Resolución 103/2020 - Sentencia de divorcio entre Andrés Amian Gómez Soria y Heizel de la Caridad Guerra Hernández.
Reino Espiritual de Yave
Oficina del Jefe Espiritual de Estados
Juez Internacional Residente en Cuba
2003
La
Virgen de la Cariad
Encarna,
En
cumplimiento de la profecía que había hecho en 2002 diciendo:
“Voy a
decirte un secreto.
Cuando
sea grande, me casaré contigo.
¡Pero
solo contigo!”
Resolución
103/2020
Sentencia
de divorcio entre Andrés Amian Gómez Soria y Heizel de la Caridad Guerra
Hernández.
JEdE ANDRES AMIAN GÓMEZ SORIA
Jefe Espiritual de Estados del
Reino Espiritual de Yave
CONCURRO MEDIANTE EL PRESENTE
ESCRITO Y DIGO:
Resolución
103/2020
Sentencia
de divorcio entre Andrés Amian Gómez Soria y Heizel de la Caridad Guerra
Hernández.
POR CUANTO (1):
La Biblia registra que la reina Vasti no concurrió ante su esposo el
rey Asuero, y esto fue suficiente parar que fuera destituida y se convocara a
todas las vírgenes para que alguna otra ocupara su lugar, según Ester 1:10-2:6;
POR CUANTO (2):
La Resolución 14/2016 del 8 de agosto, reconoció a la princesa Eugenie
de York, el derecho a ser reina consorte del Reino Espiritual de Yave y le
concedió 2 meses para que reclamara ese derecho o la corona británica
presentara a otra princesa en su lugar;
POR CUANTO (3):
Llegado el 9 de octubre de 2016 ni la princesa Eugenie de York ni
ninguna otra princesa designada en su lugar se había presentado ante quien
suscribe para reclamar el derecho que le concedía la Resolución 14/2016;
POR CUANTO (4):
Se procedió a consultar a las familias de varias vírgenes que estaban
en el radio de acción de quien suscribe sobre su posible interés en heredar el
derecho a ser Reina Consorte del Reino Espiritual de Yave;
POR CUANTO (5):
Margarita del Pilar Hernández López, reclamó para su hija Heizel de la
Caridad Guerra Hernández, el derecho a ser reconocida Princesa, y poder llegar
a ser Reina Consorte del Estado teocrático cubano y latinoamericano;
POR CUANTO (6):
Desde noviembre de 2016 hasta el 28 de enero de 2017 según el reporte
de su padrastro Julio Antonio Rodríguez González, cada vez que quien suscribe
llegaba a su casa, Heizel exigía ser ella, y nadie más, quien le abriera la
puerta y lo recibiera;
POR CUANTO (7):
El 11 de febrero de 2017 Margarita del Pilar Hernández López, elogío
el Estado teocrático y sus potencialidades para general recursos económicos y
pidió a quien suscribe que hiciera una proposición de matrimonio sin
consumación, que implicara un beneficio económico para la familia;
POR CUANTO (8):
El 12 de febrero de 2017 quien suscribe hizo una proposición de
matrimonio respecto a Heizel de la Caridad Guerra Hernández, que no se
consumaría hasta después de que ella cumpliera los 15 años;
POR CUANTO (9):
El padrastro de Heizel quiso que ella escuchara la propsición y pidió
un tiempo para preparar una reunión familiar y entonces pidió a quien suscribe
que explicara delante de Heizel la proposición;
POR CUANTO (10):
Después de expuesta la proposición de matrimonio sin consumación hasta
depues de los 15 años, el padrastro preguntó a Heizel si deseaba firmar los
papeles de ese matrimonio y Heizel dijo que sí;
POR CUANTO (11):
El 16 de febrero de 2017 el padrastro se negó a la comunicación de
quien suscribe con Heizel;
POR CUANTO (12):
El 20 de febrero Rosabel Restrada Hernández acusó a quien suscreibe de
asoso sexual a su hermana menor;
POR CUANTO (13):
Quien suscribe cumplió un año de prisión por este caso;
POR CUANTO (14):
En conversación telefónica con Tania Luisa Gómez Soria, Rosabel plateó
que ella no reconocía la validez del matrimonio establecido entre quien
suscribe y su hermana menor;
POR CUANTO (15):
Al consultar a la Abogada María de la Luz, del Bufete Colectivo de
Playa, sobre la posibilidad de establecer una demanda por la tutela de Heizel,
POR TANTO: En uso de las
facultades que me están conferidas promulgo la:
Resolución
103/2020
Sentencia
de divorcio entre Andrés Amian Gómez Soria y Heizel de la Caridad Guerra
Hernández.
Primero:
Conceder a Rosabel Restrada Hernández, el divorcio de su hermana menor
Heizel de la Caridad Guerra Hernández, respecto a quien suscribe, Andrés Amian
Gómez Soria;
Segundo:
Disponer que contra esta Resolución 103/2020 puede establecer recurso
la menor Heizel de la Caridad Guerra Hernández, de 16 años, si es su voluntad,
mediante la presentación personal explícita y evidente, ante quien suscribe,
como ella hacía en casa de su padrastro cito en calle 2da Edif. 69 Apto. 6,
entre D y E, Reparto Californi, San Miguel del Padrón, cuando quien suscribe
visitaba a su padrastro, entre noviembre de 2016 y enero de 2017, ocasión en
que se estableció el noviazgo entre ellos;
Tercero:
Notificar a Ramón Rodríguez, Especialista de Atención a los Asuntos
Religiosos del Comité Municipal del Partido Comunista de Cuba en el municipio
Playa;
Cuarto:
Publíquese para general conocimiento en el Blig La Nueva Patria (http://lanuevapatria.blogspot.com)
y publicítese desde la cuenta @Sol2012CUBA en Twitter.
Y, a las 09 horas
y 50 minuto del día 22 del mes de marzo de 2020, para que así conste en La Habana, Cuba, en San
Juan, Puerto Rico, en los 17 Estados de EE.UU. donde ganó el Partido Demócrata
las elecciones del 8 de noviembre de 2016, en la Florida, que quedó engarzada
con La Habana mediante el Tornado del 27 de enero de 2019, en Barcelona,
Cataluña, en los otros 32 países de la Comunidad de Estados Latinoamérica y el
Caribe (CELAC) en los otros países miembros de la Organización del Tratado del
Atlántico Norte (OTAN), en Bruselas, capital de la Unión Europea, en Moscó, capital
de la Federación de Rusia, así como en la sede mundial de los Testigos de
Jehová en Nueva York, en nombre de Yave de los Ejércitos: ¡LO FIRMO, LO MANDO y
LO ORDENO!
JEdE Lázaro I Maximiliano
(Andrés
Amian Gómez Soria)
CI
71022325625
Obispo de la Iglesia Metodista
en Cuba
Jefe
Espiritual de Estados del Reino Espiritual de Yave
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