Resolución 96/2020 - Acuerdo Político para la Unidad de América



Reino Espiritual de Yave
Oficina del Jefe Espiritual de Estados
Juez Internacional Residente en Cuba

1996
La ley Helms-Burton establece que
Para el levantamiento del Embargo a Cuba
Debe establecerse una Comisión Conjunta
entre el Congreso de EE.U. y el Gobierno de Transición en Cuba.


Resolución 96/2020
Acuerdo Político para la Unidad de América

ANDRES AMIAN GÖMEZ SORIA
Jefe Espiritual de Estados del Reino Espiritual de Yave
Presidente Interino de la República de Cuba

CONCURRO MEDIANTE EL PRESENTE ESCRITO Y DIGO:

Resolución 96/2020
Acuerdo Político para la Unidad de América

1996
ARGUMENTOS DE DERECHO PARA INTERFERIR EN EL JUICIO POLÍTICO A DONALD TRUMP
POR CUANTO (1):                 La ley Helms-Burton (1996) establece que para el levantamiento del Embargo a Cuba debe establecerse una Comisión Conjunta entre el Congreso de EE.U. y el Gobierno de Transición en Cuba;

LEGITIMIDAD COMO PRESIDENTE DEL GOBIERNO DE TRANSICIÓN EN CUBA
POR CUANTO (2):                 Quién suscribe fue aprobado el 27 de febrero de 2004 por la Facultad e Asuntos Internacionales de la Universidad de Florida del Sur para desarrollar un rpoyecto de transición negociada en Cuba hacia un Democracia Social-Cristiana;
POR CUANTO (3):                 El 18 de diciembre de 2010 el General de Ejércitos Raúl Castro Ruz, elevó al rango de “Lo Acordado” el proyecto de transición propuesto por quien suscribe hasta ese momento;
POR CUANTO (4):                 El 10 de enero de 2011 quien suscribe proclamó el Gobierno de Transición en la Isla de Cuba y la Constitución Interina del Estado teocrático;

RECONOCIMIENTO POR PARTE DEL GOBIERNO DE EE.UU. DEL GOBIERNO DE TRANSICIÓN EN CUBA
POR CUANTO (5):                 El 14 de enero de 2011 el presidente Barack Obama anunció la autorización de los viajes de intercambio Pueblo a Pueblo para el derarrode de la Sociedad Civil en Cuba;
POR CUANTO (6):                 El 17 de diciembre de 2014 el presidente Barack Obama envió a Cuba tres sancionados que guardaban prisión en cárceles federales de los EE.UU., en atención y reconocimiento de la autoridad como juez internacional residente en Cuba de quien suscribe;
POR CUANTO (7):                 El presidente Donald Trump envió a buscar al pastor Francisco Arrebato de la Iglesia Adventista del Valero a partir de la denuncia de quien suscribe –publicada el 27 de abril de 2017- por irregularidades respecto al reclutamiento de menores que había detectado en la Iglesia Adventista del Valero;
POR CUANTO (8):                 En 2017 cuando el presidente de EE.UU. Donald Trump prohibió los vuelos directos entre EE.UU. y Cuba quien suscribe, inspirado por una revelación de Dios, le envió una carta desde la prisión política en la Unidad Militar 1589, pidiéndole establecer un pacto con el Vicealmirante Julio Cesar Gandarilla Bermejo, ex jefe de la Marina de Guerra Revolucionaria, y se procedió a establecer el convenio para el arribo de Cruceros a Cuba;
POR CUANTO (9):                 El 24 de diciembre de 2019 quien suscribe  propuso al presidente Donald Trump retomar el diálogo político a través de la plataforma de la red sciail Twitter y restablecer los intercambios pueblo a pueblo con la Iglesia Metodista de Mariano;
POR CUANTO (10):             El 12 de enero de 2020 llegó a la Iglesia Metodista de Mariano un grupo de pastores de EE.UU. que trajeron ayuda humanitaria restableciendo así el intercambio pueblo a pueblo EE.UU.-Cuba;

ANTECEDENTES HISTÓRICOS SOBRE ENTREGA DE ARMAS Y RIESGOS A LA SEGURIDAD NACIONAL DE EE.UU.
POR CUANTO (11):             Los esposos Rosemberg fueron condenados a la pena máxima por haber entregado a la URSS información crítica que permitió a Rusia desarrollar el arma nuclear y luego usarla para amenazar a los EE.UU.;
POR CUANTO (12):             Las armas entregadas por EE.UU. al Gobierno de Fulgencio Batista en 1958, tras su abandono del país el 31 de dieimbre de ese mismo año, cayeron en manos de Fidel Castro y fueron utilizadas en abril de 1961 para neutralizar la expedición a Bahía de Cochinos de la brigada que tenía la misión de establecer en Cuba al presidente constitucional Dr. Andrés Rivero;
POR CUANTO (13):             Al no haberse instaurado en Cuba el presidente Constitución que así lo solicitara a través de la OEA, el presidente John F. Kenedy, no pudo intervenir militarmente para liberar al pueblo cubano de la ocupación pro-soviética y esto facilitó que la URSS ubicara en Cuba durante 1962 cohetes con capacidad nuclear para atacar a los EE.UU.  

ANTECEDENTES RUSISTAS DE UCRANIA LA CONFERÍAN EN UNA NACIÓN DE RIESGO
POR CUANTO (14):             Ucrania fue parte de la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas hasta 1991;
POR CUANTO (15):             Ucrania –siendo ya una república independiente de Rusia- tuvo un Gobierno pro-ruso hasta 2013;
POR CUANTO (16):             Los territorios de Donest y Lugans, se independizaron de Ucrania y solicitaron su anexión a la Federación de Rusia;

LOS ANTECEDENTES HISTÓRICOS PREJUICIABAN RESPECTO A LA ENTREGA DE ARMAS A UCRANIA
POR CUANTO (17):             Existían grandes riesgos de que el armamento militar entregado por EE.UU. a Ucrania pudiera terminar en manos de los ingenieros rusos, y sirviera para aprovecharse del resultado de años de investigaciones y desarrollos de los científicos e ingenieros militares estadounidenses;
POR CUANTO (18):             Era necesario evaluar al menos un nievel mínimo de lealtad a los EE.UU. por parte del Gobierno de Ucrania, antes de entregarle el armamento solicitado;
POR CUANTO (19):             Dada la presencia empresarial de la familia Biden en Ucrania, y dada la representatividad del Presidente de los EE.UU. respecto a toda la nación, resultó lógico pedirle al presidente de Ucrania una demostración de lealtad antes de entregarle el armamento solicitado;
POR CUANTO (20):             Por la condición de candidato presidencial por el Partido Demócrata de Joe Biden, de la prueba de lealtad que necesariamente había que pedirle al Gobierno de Ucrania, fue considerada como una posible violación a la constitución de los EE,UU., pero en realidad, no pase de ser tal vez, un error técnico circunstancialmente condicionado,  

POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas promulgo la:

Resolución 96/2020
Acuerdo Político para la Unidad de América

Primero:                    Dar gloria y honra a Yave de los ejércitos, el Dios de Israel, porque tal cual él dijo a quien suscribe después de haber profetizado a los huesos secos en el Cementerio Judío de Guanabacoa, en La Habana, a inicios de la nominación Demócrata en 2016, Él ha puesto en manos de quien suscribe –a pesar de ser un mendigo- la presidencia de los EE.UU., al poder zanjar la cuestión sobre la permanencia o no de Donald Trump en el cargo;
Segundo:                  Reconocer que Donald Trump no puso en riesgo la securidad nacional de los EE.UU., al retener la ayuda militar al Gobierno de Ucrania, hasta que este demostrara lealtad a los EE.UU., sino que actuó precisamente en defensa del interés nacional de EE.UU. y previendo riesgos potenciales para la Seguriad de los EE.UU. según la historia ha demostrado;
Tercero:                     Clasificar de lamentable efecto colateral no deseado, el haber puesto potencialmente en riesgo la aspiración del ex vicepresidente Joe Biden a la presidencia de los EE.UU.;
Cuarto:                        Conceder sobreseimiento total y libre a Donald Trump respecto a los cargos que se le imputan por parte de la Cámara de Representantes de EE.UU., presidida por la Honorable Nancy Pelosi;
Quinto:                        Disponer medidas de compensación política a favor del candidato presidencial Joe Biden, que no implican sanciones políticas, judiciales ni penales al presidente Donald Trump;
Sexto:    Prohibir a Donald Trump escribir en su cuenta de Twitter por 72 horas a partir del momento que se acuerde por ambas partes;
Séptimo:                   Reconocer a Joe Biden el derecho a enviar mensajes en Twitter directamente a la cuenta @realDonladTrump, del presidente Donald Trump, durante las 72 horas en las cuales el Presidente no la usará, lo cual le convertirá potencialmente en centro de la atención de los seguidores del Presidente durante ese tiempo;
Octavo:                       Exhortar al ex vicepresidente Joe Biden a en sus primeros cuatro mensajes expresar las siguientes ideas:
a)      Como cristiano concede su perdón a Donald Trump por tlo sucedido;
b)      Agradece a Yave de los ejércitos, Dios de Israel, que este incidente no aya llegado a provocarle daño y que por el contrario haya contribuido a promorcionarlo como candidato presidencial;
c)       Confía en que el Pueblo de los EE.UU. será un canal propicio del Espíritu Santo para que Yave de los ejércitos, Dios de Israel, manifieste quién Él quiere que sea el presidente de los EE.UU. en el próximo periodo presidencial;
d)      Le pide a Yave de los ejércitos, Dios de Israel, que bendiga lo que resta de este periodo presidencial del presidente Trump;
Noveno:                    Reconocer al candidato presidencial Joe Biden, el derecho a abordar libremente los temas de su preferencia durante el resto de las 72 horas concedidas por esta resolución;
Décimo:                      Disponer que en caso de que el candidato presidencial Joe Biden acepte bendecir el resto del mandato presidencial de Donald Trump, el presidente pagará a Biden el diezmo de su salario como Presidente correspondiente al periodo que resta;
Undécimo:             Las funciones y los derechos de Donald Trump como presidente de los EE.UU; permanecem intactos;
Duodécimo:          En caso de que el presidente Donald Trump acepte esta Resolución 96/2020 nominar a Donald Trump para el Premio Nobel de la Paz;
Decimotercero:                       Esta Resolución 96/2020 entrará en vigor si es ratificada por la Fiscalía Demócrata y por la Defensa Republicana actuantes en el Juicio Político contra el presidente Donald Trump, y cuando las partes así lo acuerden;
Decimocuarto:  Publíquese para general conocimiento en el Blig La Nueva Patria (http://lanuevapatria.blogspot.com) y publicítese desde la cuenta @Sol2012CUBA en Twitter.

 
Y, a las 14 horas y 13 minuto del día 22 del mes de enero de 2020,  para que así conste en La Habana, Cuba y en Washington, EE.UU., en San Juan, Puerto Rico, en los otros 16 Estados de EE.UU. donde ganó el Partido Demócrata las elecciones del 8 de noviembre de 2016, en la Florida, que quedó engarada con La Habana mediante el Tornado del 27 de enero de 2019, en Barcelona, Cataluña, en los otros 32 países de la Comunidad de Estados Latinoamérica y el Caribe (CELAC) en los otros países miembros de la Organización del Tratado del Atlántico Norte (OTAN), en Bruselas, capital de la Unión Europea, en Moscó, capital de la Federación de Rusia, así como en la sede mundial de los Testigos de Jehová en Nueva York, en nombre de Yave de los Ejércitos: ¡LO FIRMO, LO MANDO y LO ORDENO!


JEdE Lázaro I Maximiliano
(Andrés Amian Gómez Soria)
CI 71022325625
Obispo de la Iglesia Metodista en Cuba
Jefe Espiritual de Estados del Reino Espiritual de Yave
Presidente Interino de la República de Cuba

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