Resolución 115/2020 Emisión de Carnet de Identidad o Pasaporte como ciudadanos del Reino Espiritual de Yave. Fase experimental en las Iglesias Parlamentarias de SMP

 

Reino Espiritual de Yave

Oficina del Jefe Espiritual de Estados

Sala Independiente de DD.HH. y Asuntos Religiosos adscripta al TMP SMP

 

 

Resolución 115/2020

Emisión de Carnet de Identidad o Pasaporte como ciudadanos del Reino Espiritual de Yave. Fase experimental en las Iglesias Parlamentarias de San Miguel del Padrón 

 

ANDRES AMIAN GÓMEZ SORIA

Jefe Espiritual de Estados del Reino Espiritual de Yave

 

 

 

CONCURRO MEDIANTE EL PRESENTE ESCRITO ANTE LOS MIEMBROS DE LAS IGLESIAS Y DEM’S COMUNIDADES CRISTIANAS, ESPIRITUALES O RELIGIOSAS Y DIGO:

 

Resolución 115/2020

Emisión de Carnet de Identidad o Pasaporte como ciudadanos del Reino Espiritual de Yave. Fase experimental en las Iglesias Parlamentarias de San Miguel del Padrón 

 

 

 

POR CUANTO (1):                 Yave de los ejércitos creó el Estado teocrático en Cuba mediante la proclamción del Gobierno de TRansicón en la Isla de Cuba y la Constitución Interina de La República de Las Antillas, a través de Su siervo, quien suscribe

POR CUANTO (2):                 La Constitución Interina del Estado teocrático plantea que el Estado teocrático no emite sus propios documentos de identificación para sus ciudadanos;

POR CUANTO (3):                 La Declaración de Independencia del 15 de noviembre de 2018 establece que son ciudadanos del Estado teocrático las membrecías de:

a)      La Congregación Cristiana de los Testigos de Jehová;

b)      La Unión Cubana de los Adventistas del 7mo Día;

c)       La Iglesia Metodista en Cuba;

d)      La Iglesia Evangélica Pentecostal “Asambleas de Dios”;

e)      La Liga Evangélica de Cuba;

f)       La Convención Bautista de Cuba Oriental;

g)      La Convención Bautista de Cuba Occidental

POR CUANTO (4):                 Las negociaciones realizadas con el Ministerio del Interior de la República de Cuba parecen ser exitosas al punto de que el Ministerio del Interior de la República de Cuba ha demostrado tener la capacidad de procesar satisfactoriamente la información correspondiente al Estado teocrático;

POR CUANTO (5):                 Las ideas originales han sido enriquecidas con los criterios de los compaña eros, compañeras, hermanos y hermanos consultados;

 

POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas promulgo la:

 

 

Resolución 115/2020

Emisión de Carnet de Identidad o Pasaporte como ciudadanos del Reino Espiritual de Yave. Fase experimental en las Iglesias Parlamentarias de San Miguel del Padrón 

 

 

Primero:                    Conceder el derecho de obtener documentos de identificación como ciudadanos del Reino Espiritual de Yave, residentes en Cuba, a los miembros de las Iglesias parlamentarias:

a)      Unión Cubana de los Adventistas del 7mo Día,

b)      Iglesia Metodista en Cuba

Segundo:                  Conceder el derecho de obtener documentos de identificación como ciudadanos del Reino Espiritual de Yave, residentes en Cuba, a los miembros de la Congregación Cristiana de los Testigos de Jehová;

Tercero:                     Conceder el derecho de obtener documentos de identificación como ciudadanos del Reino Espiritual de Yave, residentes en Cuba, a los miembros de las Iglesias no parlamentarias:

a)      Iglesia Evangélica Pentecostal “Asambleas de Dios”;

b)      Liga Evangélica de Cuba;

c)       Convención Bautista de Cuba Oriental;

d)      Convención Bautista de Cuba Occidental;

Cuarto:                        Disponer que los documentos de identificación que se pueden obtener son de dos tipos:

a)      Carnet de Identidad;

b)      Pasaporte;

 

ENCARGO SOCIAL

Quinto:                        Disponer que las Oficinas del Registro de Población y Carnet de Identidad asuman la tramitación de estas solicitudes a través del Sistema Informático que disponen para tramitar las solicitudes ordinarias;

 

CARGOS Y ECONOCMÍA

Sexto:    Exonerar de cargos por parte de la Oficina del Jefe Espiritual de Estados a la solicitud, tramitación y entrega de Carnets de Identidad como ciudadanos del Reino Espiritual de Yave;

Séptimo:                   Ajustar a 40.00 USD, el gravamen por parte de la Oficina del Jefe Espiritual de Estados del Reino Espiritual de Yave, sustitutivo de los 40,00 CUC que establecía la Resolución 3/2014 y el Decreto 2/2014 ambos del 27 de diciembre (pero publicados el 3 de enero), por la Certificación de Solicitud de Pasaporte;

Octavo:                       Establecer en 10% la deducción automática hacia la ONAT que realizará el MININT de los ingresos correspondientes de la Oficina del Jefe Espiritual de Estados;

Noveno:                    Establecer en 7% la deducción automática que realiza el MININT de los intereses correspondientes a la Ofician del Jefe Espiritual de Estados con destino a la amortización de los gastos del MININT en el procesamiento de estas solicitudes;

 

DEBER IMPUESTO A LOS PASTORES Y SUPERINTENDENTES

Décimo:                      Establecer la obligatoriedad de informar a kis miembros de las respectivas congregaciones sobre esta Resolución 115/2020;

 

DISPOSICIONES PARA EL MONITOREO EXPERIMENTAL

Undécimo:             Disponer que los pastores de las Iglesias Adventista y Metodista que radican en el territorio de San Miguel del Padrón, provincia La Habana, deberán realizar además las siguientes tareas adicionales:

a)      Indagar explícitamente a cada uno de los miembros de la Iglesia y visitas habituales si desean o no solicitar los documentos de identificación como ciudadanos del Estado teocrático (asumiendo los costos de esta tramitación):

i)        Carnet de Identidad;

ii)       Pasaporte;

b)      Entregar al Funcionario de atención a los asuntos Religiosos del Comité Municipal del Partido Comunista de Cuba esta información para que realice las coordinaciones con la Oficina del Registro de Población y Carnet de Identidad;

c)       Transmitir a los miembros de la Iglesia, las orientaciones que reciba sobre fechas, horarios, documentos u otras;

d)      Realizar una segunda exploración para identificar las personas que están interesadas pero que no poseen los recursos financieros para asumir la adquisición del o de los nuevo(s) documento(s) de identificación;

e)      Evaluar la disponibilidad de fondos por parte de la Igleias local en coordinación con el distrito para intentar subsidiar a –de ser posible- a todos los interesados, a fin de poder conocer realmente cuales son los niveles de interés de esta documentación;

Duodécimo:          Encargar al 2do Jefe de la 11na Unidad de la Policía Nacional Revolucionaria el análisis del comportamiento de este proceso en el municipio de San Miguel del Padrón y la elaboración de las recomendaciones sobre para posteriores etapas;

Decimotercero:                       Disponer que todos los factores deben estar especialmente pendientes al dilema de si se debe retirar o no el carnet de identidad ordinario a los solicitantes del nuevo carne t de identidad;

Decimocuarto:  Encargar a los pastores la consulta del Estado de opinión sobre la recogida o no del carnet ordinario, en particular, deben recoger la información sobre cuantos c miembros preferirían devolver el nuevo carte, en caso de que tuvieran que quedarse con  uno solo de los dos;

Decimoquinto:  Disponer que durante la etapa experimental no se le retirará a nadie su carnet o pasaporte ordinario y en todo caso siempre tendrá la oportunidad de devolver el nuevo y quedarse con el ordinario si tal fuera su preferencia;

Decimosexto:     Disponer que la documentación tendrá como símbolo la bandera del 10 de octubre de 1868;

 

DISPOSICIONES FINALES

Decimoséptimo:                    Notifíquese a la Presidenta del Tribunal Municipal Popular de San Miguel el Padrón para su imposición a cuantos sea necesario o conveniente para que se cumpla;

Decimoctavo:     Publíquese en el blog La Nueva Patria, http://lanuevapatria.blogspot.com para general conocimiento. 

   

 

Y, a las 14 horas y 42 minuto del día 22 del mes de noviembre de 2020,  al día siguiente del aniversario 62 de la Batalla de Guisa, en 1958, para que así conste en La Habana, Cuba y en el Estado de Israel, en los 33 Estados donde ganó el Partido Republicano las elecciones del 8 de noviembre de 2016, en la Sede de las Naciones Unidas en Nueva York, EE.UU., en Moscú, Rusia, en Paris, Francia, en Londres, Reino Unido y en Beijing, China. en San Juan, Puerto Rico, en los otros 16 Estados de EE.UU. donde ganó el Partido Demócrata las elecciones del 8 de noviembre de 2016, en la Florida, que quedó engarzada con La Habana mediante el Tornado del 27 de enero de 2019, en Barcelona, Cataluña, en los otros 32 países de la Comunidad de Estados Latinoamérica y el Caribe (CELAC) en los otros países miembros de la Organización del Tratado del Atlántico Norte (OTAN), en Bruselas, capital de la Unión Europea, en Moscó, capital de la Federación de Rusia, así como en la sede mundial de los Testigos de Jehová en Nueva York, en nombre de Yave de los Ejércitos: ¡LO FIRMO, LO MANDO y LO ORDENO!

 

 

Andrés Amian Gómez Soria

CI 71022325625

Jefe Espiritual de Estados (Jefe de Estado)

Reino Espiritual de Yave

(Estado teocrático con territorio soberano en la Base Naval de Guantánamo)

Comments

Popular posts from this blog

Resolución No. 4/2015 -- Compensación por Derecho de Autor sobre el diálogo político UE-Cuba y EE.UU.-Cuba logrado en el año 2014

JEdE denuncia ante Putin y la UE conspiración para vender y violar a la Reina Heizel de La Caridad, secuestrada desde 2018

A: Programa de Refugiados - Solicitud de reapertura de caso CU225716