que lo pisotee en mis propias montañas y para que su yugo realmente se aparte de sobre ellos, y para que su mismísima caega se aparte del hombro de ellos.’
‘Este es el consejo que está aconsejado contra toda la tierra, Porque Yave de los ejércitos mismo ha aconsejado y ¿quién puede desbaratarlo?’
(Is 14:21-27)

POR TANTO, POR MANDATO DE DIOS CONCURRO MEDIANTE EL PRESENTE ESCRITO Y DIGO:
Resolución 66/2019
Prórroga Cautelar del aplazamiento del Título III de la Ley Helms-Burton

POR  CUANTO (1):               La Ley Helms-Burton firmada por el presidente William Clinton de EE.UU. el 12 de marzo de 1996 incluye el Título III que autoriza la presentación de demandas ante tribunales de EE.UU., por el uso de propiedades en Cuba en los casos que especifica;
POR  CUANTO (2):               Desde su firma todos los presidentes de EE.UU. han prorrogado la entrada en vigor del Título III de la Ley Helms-Burton cada seis meses;
POR  CUANTO (3):               El 16 de enero de 2019 la Administración de Donald Trump anunció que suspendería la aplicación de la normativa por solo 45 días en lugar de por seis meses como inclusive él mismo había hecho durante sus dos primeros años de mandato[1];
POR  CUANTO (4):               Contando los 45 días como días hábiles, el Título III de la Ley Helms-Burton entra en vigor el 19 de marzo de 2019;
POR  CUANTO (5):               Mediante el Decreto 11/2019 (del 18 de enero) quien suscribe:
1.)    Dispuso el cese de Miguel Díaz Canel en el Cargo y las Funciones de presidente de los Consejos de Estado y de Ministros de la República de Cuba;
2.)    Asumió tales funciones y proclamó el Estado de Emergencia en el país;
3.)    Asumió la función de Presidente Interino del Gobierno de Transición en Cuba,
4.)    Puso en vigor la Constitución Interina del 10 de enero de 2011,
5.)    Convocó a un Referéndum Constitucional para el 19 de abril de 2019;
POR  CUANTO (6):               El 21 de febrero de 2019 quien suscribe convocó a no asistir al Referéndum Constitucional del 24 de febrero destinado a aprobar la Constitución Socailista de 2018;
POR  CUANTO (7):               Un millón 449 mil 934 electores, un 16% del electorado, respondieron al llamamiento de quien suscribe no acudiendo a las urnas del 24 de febrero, hecho sin precedentes ya que desde el Referéndum de 1975 para la Constitución de 1976;
POR  CUANTO (8):               El Llamamiento a 1 millón 449 mil 934 electores que no votaron en el Referéndum del 24 de febrero, redactado el 9 de marzo y publicado el 11 de marzo de 2019 en el blog La Nueva Patria, inquiere a la ciudadanía si confiere o no a quien suscribe Jurisdicción Legislativa y Competencia Judicial sobre el territorio del cual él es ciudadano;
POR  CUANTO (9):               La realización o no del Referéndum  del 19 de abril y de realizarse cuales son sus resultados es de importancia significativa respecto a los objetivos que persique la Ley Helms-Burton y a su implementación ya que ella dispone la creación de un Comité Cuba-Congreso de EE.UU. para conducción del proceso de Transición en Cuba;
POR  CUANTO (10):           Para las autoridades cubanas así como para la población religiosa es de significativo interés conocer si quien suscribe tiene o no la capacidad de incluir en las decisiones del Gobierno de EE.UU. sobre Cuba, para decidir si participan o no en el Referéndum convocado por quien suscribe;
POR  CUANTO (11):           Como no se sabe si habrá apoyo u hostigamiento a la realización del Referéndum del 19 de abril, es conveniente dar por plazo hasta el 25 de abril para conocer, informar e interpretar sus resultados;

POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas y por mandato de Yave de los ejércitos promulgo la:
Resolución 66/2019
Prórroga Cautelar del aplazamiento del Título III de la Ley Helms-Burton


Primero:                    Prorrogar hasta el 25 de abril de 2019 el aplazamiento de la entrada en vigor del Título III de la Ley Helms-Burton de los Estados Unidos de América contra Cuba;
LEGALIZACIÓN
Segundo:                  Notifíquese al presidente de los Estados Unidos de América, Donald Trump a través de su cuenta en Twitter;
Tercero:                     Notifíquese al Senado de los Estados Unidos de América a través de la Cuenta en Twitter del Senador Patrick Leahy;
Cuarto:                        Notifíquese a la Cámara de Representantes de los Estados Unidos de América a través de la Cuenta en Twitter de su presidenta Nancy Pelosi;
Quinto:                        Notifíquese al Presidente del Consejo de Defensa Nacional, General de Ejércitos Raúl Castro Ruz para su autorización ejecutiva;
Sexto:    Preséntese a Miriam García Meriño, Directora de Asociaciones del Ministerio de Justicia en La Habana, capital del Reino Espiritual de Yave, para su validación, registro como disposición normativa y para que ordene su ejecución por parte del Ministerio del Interior;
Séptimo:                   Publíquese en el blog La Nueva Patria, http://lanuevapatria.blospot.com y anúnciese desde la cuenta @Sol2012CUBA de Twitter para general conocimiento.
Y a las 17:07 horas del 13 de marzo de 2019, “Año III de Efraín en el Poder”, para que así conste en La Habana, Cuba y en Washington, EE.UU., en los otros 32 países de la Comunidad de Estados de Latinoamérica y el Caribe (CELAC) y en los otros 16 Estados en los que ganó el Partido Demócrata las elecciones del 8 de noviembre de 2016, en los 28 países miembros de la Unión Europea, en Puerto Rico y en Cataluña, LO FIRMO, LO MANDO y LO ORDENO:

JEdE Lázaro I Maximiliano
(Andrés Amian Gómez Soria, CI 71022325625)
Comandante en Jefe de la Revolución Parlamentaria Cristiana
Jefe Espiritual de Estados del Reino Espiritual de Yave
Bernardo Posse No. 20305 Esq. 3ra. La Rosalia SMP. CH 11000


[1] Rechaza Cuba amenaza de activación del Título III de ka Helms-Burton.  Radio Rebelde. Disponible en: http://www.radiorebelde.cu/noticia/rechaza-cuba-amenaza-activacion-titulo-iii-helms-burton-20190117/. Consultado: 13 de marzo de 2019.

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