Resolución 40/2018 - Reconocimiento y recesión anticipada de Liona de Cuba como REINA INTERINA del REY
Reino Espiritual de Yave
Oficina del Jefe
Espiritual de Estados “Lázaro I Maximiliano”
Resolución 40/2018
Reconocimiento y
recesión anticipada de la princesa Liona de la Iglesia de Jesucristo “Sea
La Luz” como
REINA INTERINA del Reino Espiritual de Yave
Lázaro I Maximiliano (ANDRES AMIAN GÓMEZ SORIA),
Hijo
de Yave, el Dios de las Tribus perdidas de Israel;
Comandante
en Jefe de la
Revolución Parlamentaria Cristiana según el Decreto 3/2016
“Protesta Parlamentaria Cristiana” firmado el 14 de marzo y presentado al
Consejo de Estado de la
República de Cuba el 15 de marzo en Conmemoración de la
“Protesta de Baraguá” protagonizada en 1878 por el Lugar Teniente General del
Ejército Libertador Antonio Maceo;
Enunciado
Soberano sobre el territorio de la Base Naval de Guantánamo mediante la Resolución 14/2016 del
8 de agosto;
DECLARO BAJO JURAMENTO que en la tarde
del miércoles 5 de septiembre de 2018 me monté en un ómnibus de la ruta P7 para
dirigirme a la Iglesia
de Jesucristo “Sea La Luz”
para asistir a un clase del curso de liderazgo a la cual me había invitado la
profesora, profeta e intercesora Ana Cristina Sarmiento Galvinski, y el
Espíritu trataba conmigo diciéndome que la Princesa Liona era como la Virgen María, que estaba
embarazada del Espíritu Sando y estaba gestando un Hijo para Dios; que yo no
debía acercarme a ella, de la misma manera en la que José no se llegó a María
durante su gestación;
Estaba
yo contemplando la gloria de Dios en su revelación cuando ¡miren! Se sentó a mi
lado una mujer con un niño de brazos, ellos se montaron en la parada del
Hospital “Hijas de Galicia”. Y yo alabé a Dios en mi corazón diciendo. “Santo
eres, bendito y veraz. ¡Cómo has tenido misericordia de mi mandándome a esta
mujer para que me sirva de señal visible de lo que me acabas de decir!”
Entonces
pregunté a la mujer el nombre del niñ y me dijo: “Abraham” Pero la muchacha no
era cristiana y ni siquiera sabía bien quien era Abrahán. (Así que le expliqué
y quedó complacida.)
Pero
además le pregunté la edad del niño y me dijo: “16 días” El pueblo de Israel
hacía la circunscición a los 8 días de nacidos. Entonces es como si este niño
estuviera mostrando la marca de la doble unción, la doble circunscición. Le dije: “Grandes planes tiene Dios con tu
hijo.”
Al
llegar a la Iglesia
de Jesucristo “Sea La Luz”,
después del tiempo de adoración el pastor comenzó a explicar y dijo: “De todo
arbol puedes comer menos del que está en el centro del Jardín” Y yo vi clara la
analogía: “El espíritu me está diciendo que puedo tomar cualquier otra muchacha
menos la Princesa
Liona.”
Luego
el pastor explicaba: “Jesús le dijo al Joven Rico que tenía que vender todo lo
que tenía. Reflexiona ¿qué es lo que tu tienes que dejar atrás hoy para poder
seguir a Jesús?”
Y yo
me dije: “Liona.”
Por
lo tanto, por el mandato de Dios, CONCURRO MEDIANTE EL PRESENTE ESCRITO Y DIGO:
Resolución 40/2018
Reconocimiento y recesión
anticipada de la princesa Liona de la Iglesia de Jesucristo “Sea La Luz” como REINA INTERINA del
Reino Espiritual de Yave
ANTECEDENTES Y ARQUETIPOS
BÍBLICOS
POR CUANTO
(1): Dios hizo al
hombre a su imagen conforme a su semejanza, Varón y Hembra los creó Dios, al
mismo tiempo, según Gen 1:26; en el cielo primeramente según Gen 2:5;
POR CUANTO
(2): En la tierra, Dios
formó al Varón primero del polvo de la tierra, poniendo en él el espíritu que
había creado en el cielo según Gen 2:7 para que labrase y guardase el jardin
del Edén, según Gen 2:14;
POR CUANTO
(3): Después que
Adán tenía experiencia, Dios dijo que no es bueno que el Hombre esté solo, y puso sueño en él y de su costilla le dio una
mujer para que fuera su Ayuda Idonea, según Gen 2:21-23. Con el espíritu que
había creado junto a él en el cielo, ellos serían unánimes y llegarían a ser
una sola carne (Gen 2:24);
POR CUANTO
(4): Según el orden
divino Cristo es la cabeza de la
Iglesia y el esposo es la cabeza de la esposa;
POR CUANTO
(5): El liderazgo de
la mujer en la congregación no agrada a Dios a no ser de manera temporal cuando
hay cambio de liderazgo masculino como fue el caso de Abigail entre Labán y
David (1 Sam 25:17-20);
POR CUANTO
(6): Dios llamó a
Abrán diciendole: ‘Sal de tu tierra y de tu parentela y ve a una tierra que yo
te mostraré’ (Gen 12:1);
POR CUANTO
(7): Cuando Abraham era
ya viejo necesitó una esposa para Isaac que ya tenía madurez, entonces envió a
su criado de confianza a que fuera a buscar a una muchacha en la casa de su
parentela, diciendo: Si ella no desea acompañarte quedarás libre de este
juramento, solo cuida que mi hijo no vuelva alla (Genesis 24:8);
POR CUANTO
(8): Rebeca quiso
venir con el criado de su futuro esposo al lugar donde él vivía (Gen 24:57-58);
POR CUANTO
(9): La ley de Dios
para los sacerdotes establece que no pueden tomar por esposa sino a un virgen
de la congregación (Lev 21:7,13-14);
POR CUANTO
(10):
Cuando la reina Vasti se negó a presentarse
delante del rey Asuero que la había mandado a buscar, se emitió decreto de que
ella no podría presentarse más como reina delante de Asuero y se hizo
convocatoria para buscar a otra virgen que agradara al rey y fuera declarada
reina (Ester 1:10-2:5);
POR CUANTO
(11):
Cuando la hija mayor de Saúl que había sido prometida a David fue
entregada a otro hombre por mujer (1 Sam 18:19), a David le fue entregada la
otra hija de Saúl, Mical, quien lo amaba (1 Sam 18:20);
POR CUANTO
(12):
Cuando Mical hizo menosprecio y crítica de la
manera en la que David danzaba para Yave, Dios, David la confrontó y Dios no la
prosperó (2 Sam 6:20-23);
POR CUANTO
(13):
Cuando Adonías pidió que el rey Salomón le
concediera por esposa a la que había sido designada para esposa del rey David,
pero que el rey Davida no la había conocido, esto no le fue concedido (1 Reyes
1:1-4:2:13-22);
ANALOGÍA CON LOS ANTECEDENTES
BÍBLICOS
POR CUANTO
(14):
De manera análoga a estos antecedentes bíblicos,
Dios saco a quién suscribe de la
Iglesia para que fuera a establecer el Reino de Dios entre
los gentiles, de manera jurídica entre los jefes de Estado y de Gobierno, en
los Tribunales y en los asuntos políticos;
POR CUANTO
(15):
Dios me ha dado mandado que tome por esposa a
una virgen proveniente de donde yo salí, de la Iglesia, pero que no
regrese a la Iglesia,
porque desde la Iglesia
no podría realizar el trabajo político que Dios me ha encargado;
POR CUANTO
(16):
Pero es necesario que la Varona que vaya a ser mi
esposa esté dispuesta a seguirme, a interceder por mi, a ayudarme y no que se
niegue a conocer qué es lo que hago, a conversar conmigo, a relacionarse con mi
mundo;
POR TANTO: Por el mandado de Dios, promulgo la:
Resolución 40/2018
Reconocimiento y recesión anticipada de la princesa Liona de
la Iglesia de
Jesucristo “Sea La Luz”
como REINA INTERINA del Reino Espiritual de Yave
Primero:
Reconocer a Liona, hija del pastor Yasser
Pedroso Castillo y la pastora Flor Teresa Elías Álvarez el estatus de Princesa de
la Iglesia de
Jesucristo “Sea La Luz”
en el sentido de que la
Iglesia establecerá pacto con quien se case con ella;
Segundo:
Reconocer a la Princesa Liona de la Iglesia de Jesucristo “Sea
La Luz” desde el
23 de mayo al 4 de septiembre de 2018 la condición de PRINCESA DESIGNADA DE LA REPÚBLICA DE
CUBA POR SUSTITUCIÓN RECLAMENTARIA para la firma de un pacto de sangre con
el Jefe Espiritual de Estados del Reino Espiritual de Yave según lo dispuesto
por el Decreto-Ley 2/2018;
Tercero:
Reconocer a la Princesa Liona de Cuba el cargo
de REINA INTERINA DEL REINO ESPIRITUAL
DE YAVE desde el 10 de agosto a las 13:00 horas;
Cuarto:
Conceder a la REINA INTERINA
Liona de Cuba la
RECECION ANTICIPADA de su condición de REINA del REINO
ESPIRITUAL DE YAVE, liberándola del mismo a partir del 10 de septiembre de 2018 a las 13:00 horas[1];
Quinto:
Conceder a la Reina Interina LIONA DE CUBA, 72
horas para que presente recurso contra esta resolución según considere su
derecho o su interés, ya sea para impugnarlo, para solicitar la modificación de
sus términos o para solicitar que le sean reconocidos derechos, o se le
concedan oportunidades complementarias según sea su interés;
Sexto:
Conceder a la Reina Interina Liona de Cuba y
a su madre la pastora Flor Teresa Elías Álvarez el derecho a expresar sus
criterios de manera oral, ya sea desde el púlpito o en conversaciones privadas
o públicas, todas formas que serán consideradas igualmente válidas para la
argumentación y defensa de sus derechos y pretenciones;
Séptimo:
Escuchar con atención y benevolencia los
criterios y deseos que exprese la Reina Interina Liona de Cuba sobre en qué
posición desea quedar dentro del Reino Espiritual de Yave, si alguna, y legislar
luego creativamente para tratar de adaptar lo mejor posible la realidad
jurídica a la visión que el Espíritu Santo le revele a la Reina Interina Liona
de Cuba;
EMPLAZAMIENTO
Octavo:
Notifíquese a la pastora Flor Teresa Elías
Álvarez para que en el plazo de 72 horas exprese lo que considere justo en
defensa del mejor interés de su hija si le pareciera que esta Resolución
40/2018 no correspeonde al mejor interés de la Reina Interina Liona de Cuba;
Noveno:
Mantener abierta la oportunidad a la Princesa Liona de Cuba para que
se reincorpore a la directiva del Reino Espiritual de Yave, en funciones no
asociadas al matrimonio con el Jefe Espiritual de Estados, excepto en que
solicite la bendición del Jede para casarse con otro hombre;
DEMOCRATICA
E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
Décimo:
DECLARAR ABIERTA la convocatoria a las vírgenes
del Reino Espiritual de Yave que deseen optar por la condición de REINA
CONSORTE del Reino Espiritual de Yave, a partir de que esta Resolución 40/2018
se haga firme, porque se venza el término para imponer el proximo recurso por
la parte derecho-habiente;
Undécimo:
Reconocer el derecho a optar por ser Reina
Consorte del Reino Espiritual de Yave a:
a.)
Todas las vírgenes de las Iglesias protestantes
cubanas;
b.) Todas
las vírgenes de la Congregación
Cristiana de los Testigos de Jehová en Cuba;
c.)
Todas las vírgenes de los países nominados por la Instrucción al
Presidente Protempore de la
CELAC 2017 - 1 (del 8 de febrero), a saber:
i.-
Reino Unido
ii.-
República Federal de Alemania;
iii.-
República Argentina;
d.) Todas
las vírgenes noruegas;
e.) Todas
las vírgenes cuyos padres sean miembros del Partido Demócrata de EE.UU.;
f.)
Todas las vírgenes Testigos de Jehová rusas;
DEMOCRACIA
Y CIUDADANÍA
Duodécimo:
Conceder la ciudadanía del Reino Espiritual de
Yave a todas las mujeres sean vírgenes o no, que se interesen por optar por ser
Reina Consorte del Reino Espiritual de Yave y luego soliciten la ciudadanía del
REY;
Decimotercero:
Conceder la ciudadanía del Reino Espiritual de
Yave a todos los y las cibernautas que se que promuevan y difundan esta Resolución
40/2018 en las Redes Sociales de Internet así como a los funcionarios o
diplomáticos que participen en su tramitación y luego reclamen la Ciudadanía del Reino Espiritual
de Yave;
Decimocuarto: Informar que
quienes deseen obtener la
Certificación de Solicitud de Pasaporte del Reino Espiritual
de Yave para acreditar ante cualquier sede consular su ciudadanía espiritual a
fin de que le sea tenida en cuenta a la
otra de otorgamiento de visado deben dirigirse al Consulado del Reino
Espiritual de Yave establecido por la Resolución 21/2017 del 14 de mayo;
Decimoquinto: Informar que el
Consulado del REY ha sido trasladado a la Iglesia de Jesucristo “Sea La Luz” cito en Corrales No. 768
e/. Belascoaín y Rastro, Cuatro Caminos, Habana Vieja, La Habana, Cuba;
Decimosexto:
Informar que las regulaciones sobre costo,
vigencia, derechos y obligaciones de quienes viajen usando la Certificación de
Solicitud de Pasaporte del Reino Espiritual de Yave, son las mismas regulaciones
establecidas para la
República de Las Antillas, por el Decreto 2/2014 y la Resolución 3/2014 ambas
del 27 de diciembre y publicadas el 3 de enero de 2015 en el blog La Nueva Patria (http://lanuevapatria.blogspot.com,
buscar a la derecha 2015, Enero);
LEGALIZACIÓN
Decimoséptimo:
Preséntese al Ministerio de Justicia en La Habana, capital del Reino
Espiritual de Yave para su validación y registro como disposición normativa;
Decimoctavo:
Notifíquese al Presidente del Consejo de Defensa
Nacional, General de Ejércitos Raúl Castro Ruz para su autorización ejecutiva;
Decimonoveno:
Publíquese para general conocimiento;
Vigésimo:
Entra en vigor a partir de su firma, el 6 de septiembre
de 2018 a
las 17:30 horas.
Y a
los 6 días del mes de septiembre de 2018, “Año II de Efraín en el poder” para
que así conste en Cuba, en los otros 32 países de la Comunidad de Estados de
Latinoamérica y el Caribe, en los 17 Estados en los que ganó el Partido
Demócrata las elecciones del 8 de noviembre de 2016, en Puerto Rico y en Cataluña,
LO FIRMO, LO MANDO y LO ORDENO:
JEdE Lázaro I Maximiliano
(Andrés Amian Gómez Soria)
Comandante en Jefe de la Revolución Parlamentaria
Cristiana
Jefe Espiritual de Estados del Reino Espiritual
de Yave
Bernardo Posse No. 20305 esq. 3ra La Rosalía SMP CH 11000 La Habana, Cuba.
[1] Esto constituye una recesión anticipada de la permanencia en el
cargo porque esta condición le había sido impuesta por espacio de dos meses y
no de solo un mes. Tiempo concedido para que ella reflexionara en si deseaba o
no contraer matrimonio con el Jefe Espiritual de Estados del Reino Espiritual
de Yave.
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