Criticarían a Raúl Castro por no haber escrito La Historia Me Absolverá siendo quien ocupó el Palacio de Justicia en 1953

Criticarían a Raúl Castro por no haber escrito La Historia Me Absolverá siendo quien ocupó el Palacio de Justicia en 1953

La Habana, 2 de diciembre de 2020 (Día de las FAR, 15:25). Humberto López, periodista jurídico, anfitrión de Hacemos Cuba, presemtó ayer videos de los perfiles de Facebook u otras redes sociales de artistas del Movimiento de San Isidro, para que el Pueblo los conozca y evalúe si realmente son dignos de ser seguidos como líderes sociales. Andrés Amian Gómez, quien reclama la autoría intelectual de los contenidos de Alto Arte PBAJ/RSI mostrados en escena por el Movimiento de San Isidro, compara el echo a que Raúl Castro hubiera sido emplazado para defender a los asaltantes del 26 de julio de 1953, o que el Movimiento Deportivo Cubano sea juzgado por las declaraciones que hizo Teófilo Stevenson sobre la importancia de la técica en el Boxeo, cuando dijo: “La técnica es la técnica, y sin técnica  no hay técnica.”

“López ha violado los principios de del periodismo internacional: imparcialidad, justicia, consentimiento informado para obtener declaraciones y ha violado la Declación Universal de los Derechos Humanos al afectar a la victima en los derechos a un buen nombre, derecho a un juicio justo por una autoridad imparcial, derecho a un recurso de defensa efectivo.” Asegura Gómez, Presidente de la Sala Independiente de Derechos Humanos y Asuntos Religiosos adscripta al Tribunal Municipal Popular de San Miguel del Padrón.

“Por lo tanto, dispongo que al sancionado se le debe otorgar una licencia extrapenal para que pueda hacer uso del derecho de réplica, o de lo contrario, dispondré la suspensión de todas las cuentas de Humberto López en la Redes Sociales de Internet.” Sentencia el JEdE.
Cuando se presenta al público    

Gómez resalta que Humberto López presntó a Carlos Fernández de Cosío el lunes 30 de noviembre para que explicase una declaración oficial redactada para ser publicada en el periódico Granma. Fernández, sabía que iba a ser entrevistado por la televisión nacional y tuvo tiempo para prepararse psicológicamente y buscar las palabras más adecuadas para la ocación. Fernández sabía que López era un periodista y que tomaría sus declaraciones para su línea de trabajo, el periodismo jurídico.

Por el contrario, el martes 1 de diciembre, López presentó en el mismo espacio declaraciones de miembros del Movimiento de San Isidro. Declaraciones que no fueron hechas para ser transmitidas por televisión, y sin que sus autores supieran que se les iba a dar ese uso.

Esto constituye una violación de los principios de justicia e imparcialidad del periodismo internacional.

Aunque estos no sean principios del periodismo cubano, sí son suficientes para que sean sancionados en la comunidad periodística internacional cerrando sus cuentas de Redes Sociales.

Además, el convenio que López tiene con Facebook, no ha de incluir, creo yo, licencias para tomar materiales de esa red y compartirlos en la televisión nacional de la República de Cuba co fines políticos, lo cual viola las políticas de privacidad y los términos de uso,  de Facebiij ya que López ha afectado a otros usuarios de esa red social al exceder el límite de sus derechos y afectar el buen nombre de otros usuarios de la misma red.

La punidad a López por este ejercicio arbitrario de derecho, es coherente con el artículo 45 de la Constitución de 2019 de la República de Cuba, alegado por él mismo en el día de ayer, que plantea que los derechos de un ciudadanos quedan limitados por los derechos de los demás ciudadanos.

En la película “La Bella del Alambra” se ilustró este fenómeno cuando al personaje de Rechel, que era la cantante estrella del momento le hicieron una entrevista y al preguntarle qué pa’s le gustaría visitar respondió: ‘… Francia… o mejor Paris.’

El hecho de que un actor no tenga toda la cultura para explicar coherentemente el contenido de su personaje –además en la publicación desleal de una grabación para compartir en otro medio- no le resta tanto valor al artista novel como al periodista experimentado.

En el Asalto al Cuartel Moncada, el 26 de julio de 1953, Fidel Castro no disparó un solo tiro, en su lugar Raúl Castro ocupó el Palacio de Justicia.

Sin embargo, en el juicio, fue Fidel y no Raúl quien asumió la defensa, o solo de él mismo, sino de todo el grupo.

“Vamos a ver si López dice ahora que soy una persona utilizada por el Gobierno de los EE.UU. o si tiene la honestidad de explicar públicamente que ha sido sancionado moralmente por un juez independiente residente en La Habana y decir mi nombre, además.” Concluye el JEdE.

 Andrés Amian Gómez compara la actitud de Humberto López a haberle pedido a Raúl Castro que asumiera la defensa de los asaltantes del Moncada mediante gravacones ocultas hechas en la prisión política mientras esperaban el juicio. Exige la licencia extrapenal para los sancionados del Movimiento de San Isidro, so pena de formalizar sanción contra él al cierre de sus cuentas en las Redes Sociales de Internet. Y reitera su responsabilidad intelectual con los performances mediante los cuales el Movimiento de San Isidro ha puesto en escena temas que él ha traído a debate en las listas de distribución de correo electrónico y luego en las Redes Sociales de Internet desde 1999.

Reportó: Ciro Pedro A de Posse Y León. Vocero del JEdE. Reino Espiritual de Yave (REY/SKY) parar el Blog: La Nueva Patria. http://lanuevapatria.blogspot.com Find Blog Andrés Amian

 

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