Resolución 65/2019 - Pacto Político-Familiar con el Senador Demócrata Patrick Leahy



Reino Espiritual de Yave
Oficina del Jefe Espiritual de Estados “Lázaro I Maximiliano”
´En aquel tiempo, será enviado un regalo
a Yave de una nación inspiradora
de temor por todas partes…´
Isaías 17:7
Resolución 65/2019
Pacto Político-Familiar con el Senador Demócrata Patrick Leahy
Lázaro I Maximiliano (ANDRES AMIAN GÓMEZ SORIA),
Hijo de Yave de los ejercitos, Dios de las Tribus perdidas de Israel;
Comandante en Jefe de la Revolución Parlamentaria Cristiana según el Decreto 3/2016 “Protesta Parlamentaria Cristiana” firmado el 14 de marzo y presentado al Consejo de Estado de la República de Cuba el 15 de marzo en Conmemoración de la “Protesta de Baraguá” protagonizada en 1878 por el Lugar Teniente General del Ejército Libertador Antonio Maceo;
Enunciado Soberano sobre el territorio de la Base Naval de Guantánamo mediante la Resolución 14/2016 del 8 de agosto;
CONCURRO MEDIANTE EL PRESENTE ESCRITO ante el Parlamento del Reino de Noruega, ante el Parlamento Europep y ante las tres facciones parlamentarias del Reino Espiritual de Yave Y DIGO:
Resolución 65/2019
Pacto Político-Familiar con el Senador Demócrata Patrick Leahy

POR  CUANTO (1):   El 12 de febrero de 2017 quién suscribe solicitó, en el municipio de San Miguel del Patrón, a Julio Antonio Rodríguez González la mano de su hijastra de 13 años en compromiso de matrimonio, por las razones y con los objetivos que hubiese tenido;
POR  CUANTO (2):   El 23 de mayo de 2017 quién suscribe negó ante el Tribunal Municipal Popular (TMP) del municipio Playa, La Habana, que hubiese tenido la intensión de contraer matrimonio con la mejor y explicó cuáles habían sido sus motivaciones y  objetivos para plantear eso al padrastro;
POR  CUANTO (3):   El TMP de Playa condenó a quién suscribe a 1 año de privación de libertad por el presunto delito de ultraje sexual;
POR  CUANTO (4):   El análisis de los procedimientos utilizados arrojaron el criterio de que se había violado artículos de la Ley de Procedimiento Penal, entre ellos:
1.)    La realización de un juicio en un tribunal que no es competente para juzgar los hechos acaecidos en el municipio Playa;
2.)    La no tipicidad en el código penal cubano de la proposición de matrimonio a los padres respecto a una mejor de edad como delito;
3.)    La no presentación de petición fiscal previa al juicio;
4.)    La ausencia en el juicio tanto de abogado defensor como de fiscal que represente la legislación;
POR  CUANTO (5):   Estando en la prisión “Valle Grande” quien suscribe declaró que sí tenía interés romántico en la menor, sin que este hubiese sido el móvil desencadenante de la proposición de matrimonio tal cual se había dado;
POR  CUANTO (6):   El 3 de agosto de 2017 quien suscribe se entrevistó con el Director de la Prisión “Valle Grande” quién le concedió atención después de múltiples cartas y protestas realizadas por quien suscribe que se declaraba secuestrado en violación del derecho internacional;  
POR  CUANTO (7):   El 11 de agosto de 2017 quién suscribe fue enviado a una prisión de menor rigor;
POR  CUANTO (8):   El domingo 13 de agosto de 2017 quién suscribe llamó al servicio del Departamento de Estado en Washington de asistencia a ciudadanos estadounidenses y reportó que se encontraba secuestrado en el Centro Penitenciario conocido como Campamento “El Chico”;
POR  CUANTO (9):   El 14 de agosto de 2017 quien suscribe llamó al servicio de atención a ciudadanos estadounidenses de la Embajada de EE.UU. en La Habana y se reportó como secuestrado;
POR  CUANTO (10):                       El 16 de agosto de 2017 quién suscribe abandonó el Centro “El Chico” alegando que como juez, solo le debía obediencia a la ley y no podía obedecer el mandato militar ilegal por el cual lo tenían retenido;
POR  CUANTO (11):                       El 21 de agosto de 2017 quien suscribe fue detenido y acusado de “Evasión de detenido o preso” siendo sometido a Prisión Preventiva por la nueva acusación;
POR  CUANTO (12):                       El 3 y el 4 de septiembre de 2017, llevando 13 días incomunicado, quien suscribe profetizó diciendo: “Por tenerme preso a mi, tendrán 600 millones de pérdidas por afectaciones al turismo este año y 1200 millones el año próximo.”;
POR  CUANTO (13):                       El 4 de septiembre de 2017 fue trasladado a la prisión 1580;
POR  CUANTO (14):                       Fueron testigos de esta profecía el recluso Luis, el detenido chapistero que vivía por Camaguey y Boyeros, la instructora Tte María Cristina de la Unidad de la Policía de Boyeros y la jefa de Colectivo 12 del depósito de la 1580 Subteniendte Yanela;
POR  CUANTO (15):                       El viernes 8 de septiembre de 2017 entró al país el huracán Irma que recorrió longitudinalmente toda la cayería norte del país, donde están las mayores inversiones turísticas. El 21 de diciembre de 2017 el General de Ejército Raúl Castro informó que el huracán Irma había provocado daños por 1300 millones de dólares;
POR  CUANTO (16):                       Estando quien suscribe guardando prisión políticamente motivada en el Centro Penitenciario 1580 en el municipio de San Miguel del Padrón, quien suscribe escribió al presidente de EE.UU. Donald Trump alegando que esperaba ser rescatado del secuestro en el que se encontraba ya que consideraba que había brindado servicios como Embajador Interino en Funciones de los EE.UU. en Cuba desde la apertura de la Embajada el 20 de agosto de 2015, sin que fuera nombrado otro Embajador de EE.UU.  en Cuba;
POR  CUANTO (17):                       El 18 de febrero de 2018 el senador Patrick Leahy viajó a Cuba con una delegación bipartidista y alegó que sentía confianza en Cuba, que deseaba retomar el diálogo político;
POR  CUANTO (18):                       El 22 de febrero de 2018, Patrick Leahy declaró para la prensa cubana que había viajado con su esposa y con su nieta de 13 años lo cual demostraba que sentía confianza en Cuba;
POR  CUANTO (19):                       El 23 de febrero fue el cumpleaños de quien suscribe;
POR  CUANTO (20):                       Al escuchar las declaraciones del senador Patrick Leahy quién suscribe declaró que la nieta de Patrick Leahy es aceptable como princesa de los EE.UU.;
POR  CUANTO (21):                       En mayo de 2018, quien suscribe había sido amenazado con ser sancionado nuevamente por “Índice de Peligrosidad”, por “Lesiones” provocadas a otros presos durante la defensa de su integridad personal, por “Evasión” durante prisión o detención y por “Conspiración contra la integralidad territorial del Estado cubano”. Entonces el 15 de mayo de 2018 Federica Mogherini entregó al canciller cubano Bruno Rodriguez Parrilla una donación de 18 millones de Euros y ¡miren! El 23 de mayo quien suscribe fue liberado sin que se le imputaran nuevos cargos;
 
POR TANTO: Cumpliendo con una deuda de honor y gratitud promulgo la:

Resolución 65/2019
Pacto Político-Familiar con el Senador Demócrata Patrick Leahy
ACCIÓN DE GRACIAS A PATRICK LEZHY

Primero:                    Conferir a Patrick Leahy la ciudadanía del Reino Espiritual de Yave por nacimiento;
Segundo:                  Conferir a Patrick Leahy la Distinción Honorífica “Caballero del Santo Espíritu”;
Tercero:                     Nominar ante el Comité Nobel Noruego al senador Patrick Leahy para el Premio Nobel de La Paz;

HONRA A LA NIETA DE PATRICK LEAHY
Cuarto:                        Conferir a la nieta de Patrick Leahy que a la edad de 13 años viajó con su abuelo a La Habana, dispuesta a rescatar a quien suscribe de la prisión política, el Título Honorífico personal de “Princesa de los Estados Unidos de América”;
Quinto:                        Conferir a Su Alteza Real la Princesa de Los Estados Unos de América la Distinción Honorífica al Mérito Femenino “Sandra de La Habana”, máxima distinción ordinaria otorgada por la Oficina del Jefe Espiritual de Estados del Reino Espiritual de Yave a las damas cuyas vidas y ejemplos han de ser honrados por el Pueblo y seguidos por las damas del Reino Espiritual de Yave en Cuba, Puerto Rico, Venezuela; las otras 30 Repúblicas de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y del Cribe, Cataluña y los 17 Estados de Estados Unidos, donde ganó el Partido Demócrata las elecciones del 8 de noviembre de 2016;
Sexto:    Conceder a Su Alteza Real la princesa de los Estados Unidos de América  la ciudadanía del Reino Espiritual de Yave por nacimiento;
Séptimo:                   Reconocer a Su Alteza Real la princesa de Estados Unidos de América el derecho a contraer matrimonio con el Jefe Espiritual de Estados del Reino Espiritual de Yave y devenir así Reina Consorte del Reino Espiritual de Yave;
Octavo:                       Reconocer a Patrick Leahy el derecho a designar a una virgen estadounidense como princesa para devenir Reina Consorte del Reino Espiritual de Yave en lugar de su nieta si ella no desea hacer uso personal del derecho concedido por el artículo anterior;
PROMOCION DEMOCRATICA
Noveno:                    Conceder la ciudadanía del Reino Espiritual de Yave a todos los y las cibernautas que se que promuevan y difundan esta Resolución 65/2019 en las Redes Sociales de Internet así como a los funcionarios o diplomáticos que participen en su tramitación y luego reclamen la Ciudadanía del Reino Espiritual de Yave;

LEGALIZACIÓN Y DIVULGACIÓN
Décimo:                      Preséntese a Miriam García Meriño, Directora de Asociaciones del Ministerio de Justicia en La Habana, capital del Reino Espiritual de Yave para su registro como disposición normativa;
Undécimo:             Preséntese a Alpidio Alonso, Ministro de Cultura en La Habana, capital del Reino Espiritual de Yave para su registro como disposición normativa;
Duodécimo:          Notifíquese al Presidente del Consejo de Defensa Nacional, General de Ejércitos Raúl Castro Ruz;
Decimotercero:                       Notifíquese al Secretario Ejecutivo de la Alianza Bolivariana para los Pueblos de América – Tratado de Comercio de los Pueblos (ALBA-TCP);
Decimocuarto:  Notifíquese a Evo Morales Aima, presidente Protémpore de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y del Caribe (CELAC);
Decimoquinto:   
Decimosexto:     Notifíquese a las facciones parlamentarias de la Tercera Legislatura del Reino Espiritual de Yave, a saber:
a.)    El Concilio de el Diseño Original de la Familia: Iglesia Metodista, Iglesias Bautistas, Iglesias Evangélicas Pentecostales “Asambleas de Dios” y Liga Evangélica de Cuba;
b.)   Unión Cubana de los Adventistas del 7mo Día;
c.)    Congregación Cristiana de los Testigos de Jehová;
Decimoséptimo:                    Publíquese en el blog La Nueva Patria, http://lanuevapatria.blogspot.com para general conocimiento;
Decimoctavo:     Entra en vigor a partir de su firma.
Y a las 15:56 horas, de La Habana, del día 11 del mes de febrero de 2019, “Año III de Efraín en el poder” para que así conste en La Habana y en Washington; en los 10 países de la Alianza Bolivariana para los Pueblos de América (ALBA-TCP), en los otros 22 países de la Comunidad de Estados de Latinoamérica y el Caribe, en los otros 16 Estados en los que ganó el Partido Demócrata las elecciones del 8 de noviembre de 2016, en Puerto Rico y en Cataluña, así como en el resto de los países de la Unión Europea, LO FIRMO, LO MANDO y LO ORDENO:
JEdE Lázaro I Maximiliano
(Andrés Amian Gómez Soria)
Comandante en Jefe de la Revolución Parlamentaria Cristiana
Jefe Espiritual de Estados del Reino Espiritual de Yave

Bernardo Posse No. 20305 esq. 3ra La Rosalía SMP CH 11000 La Habana, Cuba.

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