Decreto 8/2018 - Metodología para las Transferencias Monetarias a Cuba y Compras en EUA con Fondos del JEdE
Reino Espiritual de Yave
Oficina del Jefe
Espiritual de Estados “Lázaro I Maximiliano”
Decreto 8/2018
Metodología para las
Transferencias Monetarias a Cuba y Compras en EUA con Fondos del JEdE
Lázaro I Maximiliano (ANDRES AMIAN GÓMEZ SORIA),
Hijo
de Yave, el Dios de las Tribus perdidas de Israel;
Comandante
en Jefe de la
Revolución Parlamentaria Cristiana según el Decreto 3/2016
“Protesta Parlamentaria Cristiana” firmado el 14 de marzo y presentado al
Consejo de Estado de la
República de Cuba el 15 de marzo en Conmemoración de la
“Protesta de Baraguá” protagonizada en 1878 por el Lugar Teniente General del
Ejército Libertador Antonio Maceo;
Enunciado
Soberano sobre el territorio de la Base Naval de Guantánamo mediante la Resolución 14/2016 del
8 de agosto;
CONCURRO
MEDIANTE EL PRESENTE ESCRITO Y DIGO:
Decreto 8/2018
Metodología para las Transferencias
Monetarias a Cuba y Compras en EUA con Fondos del JEdE
POR CUANTO
(1): El 24 de
febrero de 2008 el General de Ejércitos Raúl Castro Ruz dijo estar dispuesto a
realizar diálogo político con quienes tuvieran planteamientos que realizar de
manera razonable y respetuosa;
POR CUANTO
(2): El 10 de marzo
de 2008 quien suscribe presentó la solicitud de autorización para el desarrollo
del proyecto de promoción cultural “Moviemiento por la Cuarta República en Cuba”;
POR CUANTO
(3): El 20 de abril
de 2009 quien suscribe solicitó al General de Ejércitos Raúl Castro Ruz ser
reconocido como un líder independiente del pueblo;
POR CUANTO
(4): El 18 de
diciembre de 2010 el General de Ejércitos Raúl Castro Ruz llamó a salvar la Revolución y cumplir
con lo acordado, haciendo declaraciones que establecían de hecho en el país un
Estado de Emergencia para lo cual lo facultaba el artículo 67 la Constitución vigente
de la República
de Cuba;
POR CUANTO
(5): El 10 de enero
de 2011, en el marco del Estado de Emergencia quien suscribe asumió las
funciones constituyentes que –de ordinario- solo le corresponden a la Asamblea Nacional
del Poder Popular y proclamó el Gobierno de Transición en la Isla de Cuba y la Constitución
Interina del Estado teocrático (originalmente denominado
“República de Las Antillas” y rebautizado el 12 de abril de 2015 como “Reino
Espiritual de Yave”);
POR CUANTO
(6): Mediante el
Artículo 90 de la Constitución
Interina, quien suscribe, asumió las funciones de Jefe de
Estado, del Estado Teocrático, entonces “Presidente de la República” actualmente
“Jefe Espiritual de Estados” (cuyas siglas son JEdE o Jede);
POR CUANTO
(7): La Constitución
Interina del Estado Teocrático estable el derecho del Jefe de
Estado a procurarse recursos económicos para financiar la actividad de la Oficina del Jefe de Estado
y del Gobierno;
POR CUANTO
(8): En noviembre de
2013 quien suscribe publicó el presupuesto económico para la gestión del
Gobierno Espiritual Federal de Jesucristo en Las Antillas para 2014;
POR CUANTO
(9): Durante la
gestión de robustecimiento institucional y lucha por la supervivencia quien
suscribe asumió otros compromisos de pagos no previstos en el presupuesto del
2014;
POR CUANTO
(10):
En mayo de 2014 el Fondo de Compensaciones de la Organización de las
Naciones Unidas (ONU) concedió a quien suscribe un bono por valor de 10.7 millones
de dólares americanos transferibles a la cuenta bancaria de quien suscribe en
el Banco Metropolitano para compensar las afectaciones que había sufrido y tratar
de restablecer su gestión al nivel que hubiera tenido si no hubiese sido
victima de tales afectaciones;
POR CUANTO
(11):
Las leyes del Embargo de EE.UU. a la República de Cuba someten a regulaciones
especiales la transferencia de fondos desde los EE.UU. a Cuba;
POR CUANTO
(12):
Hasta el momento no se ha encontrado modo eficaz
de transferir recursos de los fondos acreditados a quien suscribe a Cuba para
poder ser utilizados;
POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas promulgo
el:
Decreto 8/2018
Metodología
para las Transferencias Monetarias a Cuba y Compras en EUA con Fondos del JEdE
METODOLOGÍA
PARA COMPRAS EN EUA CON FONDOS DEL JEDE
Primero:
Disponer para las compras en EUA de bienes o
servicios destinados a Cuba con fondos acreditados a quien suscribe la
promulgación de resoluciones con la forma de Auto Razonado en la cual se
argumente las causas u objetivos de la compra;
Segundo:
Designar como persona jurídica destino a quien
se realizará la entrega de cualquier bien adquirido en EUA con destino a Cuba,
a la Iglesia
de Jesucristo “Sea La Luz”;
Tercero:
Reconocer a la pastora Flor Teresa Elíaz Álvarez
como Titular de la Iglesia
de Jesucristo “Sea La Luz”
a los efectos de este Decreto 8/2018;
Cuarto:
Especificar que para que otra persona pueda
representar a la Iglesia
de Jesucristo “Sea La Luz”
a los efectos de este Decreto 8/2018 ha de ser nombrada por Resolución o por un
inciso de un Decreto ambos de la
Oficiana del Jefe Espiritual de Estados del Reino Espiritual
de Yave (REY);
Quinto:
En caso de causa de fuerza mayor que impida a la
pastora Flor Teresa Elíaz Álvarez realizar las funciones de titular de la Iglesia de Jesucristo “Sea
La Luz” a los
efectos del Decreto 8/2018, quien sea el heredero o la heredera ante la ley de la República de Cuba, podrá
efectuar sus funciones por espacio de un 30 días, desde el momento en el que
ocurrió el suceso que imposibilitó a la titular actual realizar tales funciones;
Sexto:
Informar que en estos momentos el domicilio
legal de la Iglesia
de Jesucristo “Sea La Luz”
es Corrales No. 768 e/ Belascoaín y Rastro, (Cuatro Caminos) Habana Vieja, La Habana, Cuba;
Séptimo:
Disponer que las compras realizadas en EUA se
realicen debitando los fondos acreditados a Andrés Amian Gómez Soria, para lo
cual se emitirá por email una Orden de Cobro de PayPal.com a la dirección
electrónica correspondiente con el asunto Resolución ??/20??, según corresponda;
METODOLOGÍA PARA LAS TRANSFERENCIAS MONETARIAS A
CUBA DE FONDOS DEL JEDE
Metodología
para las Transferencias Monetarias
Octavo:
Disponer para las transferencias bancarias a
Cuba de fondos acreditados a quien suscribe la promulgación de resoluciones con
la forma de Auto Razonado en la cual se argumente las causas u objetivos de la
transferencia;
Noveno:
Disponer como destino para estas transferencias la
cuenta bancaria del Banco Metropolitano de La Habana, Código BMNBCUHH, radicada en la sucursal
de La Virgen
del Camino a nombre de Andrés Amian Gómez Soria
registrada en la tramitación de la asignación del bono por parte del
Fondo de Compensaciones de la ONU,
y que en el moemtno de promulgación de este Decreto 8/2018 está adscripta a la Tarjeta No. 9200 9598
7213 6466;
Décimo:
Disponer que las transferencias se realicen
debitando los fondos acreditados a Andrés Amian Gómez Soria, para lo cual se
emitirá por email una Orden de Cobro de PayPal.com a la dirección electrónica
correspondiente con el asunto Resolución ??/20??;
CORRESPONDENCIA
Undécimo:
Disponer que la correspondencia referente a
cualquier aspecto del cumplimiento de este Decreto 8/2018 ha de dirigirse a la Iglesia de Jesucristo “Sea
La Luz” Calle
Corrales, No. 768 e/ Belascoaín y Rastro, (Cuatro Caminos), Habana Vieja, La Habana, Cuba;
Duodécimo:
En caso de dificultades con la dirección del
domicilio legal, puede dirigirse correspondencia a la dirección personal de
quien suscribe: Calle Bernardo Posse No. 20305 esq. 3ra La Rosalía SMP
CH 11000 La Habana,
Cuba;
LEGALIZACIÓN
Decimotercero:
Preséntese al Ministerio de Justicia en La Habana, capital del Reino
Espiritual de Yave para su validación y registro como disposición normativa;
Decimocuarto: Notifíquese al
Presidente de los EUA, Donald Trump, para su autorización ejecutiva;
Decimoquinto: Notifíquese al
Presidente del Consejo de Defensa Nacional, General de Ejércitos Raúl Castro Ruz;
Decimosexto:
Publíquese para general conocimiento;
Decimoséptimo:
Entra en vigor a partir de su firma, el 18 de septiembre
de 2018 a
las 11:30 horas.
Y a
los 18 días del mes de septiembre de 2018, “Año II de Efraín en el poder” para
que así conste en Cuba, en los otros 32 países de la Comunidad de Estados de
Latinoamérica y el Caribe, en los 17 Estados en los que ganó el Partido
Demócrata las elecciones del 8 de noviembre de 2016, en Puerto Rico y en
Cataluña, LO FIRMO, LO MANDO y LO ORDENO:
JEdE Lázaro I Maximiliano
(Andrés Amian Gómez Soria)
Comandante en Jefe de la Revolución Parlamentaria
Cristiana
Jefe Espiritual de Estados del Reino Espiritual
de Yave
Bernardo Posse No. 20305 esq. 3ra La Rosalía SMP CH 11000 La Habana, Cuba.
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