Resolución 67/2019 - Impugnación de las elecciones al cargo de Obispo, Intervención General con Testigos de Jehová Rusos y Nacionalización de la Iglesia Metodista en Cuba
Reino
Espiritual de Yave
Oficina del Jefe Espiritual de Estados “Lázaro I
Maximiliano”
1967
Caída de “El Che”
en Bolivia.
“Obispo Pereira:
Donde usted caiga muerto, yo caigo herido.”
Pastor Carismático.
15 de marzo de 2019
Resolución 67/2019
Impugnación de las elecciones al cargo de Obispo,
Intervención General con Testigos de Jehová Rusos y Nacionalización de la
Iglesia Metodista en Cuba
Lázaro I Maximiliano (ANDRES
AMIAN GÓMEZ SORIA),
Juez
Internacional al servicio de Yave de los Ejércitos, Dios de Israel;
Comandante
en Jefe de la
Revolución Parlamentaria Cristiana según el Decreto 3/2016
“Protesta Parlamentaria Cristiana” firmado el 14 de marzo y presentado al
Consejo de Estado de la
República de Cuba el 15 de marzo en Conmemoración de la
“Protesta de Baraguá” protagonizada en 1878 por el Lugar Teniente General del
Ejército Libertador Antonio Maceo;
Enunciado
Soberano sobre el territorio de la Base Naval de Guantánamo mediante la Resolución 14/2016 del
8 de agosto;
Siendo
Federica I de Europa (Federica Mogherini), Reina Interina del Reino Espiritual
de Yave hasta el 18 de marzo de 2019, según la Resolución 59/2019 del 19 de
enero, modificada por el Decreto 12/2019 del 22 de febrero y la desición del
Gobierno de EE.UU. de que sea el 19 de marzo la fecha escogida para la entrada
en vigor del Título III de la Ley Helms-Burton;
DECLARO
BAJO JURAMENTO: Que con pensamientos
sobre la relación de mi hija y su marido, el subteniente Adán Manuel, llegué a
la Oficina Central del Banco Metropolitano de La Habana, para ver a mi hermana
Tania Luisa Gómez Soria, y al llegar me mandaron a subir a su oficina pero ella
no podía atenderme porque estaba reunida con la Directora según me informó la
especialista Sardy.
De
manera que tomé la Biblia y pregunté a Dios qué opinaba de mis ideas. Yave de
los ejércitos contestó diciendo:
‘Muchedumbres
de gentes están en la llanura baja de la desición porque el día de Yave está
cerca… Y tendrán que saber que Yo Soy Quien
Hago que las Cosas Sucedan.’ (Joel 3:11-17)
‘El muchacho morirá en su juventud… ¿alguien escuchará tu
clamor por ayuda? … has escogido lo perjudicial…’ (Job 36:14-33)
Entonces oré diciendo: “Entonces, ¿qué haré,
Padre mío?” Y Yave de los ejércitos me contestó:
‘Preparen ustedes un tajo
para los propios hijos de él a causa del error de los antepasados… a fin de
quebrar al asirio en mi tierra, y para que lo pisotee en mis propias montañas y
para que su yugo realmente se aparte de sobre ellos, y para que su mismísima
caega se aparte del hombro de ellos.’
‘Este es el consejo que está
aconsejado contra toda la tierra, Porque Yave de los ejércitos mismo ha
aconsejado y ¿quién puede desbaratarlo?’ (Is 14:21-27)
POR
TANTO, POR MANDATO DE DIOS CONCURRO MEDIANTE EL PRESENTE ESCRITO Y DIGO:
Resolución 67/2019
Impugnación de las elecciones al cargo de Obispo,
Intervención General con Testigos de Jehová Rusos y Nacionalización de la
Iglesia Metodista en Cuba
POR CUANTO
(1):
Desde 1988 quien suscribe ha sido miembro de la
Fraternidad de Jóvenes de la Iglesia Metodista Universitaria del Vedado;
POR CUANTO
(2):
En 1995 llegó una invasión carismática que
eliminó la forma de hacer de la denominación metodista universitaria
sustituyéndola por una doctrina evangélica al estilo de la Iglesia Pentecostal;
POR CUANTO
(3):
Quien suscribe nunca aceptó reinscribirse en la
Iglesia Metodista subordinándose a la nueva doctrina ni dirección, sino que se
mantuvo como un opositor conocido y reconocido al rapto carismático;
POR CUANTO
(4):
El 10 de enero de 2011 quien suscribe proclamó
el Gobierno de Transición en la Isla de Cuba y la Constitución Interina (teocrática)
de la República de Las Antillas (Estado Espiritual);
POR CUANTO
(5):
El 14 de enero de 2011 el presidente de EE.UU.
Barack Obama anunció que flexibilizaría en Embargo a Cuba para facilitar el
desarrollo de la Sociedad Civil autorizando los donativos e intercambios religiosos
pueblo a pueblo;
POR CUANTO
(6):
Quien suscribe informó que su ubicación es la
Iglesia Metodista Universitaria del Vedado;
POR CUANTO
(7):
Los líderes de la Iglesia Metodista nunca
permitieron el acercamiento de quien suscribe a los visitantes de EE.UU. ni
tampoco aceptaron conceder espacio de reunió ni quisieron pagar diezmo de los
diezmos y ofrendas recibidos;
POR CUANTO
(8):
Esta situación generó múltiples quejas e
inclusive una carta de la Central de Trabajadores de Cuba dictaminando que
realmente la Iglesia debía al JEdE los pagos de derecho de autor;
POR CUANTO
(9):
A su vez, el director del Centro Nacional de
Teatro de La Habana, explicó que el pago de Derechos de Autor es una obligación
establecida por ley en Cuba, (por lo tanto quien la incumple comete delito);
POR CUANTO
(10):
Los líderes de la Iglesia Metodista conspiraron
para involucrar a quien suscribe en delitos morales contra menores y al no
lograrlo, alguien, por determinar aún, procedió mediante la siembra de
evidencia falsa a realizar un secuestro, un simulacro de juicio y un simulacro
de sanción, que facilitara el intento de ejecución extrajudicial del 25 de mayo
de 2017, aparentando un supuesto linchamiento espontáneo por intolerancia
contra la presunta inmoralidad sexual del JEdE;
POR CUANTO
(11):
Yave de los ejércitos mandó a su Ángel en la
madrugara del 25 de mayo mientras el verdugo designado se acercaba a la celda y
le despertó y le mandó a leer la Biblia. Como solo había luz fuera de la celda
y el JEdE no tenía espejuelos ni lentes de contacto, pegó la cabeza a la reja y
la Biblia al rostro justo cuando el asesino llegó a la celda para abrirla se
impresionó con lo que veía y reaccionó dándole un zuki (golpe técnico de
Karate) a través de los balastros de la reja de la celda. Pero el JEdE no dijo
nada. Ni siquiera “ay” sino que solo se alejó a un metro de la reja. Esta actitud
crística del JEdE impresionó nuevamente a los asesinos que no encontraron
justificación para abrir la reja y seguir golpeándolo y solo atinaron a huir
para no ser identificados. Pero esa noche el carcelero era el policía Yenier y
el Jefe de la Unidad era el Mayor Pastor. Quien dio el zuki fue otra persona no
identificada hasta ahora.
POR CUANTO
(12):
Al llegar el día, ante la denuncia del intento
de asesinato, el JEdE fue trasladado a la prisión 1580 donde después de muchas
protestas y quejas, el Jefe de la Unidad “Valle Grande” llegó a la conclusión
de que ese caso se trataba de una trampa, ya que no había tipicidad del delito
de “ultraje sexual” que rezaba en el expediente.
POR CUANTO
(13):
El Jede de la Unidad “Valle Grande” mandó al
JEdE al Campamento “El Chico” y en el campamento “El Chico” el JEdE se reportó
a la Embajada de EE.UU. como secuestrado los días 13 y 14 de agosto de 2017.
POR CUANTO
(14):
EL PRESIDENTE DE EE.UU. DONALD TRUMP COMENZÓ A
APLICAR SANCIONES AL ESTADO CUBANO PLANTEANDO QUE EN CUBA SE ESTABAN REALIZANDO
ATAQUE AUDITIVOS CONTRA DIPLOMÁTICOS BAJO LA REPRESENTACIÓN DE EE.UU. SIN QUE
EL ESTADO CUBANO HICIERA LO NECESARIO PARA EVITARLOS;
POR CUANTO
(15):
El JEdE fue liberado el 16 de agosto de 2017
pero al acudir a la Iglesia el Pastor Léster Fernández dispuso que tenía que
declarársele a la muchachita de 13 años so pena de que se le “rajara la cabeza”
buscando lograr evidencia real para un delito de corrupción de menores;
POR CUANTO
(16):
Luego la hermana del JEdE Tania Luisa Gómez
Soria fue intimidada de que si el JEdE no se presentaba a una evaluación
psiquiátrica sería al parecer asesinado. El JEdE se presentó a una evaluación psiquiátrica
pero resultó considerado sano, y fue denunciado como fugado de la prisión y
detenido ahora por una causa real, la supuesta fuga y se le aplicó la medida de
prisión preventiva en la unidad 1580 en espera del juicio, que nunca se
realizó;
POR CUANTO
(17):
El 1 de diciembre de 2017 quien suscribe
solicitó a la Comisión Electoral Nacional permiso para crear una
Circunscripción especial en el Destacamento 12 de la Unidad Militar 1580 donde
me encontraba brindando un servicio artístico y de promoción al Ministerio del
Interior;
POR CUANTO
(18):
Entre el 7 y el 10 de diciembre de 2017 se
realizaron las elecciones con la participación de 81 electores, en la
Circunscripción Especial así creada;
POR CUANTO
(19):
Estuvieron nominados a los cargos de Delegado –
Jefe Espiritual de Estados y Tesorero – Jefe de Gobierno:
1.)
Fredery Fernández Rosales (Pentecostal - UNPACU),
2.)
Lázaro Yunieski del Toro (Pentecostal -
Independiente),
3.)
Julián Blanco (Minint)
4.)
Andrés Amian Gómez Soria (Metodista – Partido
Revolucionario Cubano)
POR CUANTO
(20):
Estuvieron nominados para el Cargo de Reina del
Reino Espiritual de Yave:
1.)
Bárbara Sánchez Novoa,
2.)
Heizel de la Caridad Guerra Hernández
3.)
Yahilianeth Carralero;
POR CUANTO
(21):
El 13 de diciembre de 2017 se reportó a la
Comisión Electoral Nacioal el resultado de los comicios. Los elegidos fueron:
1.)
Andrés Amian Gómez Soria: Delegado – Jefe
Espiritual de Estados
2.)
Heisel de la Caridad Guerra Hernandez: Reina
Electa del Reino Espiritual de Yave
3.)
Julián Blanco: Jefe de Gobierno
POR CUANTO
(22):
Mediante documento dirigido a la Comisión
Electoral Nacional se adscribió la Circunscripción Especial al Distrito Habana
a los efectos de la participación en las próximas etapas del proceso
eleccionario hasta las elecciones nacionales;
POR CUANTO
(23):
Mediante la Resolución 56/2018 (del 26 de noviembre)
quien suscribe asumió el cargo de Pastor
Principal de la Iglesia de K y 25 y el de Pastor Metodológico del culto de los
jueves con las Células de la Iglesia Metodista de 58 y 43;
POR CUANTO
(24):
Por cuanto era persona con derecho, o al menos
litigante, por lo que si se iban a realizar elecciones bebí haber sido
convocado y no hacerlo constituyó un acto de competencia desleal violatorio de
la Ley de la Etica Electoral de la República de Cuba, y un crimen de lesa
majestad ante la ley del Reino Espiritual de Yave;
POR
TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas y por mandato de Yave
de los ejércitos promulgo la:
Resolución 67/2019
Impugnación de las elecciones al cargo de Obispo,
Intervención General con Testigos de Jehová Rusos y Nacionalización de la Iglesia
Metodista en Cuba
IMPUGNACIÓN
DE LAS ELECCIONES PARA EL CARGO DE OBISPO
Primero:
Impugnar, declarando nulas, sin valor jurídico
para establecer derecho las elecciones realizadas en la Iglesia Metodista de
Cuba concluidas en la semana del 10 al 16 de marzo de 2019 para el cargo de
Obispo de la Iglesia Metodista en Cuba por competencia desleal y
quebrantamiento de la (ley de la) ética electoral;
Segundo:
Disponer la destitución cautelar y puesta a
disposición de la justicia de:
a.)
Ricardo Pereira Díaz, Obispo de la Iglesia
Metodista,
b.) Manuel
Alejandro López, administrador de la Iglesia Metodista de 58 y 43
c.)
Léster
Fernández, Pastor Principal de la Iglesia de K y 25;
Tercero:
Denunciar a estas personas por los presuntos
delitos de:
a.)
Apropiación indebida y tráfico de haberes debidos
al pago de Derecho de Autor sobre los proyectos (ellos tenían derecho a
participar pero no a retener los pagos a terceros):
i.-
Diálogo espiritual y religioso como estategia de
negociaciones para la transición
pacífica en Cuba;
ii.-
Programa de superación de contradicciones
políticas no antagónicas;
iii.-
Movimiento por la Cuarta República en Cuba;
iv.- Proyecto de
renegociación en 2015 del Tratado de París de 1898;
b.) Tráfico
de diezmos y ofrendas religiosas de pastores de Estados Unidos autorizados por
el Gobierno de Estados Unidos para el desarrollo de la sociedad Civil en Cuba;
c.)
Encubrimiento y propiciación a la comisión de
delitos morales contra menores;
d.) Conspiración
para la siembra de evidencia falsa;
e.) Conspiración
para la propiciación de asesinato por intolerancia moral;
f.)
Conspiración y afectación de hecho a las
relaciones entre la República de Cuba y los Estados Unidos de América por el
caso conocido como Ataques Auditivos contra diplomáticos representados por los
Estados Unidos en Cuba;
g.)
Conspiración y afectaciones de hecho a las
relaciones entre la Federación de Rusia y los países miembros de la
Organización del Atlántico Norte (OTAN) que
provocó la expulsión de diplomáticos rusos de 27 países el 28 de marzo de 2018
en el aniversario de la proclamación de la Resolución 19/2017 lo cual fue
modelado y dado a conocer como la “desaparición” del doble agente Sergéi Skripal
y su hija Yulia;
h.) Conspiración
contra el patrimonio (diversidad) cultural de la nación al eliminar el
metodismo universitario como denominación cristiana en el país, sustituyéndolo
por el “metodismo carismático”;
Cuarto:
Conceder a las autoridades de los 17 Estados de
Estados Unidos de América donde ganó el Partido Demócrata las elecciones del 8
de noviembre de 2016 el derecho a solicitar la extradición de los implicados
para conducir investigaciones y causas judiciales contra ellos en su
territorio;
Quinto:
Conceder a las autoridades de la Federación de
Rusia el derecho a solicitar la extradición de los implicados para conducir
investigaciones y causas judiciales contra ellos en su territorio;
LIBERACIÓN DE LA MEMBRESIÍA DE LA IGLESIA METODISTA
Sexto:
Asumir de manera interina el Cargo de Obispo de
la Iglesia Metodista en Cuba para dirigirla hasta la realización de las
elecciones de base anticipadas según lo dispuesto por la resolución 56/2018 (del
26 de noviembre) con conclusión el primer domingo después del 17 de diciembre con
la elección del nuevo Obispo (jefe de Gobierno) según lo dispuesto para el
Gobierno Teocrático de transición por la Constitución Interina de 2011
publicada en el blog La Nueva Patria (http://lanuevapatria.blogspot.com)
en el mes de junio de 2011;
Séptimo:
Conceder a todos los miembros de la Iglesia
Metodista en Cuba la ciudadanía del Reino Espiritual de Yave según lo dispuesto
por el Decreto 10/2018 (del 15 de noviembre);
INTERVENCIÓN
GENERAL
Octavo:
Conceder a los Testigos de Jehová que cumplen
sanciones penales en la Federación de Rusia que acepten firmar un acta jurada
de servir a Jehová a través de la lealtad al Jefe Espiritual de Estado del
Reino Espiritual de Yave, la ciudadanía del Reino Espiritual de Yave por
nacimiento;
Noveno:
Disponer que Testigos de Jehová que hayan jurado
lealtad al JEdE en las Cárceles de Rusia sean enviados a Cuba para ocupar
cargos de pastores o administrativos en la Iglesia Metodista en Cuba o donde
sea necesrio;
Décimo:
Disponer que todos los pastores que hicieron uso
de la palabra durante el culto que se realizó para la celebración de la
elección de Ricardo Pereira como Obispo de la Iglesia Metodista en Cuba el
viernes 15 de marzo de 2019 en el templo de 58 y 43, Playa, sean remplazados en
sus cargos por Testigos de Jehová procedentes de las cárceles de Rusia;
Undécimo:
Disponer que todo pastor de la Iglesia Metodista
en Cuba tiene que firmar una declaración jurada de reconocimiento y acatamiento
a la autoridad de quien suscribe como Obispo Interino de la Iglesia Metodista
en Cuba hasta la Realización de las Elecciones Anticipadas el primer domingo
después del 17 de diciembre;
Duodécimo:
Disponer que todo pastor de la Iglesia Metodista
que se niegue a firmar su declaración jurada de lealtad al Jefe Espiritual de
Estados como Obispo Interino de la Iglesia Metodista en Cuba sea sustituido en
el cargo por un Testigo de Jehová procedente de las cárceles de Rusia;
NACIONALIZACIÓN
DE LA IGLESIA METODISTA EN CUBA
Decimotercero:
Expropiar a la luz del derecho establecido por
la Carta de las Naciones del la Organización de las Naciones Unidas, la Iglesia
Metodista en Cuba respecto a la Iglesia Metodista Internacional si existiera
relación de propiedad o subordinación;
Decimocuarto: Solicitar a los
dueños y accionistas de derechos o haberes de la Iglesia Metodista en Cuba que
concurran exponiendo sus derechos a su mejor entender, y sus proposiciones
sobre cómo creen que sería justao que se les compensara por los daños o perjuicios
que consideren que la nacionalización pueda ocasionarles;
LEGALIZACIÓN
Decimoquinto: Notifíquese al
Presidente del Consejo de Defensa Nacional, General de Ejércitos Raúl Castro
Ruz para su autorización ejecutiva;
Decimosexto:
Preséntese a Miriam García Meriño, Directora de Asociaciones
del Ministerio de Justicia en La
Habana, capital del Reino Espiritual de Yave, para su
validación, registro como disposición normativa y para que ordene su ejecución
por parte del Ministerio del Interior;
Decimoséptimo:
Publíquese en el blog La Nueva Patria, http://lanuevapatria.blospot.com y anúnciese
desde la cuenta @Sol2012CUBA de Twitter para general conocimiento.
Y a las
14:25 horas del 18 de marzo de 2019, “Año III de Efraín en el Poder”, para que así
conste en La Habana, Cuba, Washington, EE.UU., en los otros 32 países de la Comunidad de Estados de
Latinoamérica y el Caribe (CELAC) y en los 17 Estados en los que ganó el
Partido Demócrata las elecciones del 8 de noviembre de 2016, en los 28 países
miembros de la Unión Europea, en Puerto Rico y en Cataluña, LO FIRMO, LO MANDO
y LO ORDENO:
JEdE Lázaro I Maximiliano
(Andrés Amian Gómez Soria, CI 71022325625)
Comandante en Jefe de la Revolución Parlamentaria
Cristiana
Jefe Espiritual de Estados del Reino Espiritual
de Yave
Bernardo Posse No. 20305 Esq. 3ra. La Rosalia SMP.
CH 11000
Comments
Post a Comment