A: Dr. Hubert Minnis - Solicitud de detención de desertor cubano Alberto Dávila
Reino Espiritual de Yave
Oficina del Jefe Espiritual de Estados
La Habana, 10 de marzo de 2020
“Año IV de Efraín en el Poder”
A: Dr.
Hubert Minnis
Primer Ministro
de Bahamas
@minnis_dr
@hubert_minnis
Asunto: Solicitud de detención
de desertor cubano Alberto Dávila
Querido Hermano Dr. Minnis,
¡Yave les bendiga y te guarde a ti y a tu
Pueblo!
Por este medio te
ruego que dispongas la detención de Luis Alberto Rodriguez Dávila, de 55 años
que viajó de La Habana a Nassau el 26 de febrero de 2020 con sisa de turista y
fecha de regreso para el 26 de marzo.
Este hombre es
baja de la Marina de Guerra cubana y por lo tanto miembro de la Reserva Militar
del país, sin embargo ha incurrido en actos de resistencia al Reclutamiento y
otros delitos comunes.
Un informe de inteligencia
recibido anoche me indica que está pensando perpetuar un atentado contra mi
persona por su inconformidad con el decomiso de su apartamento en La Habana
Vieja dispuesto por mi mediante la Resolución 101/2020 del 5 de marzo.
Según comunicación
cifrada el presidente de la República de Cuba, Miguel Díaz-Canel está dispuesto
a proceder a la detención de Dávila a su reingreso al país pero prefiere que no
reingrese.
La posición de Díaz-Canel es consecuente pero sabia.
En efecto, Dávila es usuario de los servicios de Internet de
la Embajada de EE.UU., por lo tanto su detención en Cuba podría interpretase
como una represalia del Gobierno de Manuel Marreo Cruz, por ser Dávila un
disidente, pero en realidad responde a asuntos internos del Reino Espiritual de
Yave.
Ya en 2017 mi detención como parte de las luchas políticas
internas del Reino Espiritual de Yave, generó fueres sanciones diplomáticas de
EE.UU. a la República de Cuba, en el caso que se conoció como los “Ataques
Auditivos” a agentes Diplomáticos de EE.UU. en Cuba.
Así que le ruego que me permita exponer ante usted mis
denuncias contra Dávila, para ver si es aceptable para las autoridades de
Bahamas su detención, y eventual procesamiento.
En caso negativo tendré que recurrir a mi madre adoptiva la
reina S.A.R. Elizabeth II, al Senador Patrick Leahy, el presidente Donald
Trump, o los Gobiernos de Canadá, Suecia o Noruega a ver quién me quiere
auxiliar en este caso.
CULPABLE ANTE LA LEY CUBANA
Ante la Ley cubana, el decomiso del apartamento es
procedente serán el Decreto-Ley 232 que dispone el encausamiento de los bienes
obtenidos mediante la comisión de delitos previstos por la ley, es un caso de
enriquecimiento ilícito mediante la realización de actividad económica ilícita
(brindar servicios de guía turístico a bahamenses -sin licencia parar ello- que
venía a Cuba para verlo a él) y proxenetismo (al coordinar servicios sexuales
ocasionales de prostitutas cubanas para varios de los bahamenses a los que él
atendía en Cuba.)
Pero por las razones explicadas antes, en mi entrevista con
la Abogada Juanita, Especialista de Atención a los Asuntos Religiosos del Comité Municipal del Partido Comunist de
Cuba, ni lo expusimos en el testo de la Resolución 101/2020, porque le hemos
estado dando la a oportunidad de que se arrepienta y cambie su estilo de vida y
se subordine.
Pero anoche se me informó que la misericordia que se le ha
estado mostrando, solo ha dado como resultado la ventaja competitiva para la
perversidad.
Teniendo en cuenta el antecedente de que la Resolución
34/2018 promulgada por quien suscribe, dispuso sendad multas de $2’000/00 CUC a
Sonia Garro, por ofender a qien suscribe diciendo que tenía la boca muy sucia
de decir que ella me debía y por negarse a concurrir ante un juez federal de
los EE.UU. para que determine si ella debía o no acatar el Decreto 2/2014 y la
Resolución 3/2014 ambaos del 27 de diciembre y publicados el 3 de enero de 2015
en el blog La Nueva Patria (http://lanuevapatria.blogspot.com)
Solicito al Gobierno de Bahamas la Detención de Alberto
Rodriguez Dávila y su emplazamiento a pagar una multa de $1’000/00 USD por la
violación de las regulaciones migratorias
del Reino Espiritual de Yave, al haber viajado si la Certificación de Solicitu
de Pasaporte del Estado teocrático cubano.
Tal vez ante esta multa el acepte recibir un préstamo mío
por 1200 en PayPal.com y se de cuenta que la posibilidad de trabajar como
representante del Reino Espiritual de Yave es real.
Si acepta pagar, al ser emplazado por la autoridades de
Bahamas, el dinero debe ser enviado a la tarjeta No. 9560 0290 0023 3363 a
través del sitio www.aisremesascuba.com
o www.cubamax.com. Las autoridades de Bahamas pueden agregar lo que corresponda
según su legislación para cubrir sus propios gastos de estos servicios.
La idea es forzarlo a que tenga que pedir un préstamo
bancario, y luego tenga que recurrir a mi propio financiamiento en PayPal.bom
para que constate la realidad de estas opciones y despierte del apego a lo que
él conoce hata ahora.
En caso de que se niegue a pagar la multa de mil USD, será
necesario avanzar en la formación de presuntos cargo ante la ley de Bahamas.
Acepte, por favor la expresión de mi consideración,
Lázaro I
Maximiliano
(Lic. Andres
Amian Gómez Soria)
CI
71022325625
Jefe
Espiritual de Estados del Reino Espiritual de Yave
Comments
Post a Comment