Resolución No. 3/2014 Especificaciones de la Certificación de Solicitud de Pasaporte y los Avales de Contribución Inicial y Anual de Contribución, complementario al Decreto 2/2014
República de Las Antillas
Presidencia
Resolución No.
3/2014
Especificaciones
de la Certificación
de Solicitud de Pasaporte y los Avales de Contribución Inicial y Anual de
Contribución, complementario al Decreto 2/2014
ANDRÉS AMIAN GÓMEZ
SORIA:
Presidente de la República de Las Antillas[1],
según el artículo 90 de la Constitución
Interina, proclamada por el “Gobierno de Transición en la Isla de Cuba”, proclamado
(también) el 10 de enero de 2011, en nombre de Carlos Manuel de Céspedes,
Venerable Mártir Guía, primer presidente de la República de Cuba en
Armas, y asumiendo su estandarte, en el marco del estado de emergencia
proclamado por el General de Ejércitos Raúl Castro Ruz, el 18 de diciembre de
2010 y extinto el 25 de diciembre de 2011, en sendos discursos ante la Asamblea Nacional
del Poder Popular único órgano con facultades constitucionales fuera del estado
de emergencia, según las atribuciones que le confiere el artículo 67 de la Constitución de la República de Cuba, y tras dos años y medio de
negociaciones entre quien suscribe y el Partido Comunista de Cuba;
POR
CUANTO (1): La Instrucción No. 3
(al MINREX) de fecha establece que el cese de las acciones de hostigamiento por
parte del Estado cubano hacia las organizaciones de la llamada “sociedad civil opositora”
tiene que pasar necesariamente por la regularización de las organizaciones en
cuestión ante los instrumentos jurídicos actualmente vigentes en derecho.
POR
CUANTO (2): Mediante
el inciso c.) del párrafo 16 de la Resolución 6/2013 del 28 de octubre de 2013, la Comisión Interamericana
de Derechos Humanos (CIDH) de la Organización de Estados Americanos (OEA) solicitó
a la República
de Cuba que Informe sobre las acciones adoptadas a fin de evitar que sea
necesaria la repetición de medidas cautelares como la 264-13 Asunto: Damas de Blanco
respecto de la República
de Cuba, que tienen por finalidad proteger la integridad física y la libertada
de quienes practican la desobediencias civil.
POR
CUANTO (3): El
Decreto 2/2014 de fecha 27 de diciembre de 2014 organiza importantes aspectos
de los procesos de:
a.) Emigración
como refugiado político;
b.) Emigración
como refugiado humanitario de motivación religiosa:
c.) Permanencia
en el exterior con estatus de refugiado;
d.) Viaje
al exterior bajo las licencias de intercambio “pueblo a pueblo” o similares con
motivos religiosos, académicos o culturales;
POR
CUANTO (4): El
Decreto 2/2014 introduce los instrumentos consulares:
a.) Certificación
de Solicitud de Pasaporte,
b.) Aval
de Contribución Inicial,
c.) Aval
Anual de Contribución;
POR
CUANTO (5): El
Decreto 2/2014 establece que mediante disposición complementaria se establecería
el valor monetario de los referidos instrumentos consulares.
POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,
resuelvo:
Resolución No.
3/2014
Especificaciones
de la Certificación
de Solicitud de Pasaporte y los Avales de Contribución Inicial y Anual de
Contribución, complementario al Decreto 2/2014
Primero.-
Establecer el costo de la Certificación de
Solicitud de Pasaporte en $40.00 CUC.
a)
El Aspirante debe entregar dos fotocopias del
Carnet de Identidad;
b)
El Aspirante debe entregar tres fotos de 3x2 cm;
c)
El Aspirante debe entregar tres sellos de $5.00
MN.
Segundo.-
Establecer el valor del “Aval de Contribución Inicial”
en $80.00 CUC.
Tercero.-
Establecer el valor del “Aval Anual de Contribución” en
$500.00 CUC.
Cuarto.-
Publicar esta Resolución en el blog oficial de la República de Las Antillas: “La Nueva Patria” para
general conocimiento;
Quinto.-
Comunicar al Departamento de Documentación e
Información del Ministerio de Relaciones Exteriores para que lo circule en las
Sedes diplomáticas cubanas en el exterior;
Y para que así conste, se firma la presente a 27 de diciembre
de 2014 en La Habana,
Cuba, Mayor de las Antillas.
Andrés Amian Gómez
Soria
Presidente
República de Las
Antillas
Bernardo Posse No.
20305 esq. 3ra La Rosalía SMP
CH 11000 La Habana,
Cuba
[1] Enunciada por Ramón Emeterio
Betances en 1869 respecto a la nación fundada por Carlos Manuel de Céspedes en
los campos de Cuba entendiendo que alcanzaría también el territorio de Puerto
Rico.
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