Orden Militar 9/2018 Creación de las Fuerzas Armadas Marítimas de Latinoamérica y el Caribe - FAMLAC



Reino Espiritual de Yave
Oficina del Jefe Espiritual de Estados “Lázaro I Maximiliano”
Orden Militar 9/2018
Creación de las Fuerzas Armadas Marítimas de Latinoamérica y el Caribe - FAMLAC
Lázaro I Maximiliano (ANDRES AMIAN GÓMEZ SORIA),
Hijo de Yave, el Dios de las Tribus perdidas de Israel;
Comandante en Jefe de la Revolución Parlamentaria Cristiana según el Decreto 3/2016 “Protesta Parlamentaria Cristiana” firmado el 14 de marzo y presentado al Consejo de Estado de la República de Cuba el 15 de marzo en Conmemoración de la “Protesta de Baraguá” protagonizada en 1878 por el Lugar Teniente General del Ejército Libertador Antonio Maceo;
Enunciado Soberano sobre el territorio de la Base Naval de Guantánamo mediante la Resolución 14/2016 del 8 de agosto;
CONCURRO MEDIANTE EL PRESENTE ESCRITO Y DIGO:
Orden Militar 9/2018
Creación de las Fuerzas Armadas Marítimas de Latinoamérica y el Caribe - FAMLAC

PRIMER ESTADO INDEPENDIENTE EN LATINOAMÉRICA Y EL CARIBE
POR  CUANTO (1):   En 1781 comenzó en los territorios franceses de la Isla de La Española la Revolución de los Esclavos, primera gesta emancipadora en América Latina o el Caribe;
POR  CUANTO (2):   En 1801 Toussant Louverture proclamó la Constitución de la “République de Saint Dominique”, primer Estado independiente en Latinoamérica o el Caribe y primer proyecto político de integración ya que abarcaba toda la Isla de La Española, incluyendo la colonia francesa, la inglesa y la española;
POR  CUANTO (3):   La concepción estratégica militar para la defensa de la Republique de Saint Dominique concebida por Toussaint Louverture resultó invulnerable, nadie pudo reconquistar militarmente esos territorios mientras Louverture estuvo al frente del Estado;
POR  CUANTO (4):   Toussaint Louverture recibió honores de monarca por parte de los colonos y militares británicos asentados en el Caribe;
POR  CUANTO (5):   Aunque Louverture fue engañado y traicionado por Napoleón Bonaparte quien lo invitó a realizar conversaciones políticas en Paris, Francia y luego lo detuvo, violando los principios del derecho internacional y allí murió en 1803, sobre las bases creadas por Louverture se levantó la República de Haití  en 1804, la cual permanece independiente y soberana desde entonces hasta hoy;

LA CONCEPCION DE LA INTEGRACION Del General JOSÉ DE SAN MARTIN
POR  CUANTO (6):   En 1810 el Padre Hidalgo inició las luchas por la emancipación en Latinoamérica continental;
POR  CUANTO (7):   El mayor exponente de los moviemientos insurgentes en la América Latina fue Simón Bolivar;
POR  CUANTO (8):   Bolívar propuso e impulsó la confederación de repúblicas independientes que colaborarían a través de Conferencias y Foros de pueblos libres;
POR  CUANTO (9):   Bolívar percibió la vulnerabilidad del modelo de integración que promulgaba ante la consistencia del mando político centralizado de los Estados Unidos, en las figuras del Presidente y el Congreso de la federación de los cincuenta Estados altamente industrializados;
JOSÉ DE SAN MARTÍN
POR  CUANTO (10):                       José de San Martín es reconocido como el «padre de la Patria» y el «Libertador» y se le valora como el principal héroe y prócer del panteón nacional en Argentina;
POR  CUANTO (11):                       José de San Martín es recordado como el «Fundador de la Libertad del Perú», el «Fundador de la República», el «Generalísimo de las Armas» y el «Libertador» en Perú;
POR  CUANTO (12):                       José de San Martín ostenta el grado de Capitán General del Ejército de Chile;
POR  CUANTO (13):                       José de San Martín propone para la América anarquizada una monarquía constitucional, condicionada por los diputados elegidos por el pueblo[1];
POR  CUANTO (14):                       José de San Martín expuso el 26 de junio de 1822 ante Simón Bolívar durante la cumbre que sostuvieron en Guayaquil, Ecuador su concepción de la integración de la América Latina debe realizarse mediante la conformación de un reino unido mediante una monarquía constitucional gobernado por diputados electos por el pueblo;
POR  CUANTO (15):                       Ramón Emeterio Betances, el padre de la patria de Puerto Rico, financió la compra del barco “El Telégrafo” con el cual Gregorio Luperón, “La Primera Espada de la República” Dominicana realizó acciones de hostigamiento militar a favor de la integración de la República Dominicana, Puerto Rico y Cuba en la “Confederación de Las Antillas”;
POR  CUANTO (16):                       Fidel Castro Ruz se embarcó en el barco “Aurora” para ir a combatir a República Dominicana contra la dictadura de Trujillo;

El GGRITO DE CIENFUEGOS
POR  CUANTO (17):                       Alrededor de las 5:20 AM del 5 de septiembre de 1957, el cabo Santiago Ríos Gutiérrez pone en marcha el plan acordado para tomar Cayo Loco, Cienfuegos, Cuba, importante base naval del Distrito Sur.
POR  CUANTO (18):                       Tomada la base, se dio paso a los jefes de las acciones y a los milicianos del Movimiento “26 de julio”, que permanecieron acuartelados, y acudieron a buscar las armas ocupadas, parte de las cuales se entregaron al pueblo.
POR  CUANTO (19):                       Se tomaron además las estaciones de la Policía Marítima y la Nacional, acción esta última en la que cae mortalmente herido Gregorio Morgan, el primer mártir de esa gesta.
POR TANTO: Inspirado en el ejemplo de Toussaint Louverture, José de San Martín, Gregorio Luperón, José Julián Martí y Pérez, Antonio Maceo y Grajales, Ramón Emeterio Betances, Fidel Castro Ruz, Gregorio Morgan y demás Mártiles de 5 de septiembre de 1957, Hugo Chávez Frías, y en los ideales de Raúl Castro Ruz, Rafael Correa y Danilo Medina y en uso de las facultades que me están conferidas promulgo la:
Orden Militar 9/2018
Creación de las Fuerzas Armadas Marítimas de Latinoamérica y el Caribe - FAMLAC
Primero:                    Conferir honorífica y póstumamente el grado militar de ALMIRANTE como oficiales de la Marina de Guerra Revolucionaria a:
a.)    Toussant Loverture;
b.)   José de San Martín;
c.)    Gregrio Luperón;
d.)   José Julián Martí y Perez;
e.)   Fidel Castro Ruz;
Segundo:                  Crear la Fuerza Armada Marítima de Latinoamérica y el Caribe (FAMLAC);
Tercero:                     Disponer la Organización de la FAMLAC en cinco cuerpos de ejército cada uno de los cuales será bautizado con el nombre de cada uno de los cinco Almirantes honoríficos designados por esta Órden Militar 9/2018;
Cuarto:                        La FAMLAC tendrá como principal objetivo garantizar la integralidad de los mares y territorios del Reino Espiritual de Yave;
Quinto:                        La FAMLAC se preparará para rechazar la intervención extranjera en los territorios del Reino Espiritual de Yave;
Sexto:    La FAMLAC se conformará mediante la integración de las Fuerzas Armadas Marítimas de las 33 repúblicas integrantes de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y del Caribe;
Séptimo:                   La FAMLAC transportará los medios militares y las fuerzas vivas que sean necesarios a cualquier territorio que sea conveniente para garantizar la integralidad del territorio del Reino Espiritual de Yave, y la sujeción a su ley y orden, en caso de sedición separatista ilegal por el Gobierno de algún territorio federado en el Reino Espiritual de Yave; 
Octavo:                       La FAMLAC asumirá las funciones equivalentes a las suyas que hayan sido desarrolladas hasta ahora en las aguas de la jurisdicción del Reino Espiritual de Yave por fuerzas similares proveniente de las antiguas metrópolis de los territorios de las antiguas colonias de potencias internacionales;
Noveno:                    La FAMLAC negociará en tiempos de paz los convenios necesarios y suficientes con quienes convenga para garantizar el cumplimiento de su misión social, política y militar;
DERECHOS DE LOS COMBATIENTES
Décimo:                      Reconocer el derecho de todos los combatientes de las Fuerzas Armadas Marítimas de las 33 Repúblicas de la Comunidad de Estados de Latinoamérica y el Caribe (CELAC) a solicitar su ingreso en la FAMLAC;
Undécimo:             Reconocer el derecho de todos los combatientes de las Fuerzas Armadas Marítimas de Cataluña a solicitar su ingreso en la FAMLAC;
Duodécimo:          Reconocer el derecho de todos los combatientes de las Fuerzas Armadas Marítimas de Puerto Rico a solicitar su ingreso en la FAMLAC;
Decimotercero:                       Conceder la ciudadanía del Reino Espiritual de Yave a todos los y las combatientes que se soliciten acogerse a esta Orden Militar 9/2018 y a los jefes, funcionarios u otros oficiales que participen en su implementación y luego reclamen la Ciudadanía del Reino Espiritual de Yave;
Decimocuarto:  Informar que quienes deseen obtener la Certificación de Solicitud de Pasaporte del Reino Espiritual de Yave para acreditar ante cualquier sede consular su ciudadanía espiritual a fin de que le sea tenida  en cuenta a la otra de otorgamiento de visado deben dirigirse al Consulado del Reino Espiritual de Yave establecido por la Resolución 21/2017 del 14 de mayo;
Decimoquinto:  Informar que el Consulado del REY ha sido trasladado a la Iglesia de Jesucristo “Sea La Luz” cito en Corrales No. 768 e/. Belascoaín y Rastro, Cuatro Caminos, Habana Vieja, La Habana, Cuba;
Decimosexto:     Informar que las regulaciones sobre costo, vigencia, derechos y obligaciones de quienes viajen usando la Certificación de Solicitud de Pasaporte del Reino Espiritual de Yave, son las mismas regulaciones establecidas para la República de Las Antillas, por el Decreto 2/2014 y la Resolución 3/2014 ambas del 27 de diciembre y publicadas el 3 de enero de 2015 en el blog La Nueva Patria (http://lanuevapatria.blogspot.com, buscar a la derecha 2015, Enero);
JEFATURA Y RESPONSABILIDAD
Decimoséptimo:                    Confiar al Almirante Julio Cesar Gandarilla Bermejo la ejecución de la Orden Militar 9/2018;

LEGALIZACIÓN
Decimoctavo:     Preséntese al Ministerio de Justicia en La Habana, capital del Reino Espiritual de Yave para su validación y registro como disposición normativa;
Decimonoveno:                      Notifíquese al Presidente del Consejo de Defensa Nacional, General de Ejércitos Raúl Castro Ruz para su autorización ejecutiva;
Vigésimo:                 Publíquese para general conocimiento;
Vigésimo primero:              Entra en vigor a partir de su firma, el 5 de septiembre de 2018.
Y a los 5 días del mes de septiembre de 2018, “Año II de Efraín en el poder” para que así conste en Cuba, en los otros 32 países de la Comunidad de Estados de Latinoamérica y el Caribe, en los 17 Estados en los que ganó el Partido Demócrata las elecciones del 8 de noviembre de 2016, en Puerto Rico y en Cataluña, LO FIRMO, LO MANDO y LO ORDENO:
JEdE Lázaro I Maximiliano
(Andrés Amian Gómez Soria)
Comandante en Jefe de la Revolución Parlamentaria Cristiana
Jefe Espiritual de Estados del Reino Espiritual de Yave

Bernardo Posse No. 20305 esq. 3ra La Rosalía SMP CH 11000 La Habana, Cuba.


[1] José de San Martín, Ecured.cu Disponible en: https://www.ecured.cu/Jos%C3%A9_de_San_Mart%C3%ADn, consultado el 5 de septiembre de 2018.

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